Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 6 horas

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00Pero la responsabilidad de las instituciones no termina en el lugar del accidente, comienza, de hecho, después.
00:08Hubo dos puntos que recalqué en aquella primera comparecencia el pasado miércoles, nada más volver de Córdoba.
00:14El primero era que no nos vamos a olvidar de las víctimas ni de sus familiares.
00:18Por eso comparezco hoy para presentar el Real Decreto Ley de Medidas Urgentes de Apoyo a las Víctimas
00:24de los Accidentes Ferroviarios de Adamud y de Yélida, que acabamos de aprobar en Consejo de Ministros.
00:30Una norma que nace del aprendizaje, sin duda, de algunas experiencias pasadas y también de una convicción muy clara.
00:38Ante una tragedia de esta magnitud, el Estado no puede limitarse a los tiempos ordinarios.
00:42Debe estar presente, debe anticiparse y debe actuar con humanidad.
00:48Nuestro ordenamiento jurídico reconoce, desde hace años, el derecho de las víctimas de accidentes ferroviarios
00:55y de sus familiares a una asistencia integral.
00:57Existen planes de atención, seguros obligatorios, coberturas de responsabilidad civil y garantías establecidas
01:04tanto en la normativa nacional como en la europea.
01:07Todo ello es imprescindible y todo ello seguirá aplicándose con el máximo rigor.
01:12Pero también sabemos que los procedimientos ordinarios y los tiempos judiciales no siempre responden a la urgencia vital
01:19de quienes han sufrido una tragedia como esta.
01:23Las víctimas no pueden esperar, como ha sucedido en accidentes pasados,
01:28años para recibir apoyo económico que les permita afrontar gastos médicos,
01:33tratamientos psicológicos, desplazamientos, cuidados continuados
01:36o, simple y llanamente, la reorganización completa de su propia vida cotidiana.
01:41La incertidumbre económica no puede añadirse al dolor emocional.
01:46Y por eso aprobamos hoy este Real Decreto con un doble objetivo.
01:49En primer lugar, establecer ayudas inmediatas a las víctimas.
01:53En segundo lugar, adelantar parte de las indemnizaciones correspondientes al Seguro de Responsabilidad Civil.
01:59En total, entre ayudas y adelantos, las cantidades ascienden a 20 millones de euros,
02:0410 correspondientes ayudas y 10 correspondientes a los anticipos.
02:09El desglose, les voy a poner el ejemplo más claro, que es el de un caso de fallecimiento.
02:15La ayuda directa asciende a algo más de 72.000 euros por persona fallecida
02:20y la misma cifra de anticipo de seguro.
02:23¿Por qué esta cantidad?
02:24Porque es la que se establece en el baremo del seguro obligatorio.
Comentarios

Recomendada