Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 1 semana
Carlos Cuesta entrevista al abogado penalista, Juan Gonzalo Ospina por el papel del PSOE ante las denuncias de acoso sexual contra Salazar y Navarro.

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00Dejadme que tenemos ya conectado a Juan Gonzalo Espina, que hablemos con él.
00:03Juan Gonzalo, abogado penalista, ¿cómo estás?
00:05Don Carlos, buenas noches, muy bien, muchas gracias por invitarme al programa.
00:09Nada, un placer. Juan Gonzalo, estábamos aquí hablando de una cuestión, claro, que nos llama mucho la atención,
00:14porque dice, no, no, pedimos perdón desde el Partido Socialista, esto no va a volver a ocurrir,
00:19hemos dejado a estas personas desamparadas, no, las han dejado, no, las siguen dejando.
00:24Vamos a ver, las organizaciones tienen la obligación de acudir a instancias judiciales cuando tienen una denuncia de este estilo,
00:29y se está incumpliendo.
00:30Por supuesto, Carlos, para que la audiencia lo entienda, en el derecho penal prima, sobre todo y ante todo el sentido común.
00:37Entonces, cuando en una organización se ha podido producir un acto con apariencia delictiva,
00:44la propia empresa, actuando de buena fe y con criterios, como he dicho anteriormente, de sentido común,
00:50tiene la obligación de comunicar a la Fiscalía o al juzgado si han tenido conocimiento de estos hechos.
00:56Yo invocaría el artículo, para que la gente lo entienda, el 120.4 del que hubo penal,
01:01que es muy claro al respecto de la posible responsabilidad civil subsidiaria
01:05que pudiera haber incurrido el Partido Socialista Obrero Español
01:09al no haber tramitado como se le esperaba estas denuncias,
01:13porque lo que se recoge en nuestro ordenamiento jurídico es, por un lado,
01:16todas las organizaciones y sobre todo los partidos políticos,
01:19sobre todo los partidos políticos, tienen la obligación de tener los canales de conducta.
01:23Con esto lo que se intenta es aplicar una directiva europea de hace varios años
01:26que viene a proteger lo que se conoce como el whistleblower, que es la autodenuncia.
01:31Es decir, como una persona que en el seno de la organización quiere poner en conocimiento
01:34unos hechos con apariencia criminal.
01:36Este programa de cumplimiento, a todas luces, hemos visto que ha fallado,
01:41porque si este programa hubiera actuado eficientemente,
01:45lo que tendría que haber hecho posiblemente es llegar a las conclusiones,
01:47haber tomado una decisión frente al presunto acosador
01:51y, ante la gravedad de los hechos, deducir testimonio a la propia Fiscalía.
01:55Claro, es lo que tenían que haber hecho.
01:57Juan Gonzalo.
01:58Al no haberlo hecho, dígame.
01:59No, no, que claro, el problema no es que no se haya hecho,
02:02el problema es que se sigue sin hacer.
02:04Es que, de hecho, han tenido incluso una rama dentro del Partido Socialista
02:07que le ha dicho, oiga, por favor, acudan a la Fiscalía.
02:10Respuesta del PSOE, que no.
02:11Los hechos son muy graves y las denunciantes, yo les invito con sus abogados,
02:17a que exijan la responsabilidad civil del Partido Socialista,
02:20porque si estos actos se han cometido en el seno de la organización
02:24por un trabajador de la misma, realizando sus funciones,
02:28hay una relación directa de responsabilidad económica,
02:32cuanto menos por no haber actuado y por no haber llevado a cabo
02:36los oportunos mecanismos de defensa para apagiar y cerrar
02:42este tipo de situaciones tan correctivas.
02:45Juan Gonzalo, los responsables de haber paralizado,
02:48es decir, de haber convertido lo que ellos decían que era un canal
02:51para precisamente ayudar a las denunciantes,
02:54los responsables de haber borrado, intentado paralizarlo,
02:58haberlo convertido en una especie de trinchera
03:00para que no pudieran llegar a instancias judiciales,
03:02¿podrían tener una responsabilidad penal?
03:06Sería un poco aventurado por mi parte llegar a la conclusión
03:10de decir de sí o no, pero lo que estoy convencido es
03:13que si han habido personas en el Partido Socialista
03:16que han limitado o que han impedido investigar unos hechos
03:19de esta suma de gravedad, cuanto menos van a tener que dar explicaciones
03:23ante un juzgado de instrucción.
03:25Es decir, ahora para que la audiencia lo entienda,
03:27hay dos canales, hay un canal, digamos, interno, administrativo
03:31de la propia organización en donde un trabajador puede comunicar
03:33oiga, me están abusando de mí, hay un tema de agresión sexual,
03:37quiero que se esclarezca, es algo que se intenta realizar
03:40para proteger a la víctima en el seno de un ámbito más íntimo
03:43y posteriormente se tomen los oportunos mecanismos
03:46ya de la esfera pública, punitiva de la judicatura y la fiscalía.
03:49Claro, si una persona ha tenido conocimiento de hechos tan graves
03:53y no los ha denunciado como recoge el código penal,
03:56que también hay que... la ley de juventud criminal,
03:59la ley de juventud criminal lo dice muy claro,
04:01que tenemos el deber, la obligación, cualquier ciudadano,
04:04de poner en conocimiento del juzgado, de la fiscalía,
04:07unos hechos que tienen apariencia delictiva.
04:09Por lo tanto, vuelve esta persona a incurrir en un error
04:12o en un acto que pudiera contener consecuentes penales.
04:15Penales, la autoría, es decir, o complicidad o cooperación
04:20con los elementos que se nos entiende a la mesa,
04:22no quiero aventurar en dar un sí afirmativo.
04:25Lo que sí digo es que cuanto menos hay que dar explicaciones.
04:29Lo has dicho muy clarito.
04:31Juan Gonzalo, un abrazo muy fuerte.
04:33Un abrazo, Carlos.
04:34Y muchísimas gracias.
Sé la primera persona en añadir un comentario
Añade tu comentario

Recomendada