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  • hace 2 meses
MIERCOLES JURIDICO - ASISTENCIA FAMILIAR

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Transcripción
00:00Miércoles Jurídico
00:30Bueno, muchísimas gracias a usted por acompañarnos
00:32Recordamos que también estamos a través de nuestra cuenta de TikTok
00:35Para que quienes nos están viendo por ahí puedan mandar las preguntas
00:39Doctor, hablemos de asistencia familiar
00:41¿Qué es la asistencia familiar? ¿Cuáles son los alcances que tienen?
00:44Bueno, la asistencia familiar en Bolivia está determinada por la ley 603
00:49Que es el código de familias
00:50Pero es básico, la asistencia familiar es un derecho y es una obligación
00:55Es un derecho para en un determinado momento de la edad
00:58Y es una obligación
01:00¿Por qué?
01:01Porque cuando eres niño, niña y adolescente
01:03Tienes derecho a ser asistido por esta pensión alimenticia
01:07Pero cuando tú hayas crecido y tus padres se encuentren en situación precaria
01:12También les vas a tener que asistir
01:13Por eso es una obligación y es un derecho
01:16Bueno, y además esto solo cubre las necesidades básicas
01:19Como la alimentación, la salud, la educación, la vivienda y la vestimenta
01:23Puede entregarse en especie o puede entregarse en efectivo
01:27También dentro de esto muchas personas buscan y dicen
01:31¿Qué son los gastos extraordinarios?
01:33Como ser otros gastos fuera de lo que está
01:35No puede cubrir la asistencia familiar
01:37Artículos de lujo o cuestiones de lujo en realidad
01:41Bueno, la asistencia familiar
01:44También, ¿a quiénes se puede otorgar?
01:47Por ejemplo, ¿quiénes son los obligados y quiénes son los beneficiarios?
01:51Los obligados son los padres, los abuelos, los cónyuges
01:55Incluso puede tener alcances, por ejemplo
01:59Puede tener alcances para las personas con discapacidad
02:03Hasta el cónyuge, por ejemplo, cuando tú te divorcias
02:05Y demuestra que tiene una necesidad
02:08Le tendrías que asistir
02:09O sea, tiene que demostrar
02:11Brindar la asistencia
02:12Claro, claro
02:13No te puedes divorciar
02:13Y si evidentemente demuestra que tiene una necesidad
02:18También tienes que asistir a tu cónyuge
02:20Si hay una ruptura de este matrimonio
02:23Y claro, las personas con discapacidad
02:25Y las personas que se encuentran en estado de gravidez
02:28E incluso, por ejemplo, puede alcanzar hasta los padres políticos
02:32O sea, los suegros
02:34Vale decir en este caso, doctor
02:36Que uno podría llegar a brindar una asistencia familiar
02:39Más allá de los hijos
02:41Más allá de los hijos
02:42
02:43Y como les digo, incluso a los políticos
02:45O sea, a los padres políticos
02:47Y centrándonos en los hijos, doctor
02:48¿Cuánto es el monto de la asistencia familiar?
02:51¿Hay un monto mínimo, por ejemplo?
02:53¿Cómo se regula este monto?
02:54Bueno, el monto mínimo según la ley 613
02:57Es el 20% del salario mínimo nacional
03:01El salario mínimo nacional en este momento
03:03Borda los 2.750
03:05Y estamos hablando de que sería 550 bolivianos
03:10Bueno, unos con 550 bolivianos
03:12Para las personas que no trabajan
03:15O no acreditan que tienen un trabajo fijo
03:17Es el monto mínimo que se fija
03:19No puede haber una asistencia familiar
03:21Menos de ese monto en Bolivia
03:24Y bueno, ¿cómo se determina?
03:26Se determina sobre la base de las necesidades
03:28Del beneficiario
03:30Y sobre la capacidad económica del obligado
03:32O sea, no solo es el tema de cuánto yo le puedo
03:36Si no sé
03:37El artículo 116 de la ley 603
03:40Determina que debe ser con base a las necesidades
03:42Y con base a la capacidad económica
03:44Las necesidades pueden ser distintas
03:46Una discapacidad
03:48Problemas de salud
03:51Y el padre, por ejemplo, no puede tener un trabajo estable
03:54O tiene un trabajo muy estable
03:56Entonces eso determina
03:57Doctor, tenemos preguntas ya en nuestras redes sociales
04:00Las vamos a leer
04:01Si se quedó en las visitas
04:02En un acuerdo de visitas
04:03Y el padre no cumple con lo acordado
04:06¿Hay algún tipo de sanción, por ejemplo, doctor?
04:08En relación a este punto
04:10Bueno, en tema de las visitas, por ejemplo
04:14Muchas veces se confunde que este fuera un derecho del padre
04:17En realidad no es un derecho del padre
04:20Es un derecho del niño o niña
04:21Que tiene el derecho de tener la relación con su progenitor
04:26Ya sea padre o madre
04:27Pero si no lo ejerce el padre
04:29En realidad no lo puede desobligar
04:32Pero si evidentemente pueden ya ir otros procesos familiares
04:35Como la pérdida de la autoridad paterna
04:37U otras
04:38Porque no cumple su obligación como padre
04:40Pero eso puede quedar como un precedente
04:41Como un precedente
04:42Pero si sigue cumpliendo, por ejemplo, con la asistencia familiar
04:45Y no obstante no lo visita
04:47Está cumpliendo con su obligación
04:49Pero, como le decía, es un derecho del hijo
04:51Ahora, por ejemplo, doctor
04:53¿Qué pasa en un hipotético caso de una madre
04:55Que no ha interpuesto una demanda de asistencia familiar
04:59Y que cuando el menor tiene aproximadamente 10, 12 años
05:02Recién interpone esta demanda de asistencia familiar?
05:05¿La misma llegaría a ser retroactiva, por ejemplo?
05:08No, en nuestro país la asistencia familiar no es retroactiva
05:11Es a partir del momento en el cual
05:14La madre, el padre o el que va a ser beneficiado
05:18Pero interpone la demanda de asistencia familiar
05:22Vale decir que desde este momento corre y no se retrotrae
05:25Hay otras legislaciones como, por ejemplo, la mexicana
05:28En la cual sí reconocen la retroactividad
05:30Pero en nuestro país no
05:31Pero hay un punto que deben tomar en cuenta todas las personas
05:34Es el hecho de que también se puede conciliar
05:37Estos con acuerdos regulatorios
05:40Que quiere decir que podemos firmar una asistencia familiar
05:43En la Defensoría de la Niñez y Adolescencia
05:45En una notaría con un abogado
05:46Y si tiene los documentos mínimos
05:48Entonces ya se reconoce y puede ser homologado
05:51A través de un proceso sencillo y expedito
05:55Que se llama de resolución inmediata
05:56O sea, no tarda
05:57Ahora, doctor, más preguntas
05:59Nos consultan en las redes sociales
06:00Si el padre gana 10 mil bolivianos
06:02Por ejemplo, ¿cuánto de asistencia debería dar a dos hijos?
06:06Consulta
06:06Como le decía, por ejemplo
06:08Se determina a través de las necesidades que tenga los hijos
06:12Que son dos hijos
06:13La educación, la salud, la alimentación que esto requiere
06:16Y la capacidad económica son 10 mil bolivianos
06:19Entonces, el juez va a determinar
06:21Conforme a todas las facturas
06:23Los gastos que ha realizado y ha aprobado la madre
06:26La de determinar un incremento o reducción
06:30De la asistencia familiar
06:31Con base en estas necesidades
06:33Y esa capacidad económica que tendría de 10 mil bolivianos
06:36El progenito
06:37Ahora, y otra pregunta importante, doctor
06:38¿Qué pasa si ya se firmó por un monto mayor
06:41Y posteriormente uno se queda sin trabajo
06:43Para poder pagar esta asistencia familiar?
06:46Eso ocurre muchas veces
06:48Por ejemplo, uno hace un acuerdo regulatorio
06:52De cuánto va a poder
06:53Y luego inmediatamente surge un imprevisto
06:56Que ya no le permite generar los mismos recursos
06:58En ese momento debió haber notificado
07:00Y solicitado la reducción de la asistencia familiar
07:03Probando que tiene ya una situación económica
07:06No era igual al momento en el que firmó
07:09Pero si uno se deja, ya no se retrotrae
07:11Sino desde el momento en el cual uno va a solicitar la reducción
07:14Solo de ahí para adelante va a poder ocurrir esto
07:17Bien, es importante este punto
07:18Que uno podría solicitar de alguna manera la reducción
07:21Hay más preguntas, doctor
07:23Por ejemplo, ¿qué sucede en este caso
07:25Si la pensión es más de 1.500 bolivianos?
07:29Pero, vamos por favor a buscar nuevamente la pregunta
07:31Pero la persona no tiene trabajo fijo
07:34Sin embargo, el juez ha aceptado esta asistencia familiar
07:37Bueno, esta asistencia familiar debe liquidarse
07:41Conforme al acuerdo que se ha quedado
07:42Y la retorminación
07:43Si ha sido homologada o ha sido a través de una sentencia
07:46Ese monto debe liquidarse y debe honrarse
07:49Bien, ahora en este caso
07:51Y si aparte de lo acordado de la asistencia familiar
07:53¿El padre tendría que dar, por ejemplo, ropa, vestimenta para este menor?
07:57Como le decía, por ejemplo
07:59La asistencia familiar cubre la alimentación
08:02La salud, la educación, la vivienda, la vestimenta y la recreación
08:05Que son las necesidades más básicas que tiene
08:08Otros son gastos extraordinarios
08:10Como son gastos médicos
08:12Y que, por ejemplo, podían ser colegios de mayor categoría
08:15Porque el derecho a la educación
08:17Lo puede satisfacer a través de la educación pública
08:20O educación privada
08:22Pero ya que este sea un colegio de mayores prestaciones
08:26Entonces ya se consideraría como un lujo
08:29Doctor, veíamos una pregunta muy interesante
08:31¿Qué sucede en el caso de la asistencia familiar
08:33Para un hijo con discapacidad?
08:35¿Hay alguna diferencia en este punto?
08:38Claro que sí
08:38Por ejemplo, les decía
08:39Los hijos con discapacidad, por ejemplo
08:42Tienen una necesidad mayor
08:43Entonces el padre va a tener que dar
08:46Un mayor porcentaje de asistencia familiar
08:49Por eso se determina a través de estas necesidades
08:52Y a través de esta capacidad económica
08:54Que tiene el progenitor
08:55Bueno, en este sentido, en este caso
08:57Particularmente, por ejemplo, doctor
08:58No se hablaría específicamente de necesidades básicas
09:01Ya se pasaría a otro punto más, adicional
09:03Claro, pero ya son sus necesidades básicas
09:06Porque es una persona con discapacidad
09:07O sea, ya vemos que la discapacidad puede ser distinta
09:11Mental, física, de distintos tipos
09:15Pero que necesita una atención especial
09:17Fisioterapia, atención psicológica
09:20Medicamentos, o sea, el gasto es mucho más
09:22Cuando hay una persona con discapacidad
09:24Doctor, ¿la asistencia familiar para el caso de los hijos
09:28Solamente es hasta cumplir la mayoría de edad?
09:30¿O hay algunos casos particulares o específicos?
09:32La asistencia es obligatoria hasta los 18 años
09:35Y es ampliable a los 25 años
09:39Pero con la condición de que el beneficiario
09:42Este estudiando, pero además
09:44Una condición especial
09:45Debe haber las certificaciones de aprovechamiento regular
09:48Que quiere decir
09:49Que si no presenta cada año su aprovechamiento regular
09:52Entonces la asistencia puede ser revisada
09:56Y ya no se le asistiría
09:57O sea, debe cumplir con una
09:59No te pueden pagar los estudios
10:01Pero tú a estar reprobando
10:02Tiene que tener un grado de aprovechamiento verificable
10:05Doctor, la última pregunta
10:06Nos llegan muchísimas
10:08Pero el tiempo es corto en televisión
10:09Pregunta a una madre
10:11Si puede suspender las visitas del padre
10:13Y solamente recibir la asistencia familiar
10:16¿Esto es posible?
10:18Hay distintas condiciones
10:19Esto en materia familiar
10:21Pero como le decía
10:22Es un derecho del hijo
10:23Pero tendría que haber otro tipo de proceso
10:26Ligado a violencia
10:27Ligado a otros extremos
10:28Para quitarle la potestad del padre
10:31Pero este es un derecho
10:32De conexión y comunicación
10:34De los lazos familiares
10:35Entre el progenitor y el hijo
10:37Claro, de manera arbitraria no podría ser
10:39No, de manera arbitraria no
10:40Pero si hay entre estos
10:42Violencia o antecedentes de otro tipo
10:44Si es otro tipo de proceso familiar
10:47Bien, doctor Valdivia
10:48Gracias por habernos acompañado esta mañana
10:50Tenemos muchas preguntas
10:51Es un tema muy importante
10:52Lo vamos a estar esperando
10:54Por supuesto el siguiente miércoles
10:55Para ampliar este y otros temas jurídicos
10:57También
10:58Muchas gracias doctor por acompañarnos
10:59Y a la gente que ha participado
11:01A través de nuestras redes sociales
11:02Continúe
11:03Gracias por ver el video
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