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  • hace 57 minutos
En entrevista con Exitosa, el constitucionalista Erick Urbina, precisó que de acuerdo a lo establecido por el Tribunal Constitucional sí se puede investigar al presidente de la República, José Jerí, pero no se le puede acusar hasta que termine su mandato.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00Hemos hecho un recuento de los hechos ocurridos y de otras situaciones más que el presidente
00:05transitorio José Gería ha terminado protagonizando en esta parte de su gobierno, finalizando
00:10el año que pasó y también iniciando este año. Estamos en la comunicación con el abogado
00:15constitucionalista Erick Urbina para hablar sobre estas acciones desplegadas por el fiscal
00:20de la Nación Tomás Galvez el día de ayer en Palacio de Gobierno. Doctor Urbina, ¿qué
00:25tal? Buenos días, bienvenido a Exitosa.
00:26Muy buenos días, un gusto conversar con usted.
00:30Doctor Urbina, primero que nada quiero partir por esta declaración que dio el fiscal de
00:35la Nación mencionando que el presidente transitorio José Gería se ha puesto en modo colaborativo
00:40y él mismo ofreció que se pueda hacer posible la entrega de su reserva de comunicaciones
00:46de todos los números con el que habló. ¿Cómo procede esto exactamente? ¿Y cuán determinante
00:52es esto que está esperándose de saber el récord de llamadas telefónicas del presidente?
00:59Bueno, es muy importante primero para saber con quién se ha comunicado y si es que estas
01:05comunicaciones han beneficiado directamente a algún particular dentro de ellos, este grupo
01:10empresarial chino para ver si es que han sido beneficiados ya sea por una resolución de
01:19INVECOPI o por otro tipo de trámite administrativo. El señor Gería es un ciudadano, no cualquiera,
01:27es el presidente de la república y por lo tanto sus comunidades tienen un resguardo especial.
01:32Él puede pedir o le puede pedir un juez, un fiscal, que se levante su secreto de las comunicaciones
01:42para que puedan averiguar. Entiendo que es lo que ha sucedido ahora y el señor Gería tendrá que poner
01:49a disposición de la Fiscalía de la Nación todo el récord de comunicaciones que ha tenido, ¿no?
01:55Sin embargo, esto es así de simple, yo entrego mi récord de comunicaciones, solamente figuran
02:03el número telefónico con el que conversé, o es que hay algo más que el Ministerio Público
02:08a través del fiscal de la Nación Tomás Gálvez tendría que indagar.
02:13Hay algo más. Después de que la Fiscalía de la Nación registra el récord de comunicaciones,
02:21puede pedir la Fiscalía a la compañía que emita un informe sobre las comunicaciones
02:30e incluso el contenido de las mismas. Este es un segundo paso que se puede dar y se suele dar
02:36cuando se trata justamente de este tipo de delitos.
02:40¿Eso es posible? ¿Poder conocer el contenido de la conversación?
02:44¿Escuchar lo que conversaron? ¿Eso es posible?
02:46Es posible. Acá en el Perú nosotros privilegiamos las libertades preferidas como la formación,
02:55la libertad de comunicación y de opinión. Por encima de la intimidad, acá tenemos una sentencia
03:02del Tribunal Constitucional que ya tiene varios años que rige y que establece que cuando se trata
03:09de un asunto público, como sería el caso del señor Geri, la entidad encargada, la Fiscalía de la Nación
03:16o los jueces encargados tienen el deber, ojo, de buscar cuál es el contenido que vincula al funcionario
03:27con la comisión del delito.
03:30Claro, porque el presidente José Geri terminó mencionando que esa llamada telefónica,
03:33primero que no recordaba a quién se le había hecho, después recordó a quién se la hizo
03:38y mencionó que fue con una persona que trabaja en Prensa Palacio y que era para una coordinación
03:44de publicación del video de redes sociales. Claro, son los dichos del presidente,
03:48pero lamentablemente hay una frase que aplica perfectamente en estos momentos,
03:51en la boca del mentiroso lo cierto es hacer dudoso, porque las constantes contradicciones
03:55del presidente entre una y otra y hasta tres o cuatro versiones del mismo hecho
03:59ya pone en duda cualquier aseveración que él pueda hacer. Y esa misma sospecha que tenemos los ciudadanos
04:06también tendría que tenerla el Fiscal de la Nación.
04:10Efectivamente, y justo por eso es que vamos a ver a quién llamó y qué fue lo que le pidió.
04:18Pero eso no basta con el número telefónico, se necesita saber el contexto real de la llamada telefónica,
04:24escuchar lo que conversaron.
04:25Así es, y eso es algo que se puede obtener. Ojo, no es el primer caso ni el último seguramente,
04:32entonces la compañía que le brinda el servicio telefónico podrá poner en evidencia
04:38cuál fue el contenido de la conversación.
04:40Sin embargo, doctor Rubina, sabemos que hay ciertos límites que ya ha sido impuesto y marcado
04:49por el Tribunal Constitucional cuando de investigar a un presidente se trata.
04:53En este caso, ¿qué no puede hacer el Ministerio Público sobre esta investigación en torno a José Gerí,
05:00el caso Chifagate?
05:01Bien. A ver, el Tribunal Constitucional ha establecido lo siguiente.
05:07Primero, que al presidente de la República se le puede investigar si no se le puede acusar.
05:14¿Por qué? Porque existe un artículo específico de la Constitución que establece los motivos
05:21por los cuales un presidente de la República puede ser acusado.
05:24No estamos en esa situación, por lo tanto, el señor Gerí, hasta que culmine el mandato,
05:29no podrá ser acusado.
05:31Sin embargo, la investigación sí puede darse.
05:36Respecto a otro tipo de intervenciones que se pueden realizar durante la investigación,
05:42el tribunal ha dejado claro que es posible, por ejemplo, pedir el levantamiento de comunicaciones,
05:50más aún si es que el presidente lo ha ofrecido, porque él es el que ha dispuesto que se realice esto.
06:02No puede impedirse la salida del territorio nacional, no se le puede impedir tampoco un régimen de firma,
06:11por ejemplo, mensual o semanal ante un juzgado.
06:14En ello hay una protección especial, dada su investidura, pero luego hay un amplio margen de restricciones que se le puede imponer.
06:25Ya, de las restricciones o de las acciones que la fiscalía podría solicitar,
06:32¿está el allanamiento aún posible, aún viable?
06:36Puede pedirse el allanamiento, pero tiene que estar debidamente justificado y tiene el juez que autorizarlo.
06:45Ya, porque, doctor Urbina, perdone, recordemos que este criterio del allanamiento ha sido puesto en tela de juicio
06:52a raíz del allanamiento que se hizo en la casa de la abacada presidenta de Inábol Huarte.
06:57Ese acto de allanar su domicilio, su propiedad, ha generado que se presente una demanda ante el Tribunal Constitucional
07:05y se determine cuáles son los alcances de las acciones del Ministerio Público.
07:09Si pueden, no pueden allanar.
07:11Entonces, tras esa sentencia, se entendía que ya no puede ser allanada ninguna vivienda,
07:17ningún espacio en la cual acciona constantemente, día a día, quien ejerce la presidencia de la República.
07:23Sin embargo, ¿esto podría ser posible tratándose de interés nacional?
07:28Puede ser en la medida que el presidente esté presente o su abogado.
07:35¿Solamente así?
07:36Así es.
07:38¡Éxitosa!
07:38Tiene que ser informado del acto de allanamiento y puede disponer que asista un abogado durante el acto de allanamiento.
07:47Pero ahí no se perdería el factor sorpresa, que es lo que precisamente se pretende con el acto de allanamiento.
07:55Sí.
07:56Hay una, digamos, desvirtuación de lo que significa el acto en sí, pero el tribunal lo ha respaldado.
08:03Por lo tanto, no se puede allanar la vivienda del presidente si es que no tiene un abogado presente o está él mismo durante el acto.
08:13¿Y podría ser la situación de que sea un abogado de oficio el que haga acto presencial en representación del presidente en el hipotético caso,
08:23negado en este momento de que su vivienda, su departamento o palacio sea allanado?
08:28Bueno, tendría primero que comunicarse al presidente.
08:33Si es que el presidente, en un término específico que lo pone el juez, no determina cuál va a ser el abogado que lo va a asistir,
08:43puede nombrarse un abogado de oficio.
08:47Pero si él decide que será el abogado A o B, ese deberá personarse.
08:53Pero eso no es anticipar al investigado que va a ser allanado y que finalmente pueda hasta desaparecer, borrar o hacer algo
09:07que imposibilite mucho más la recabación de medios probatorios por parte de la fiscalía?
09:13Sí. Lamentablemente sí, pero es lo que el Tribunal Constitucional ha determinado y tenemos que respetarlo.
09:20Los jueces tienen que respetar aquello.
09:24Pero eso solamente aplica para cargos presidenciales, aquellos que son aforados, o aplica para cualquier procesado?
09:32Para cualquier procesado, porque esta es una sentencia que ha generado precedente a nivel nacional.
09:38¡Exitosa!
09:39Solamente en régimen de excepción, es decir, cuando estamos en un estado de emergencia,
09:45puede intervenirse a domicilios sin la autorización de juez.
09:49Vaya, vaya problema.
09:53Pero en el resto de casos, no.
09:56Vaya problema, porque eso termina finalmente anticipando a quien está ahí sin investigador
10:01que pueda adelantarse a la presencia fiscal, desaparecer o hasta manipular pruebas.
10:06Y esto pone en riesgo la pulcridad que se necesita en la investigación,
10:11y más aún tratándose de intereses nacionales, porque aparentemente,
10:14aparentemente habían contubernos ahí que habría protagonizado el presidente José Jerry
10:19con este empresario chino, Shiwayang, que además tiene a su cargo una concesión hidroeléctrica en Apurímac,
10:25que había pedido ampliación de plazo por incumplimientos extremos que había desarrollado,
10:31y otros negocios más que tiene esa persona, que incluso ha sido incorporado en este informe
10:37de una comisión investigadora parlamentaria del Club del Dragón.
10:41Informe que ya había identificado a Shiwayang como un personaje empresario
10:46que hacía negocios con el estado, pero que incumplía contratos, incumplía plazos,
10:50y estaba generando problemas.
10:52Informe que conocía José Jerry, este informe que incluso firmó José Jerry,
10:58siendo investigación, la comisión investigadora y el vicepresidente,
11:01en la que se incorpora Shiwayang, ¿podría complicarle mucho más
11:05al presidente de esta investigación y las relaciones con este empresario chino?
11:10Claro que sí.
11:12Todo eso la Fiscalía de la Nación tendrá que evaluarlo.
11:16Y obviamente, al tener conocimiento del señor Jerry, siendo congresista en ese momento,
11:20de lo que sucedía, pues deberá responder y asumir obviamente la responsabilidad
11:26por lo que ya hizo como presidente de la República, ¿no?
11:30O sea, el conocimiento previo de quién era Shiwayang es un agravante,
11:35en este caso con las reuniones que termina dándose en el chifo en la tienda clausurada.
11:41Efectivamente, ¿no? No es que lo sorprendieron.
11:44Él sabía perfectamente lo que estaba pasando, cuál era la situación del empresario chino,
11:50y a partir de ello, él tomó algunas acciones.
11:54Hay que determinar cuáles fueron exactamente esas acciones y a partir de eso,
11:59ver la responsabilidad que le corresponde, ¿no?
12:02Otro agravante podría ser, doctor Urbina, que tendría que, en cierto modo,
12:06valorar el Ministerio Público, el fiscal Tomás Galvez.
12:10El hecho de que, desde la Embajada China, anunciaron que los actos celebratorios
12:14por el Día de la Confraternidad Peruano-China va a ser el Ministerio de la Cultura
12:18y no en Palacio de Gobierno, como José Geri había dicho,
12:21para muchos es un desmentido que le hacen desde la Embajada China a José Geri,
12:25porque José Geri dijo que se reunió con Shiwayang para que organice precisamente
12:29actividades de esta conmemoración, celebración del Día de la Confraternidad Peruano-China.
12:34Sin embargo, la Embajada, el día de ayer, termina publicando un comunicado
12:40en el que menciona que la celebración va a ser en el Ministerio de la Cultura
12:43y no en Palacio de Gobierno, como había anunciado en su momento el presidente Geri.
12:48¿Esa comunicación de la Embajada China también es agravante?
12:54También. Obviamente, el Estado Chino, Público Popular de China,
12:59tiene intereses que trascienden al señor Geri.
13:02Sí, el señor Geri gobernará el Perú hasta el 28 de julio,
13:08si es que el Congreso así lo decide,
13:11pero la República Popular China tiene intereses en el Estado peruano
13:15y el Estado peruano tiene intereses con la República Popular China
13:18que trascienden a esa fecha.
13:21Por lo tanto, creo yo que tanto el Estado chino como el Estado peruano
13:26va a tener mucha cautela al momento de decidir los siguientes
13:32para no perjudicar la relación.
13:35Más aún, el contexto internacional en el que los Estados Unidos
13:39comienza a tener un especial interés en el Estado peruano
13:44y ello se contrapone a lo que de repente los chinos tienen también.
13:49Ya se juegan intereses geopolíticos en ese contexto.
13:52Doctor Rubina París, cerrando.
13:54El día de ayer también se conoció lo siguiente,
13:55que el fiscal de la Nación Interino, Tomás Galvez,
13:58terminó archivando la investigación en torno al caso de los incendios forestales
14:03que ocurrieron entre agosto y septiembre del 2024,
14:06en la cual estaba implicada la presidenta de ese entonces,
14:10Diana Boluarte, con ministro de Estado.
14:12El fiscal considera que no hay motivo alguno para continuar con una investigación
14:24que no tiene, digamos, un responsable claro.
14:31Ese es el motivo por el cual ha decidido archivar el caso.
14:36Ahora, el Congreso de la República,
14:39al margen de lo que ha decidido la Fiscalía de la Nación,
14:42puede continuar con la investigación.
14:45Eso es algo que se ha realizado en otras oportunidades
14:47y que ahora también podría pasar.
14:50Pero la vinculación directa con Diana Boluarte en los incendios forestales
14:54podría generarse en torno a que no se tomaron acciones para prevenir,
14:59porque se hablan, en ese momento se dieron 20 fallecidos,
15:03más de 300 personas heridas por esos incendios forestales.
15:06¿Cuánta responsabilidad tendría dentro de ello Diana Boluarte?
15:11Pues ella debió de demostrar, o en todo caso la Fiscalía debió demostrar
15:19que ella era consciente de las acciones que se iban a realizar
15:24y que las ordenó como tal.
15:27O sea, aquí podría pasar lo mismo que pasó con la muerte en torno a las protestas
15:33cuando Diana Boluarte asumió el mano del país.
15:37Precisamente José Geri dijo, no hay ninguna responsabilidad cuando José Geri hizo
15:41el informe de calificación en la Subcomisión de Concesiones Constitucionales,
15:45en la que Geri, el hoy presidente, termina prácticamente diciendo
15:49que Diana Boluarte es inocente, por cuanto no hay un mensaje de texto,
15:52un escrito a mano, puño y letra, una prueba real en la que se escuche
15:57o se lee un manuscrito de Diana Boluarte diciendo, maten a los manifestantes.
16:01Y como no existe ello, entonces no hay ninguna responsabilidad legal directa.
16:05¿Esto mismo podría aplicarse para el caso de incendios forestales?
16:09Sí, es lo que se está aplicando.
16:11Bueno, vamos a ver exactamente en qué termina esas investigaciones.
16:17Doctor Urbina, muchas gracias por la comunicación alcanzada.
16:21A usted, buenos días.
16:22Bien, buenos días, muchísimas gracias.
16:24Son las 8 de la mañana con 26 minutos.
16:28Vamos a ver en qué termina las investigaciones,
16:30porque además entendiendo que el Ministerio Público tiene ciertos límites
16:33ahora para que siga investigando a quien está en la Presidencia de la República
16:36por cuanto hay límites establecidos directamente por el Tribunal Constitucional.
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