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  • hace 2 meses
Sheinbaum señaló que estas empresas tienen derecho, según las resoluciones de los tribunales previos, a solicitar descuentos de acuerdo y de conformidad con el código fiscal.

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Transcripción
00:00El día de hoy vamos a compartirles una breve actualización de los adeudos fiscales de dos empresas.
00:07Y la lectura va a ser de izquierda a derecha. Vamos a empezar donde dice SAT 2013-2018.
00:13Les recordamos que entre 2013 y 2018 la autoridad fiscal determinó, a través de resoluciones administrativas,
00:20adeudos del impuesto sobre la renta correspondientes a los ejercicios 2008 a 2013,
00:26toda vez que las pérdidas fiscales utilizadas por las empresas eran improcedentes.
00:32Posteriormente, las empresas impugnaron esta determinación ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa,
00:39el cual resolvió entre 2019 y 2023 que los adeudos determinados y confirmados por el SAT eran procedentes.
00:47De nueva cuenta, las empresas impugnaron la resolución del Tribunal de Justicia Administrativa,
00:53ahora ante el Poder Judicial de la Federación,
00:57donde los tribunales colegiados en 2024 y 2025, como se muestra en la lámina,
01:03negaron el amparo confirmando la procedencia de los adeudos.
01:07Finalmente, las empresas acudieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
01:12que es la última instancia, la cual, como todos sabemos,
01:15el pasado 13 de noviembre desechó sus impugnaciones,
01:19confirmando de manera definitiva las resoluciones de los tribunales.
01:24Tras la resolución definitiva de la Corte,
01:26la autoridad fiscal tiene la obligación de continuar con el procedimiento de cobro,
01:30por lo que el mes que entra, en enero de 2026,
01:34se requerirá el pago por 51 mil millones de pesos,
01:38conforme al Código Fiscal de la Federación.
01:41En caso de intención de cubrir el adeudo,
01:43los contribuyentes podrán solicitar ante el SAT,
01:47dependiendo del orden y esquema de pago,
01:49ajustes a la baja de hasta 39% conforme a la ley y a las sentencias de los tribunales.
01:57Ahora bien, es importante mencionar que,
02:00de conformidad con el artículo 31, fracción cuarta de nuestra Constitución,
02:04es obligación de todas y todos contribuir a los gastos públicos
02:07de manera proporcional y equitativa como disponen las leyes,
02:11por lo que invitamos a estas empresas a realizar los pagos correspondientes.
02:17La siguiente lámina.
02:18Nos encontramos el día de hoy aquí.
02:30Ya la Suprema Corte de Justicia de la Nación notificó al SAT,
02:36como ya lo comentamos,
02:38y el SAT va a notificar el requerimiento de pago en enero de 2026.
02:43Una vez que surta efectos la notificación del requerimiento de pago,
02:46inicia el plazo para el pago voluntario
02:48y el pago de conformidad con el Código Fiscal de la Federación,
02:52los contribuyentes podrán solicitar a la autoridad
02:54lo que conforme a derecho proceda para realizar el pago.
02:59Gracias.
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