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  • hace 2 días
En la localidad de Villa Hayes, una comitiva fiscal y policial realizó un procedimiento de entrega vigilada de dinero en torno a una causa sobre violencia familiar. Fueron aprehendidos un asistente fiscal y un profesional abogado que habría actuado como nexo. En poder de ambos se pudo hallar la suma de G. 5.000.000 que se habría cobrado para darle una salida al caso.

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Transcripción
00:00que se desató ayer en Villa Ayes, la agarraron a un asistente fiscal, a un abogado.
00:06¿Qué pasó, doctor? ¿Puede explicarnos de qué se trata esta investigación?
00:10Sí, cómo no. Esto se inició con una denuncia formulada en esta unidad de anticorrupción
00:14en la cual una señora denunció que su marido tenía un proceso por violencia doméstica.
00:23Hay que, bueno, ahí confunden. La violencia doméstica no solamente se da entre el conflicto de interpareja,
00:27sino que en este caso la violencia se daba por una denuncia que el esposo tenía con su hermana.
00:34La hermana le había denunciado por violencia doméstica. Eso se abrió una investigación en la ciudad de Villa Ayes.
00:40Y posteriormente el representante legal de ellos, o sea, del esposo, manifestó que el fiscal solicitaba la suma de dinero
00:52a cambio de no procesar a esta persona. ¿Qué significa no procesar? No imputar.
00:56Bueno, esa fue la denuncia concreta. Entonces se abrió una investigación en la anticorrupción.
01:02Se hicieron los actos propios que nosotros hacemos en este tipo de situaciones.
01:06Se generó una serie de negociaciones hasta que finalmente el día de hoy se produjo la entrega vigilada de dinero.
01:14Entrega que se realizó y que posteriormente, únicamente, esto fue ya lograda.
01:19Ya con apoyo de efectivos policiales, teniendo en cuenta que las personas intentaron rehuir del procedimiento
01:26y ya fueron aprendidos en la vía pública con el dinero que habían percibido.
01:31En el vehículo donde iban estas dos personas, como voy a manifestarse,
01:37era un profesional abogado que era el representante legal de la persona que te dije que era procesada por violencia familiar,
01:44y un asistente fiscal que estaba a cargo de esa investigación.
01:49Esas son las dos personas que fueron encontradas en el procedimiento.
01:52Doctor, ¿van a ser imputadas estas personas?
01:55Sí, sí, estas personas van a ser imputadas, van a estar en estos momentos que están haciendo alguna diligencia a respeto.
02:05También posteriormente estas personas van a ser llamadas a prestar declaración indagatoria, ¿verdad?
02:10Y bueno, veremos si ellos hacen uso o no de ese derecho y eso se tendrá en cuenta en cuanto a esta causa.
02:17¿Qué hechos punibles se aplicarían, doctor, en la imputación?
02:20Bueno, en la imputación, bueno, los hechos punibles que se están analizando en estos momentos,
02:27de momento, de acuerdo a los elementos que se tienen, son los hechos punibles de tráfico de influencia y resistencia.
02:34Tráfico de influencia porque, si bien la causa es abierta, cuando la denuncia habla de un pedido de un agente fiscal
02:40que solicita dinero para no imputar, bueno, posteriormente la denuncia se hace en base a los elementos que se tienen.
02:47De momento, las personas que fueron aprendidas o se tienen datos de esas negociaciones,
02:55se tiene al asistente fiscal y el asistente fiscal no tiene esa potestad de formular o no imputación.
03:01Entonces, lo que eventualmente sería una conducta cuestionable es el tráfico de influencia
03:07en la cual él busca, utiliza la influencia de tener contacto con el fiscal para poder lograr ese objetivo
03:12y así solicitar la toma de dinero. Ahora, si nuevos elementos surgieran, que efectivamente el fiscal
03:19tiene una implicación directa a eso, tal como dice la denuncia, y eso podría, en la investigación, cambiar a un cohecho pasivo,
03:25que cuando sí, como te dije, es pedido dinero a cambio de un acto de servicio.
03:29Ese acto de servicio no tiene el asistente fiscal, pero está marcada en la ley especial de tráfico de influencia,
03:35tiene una sanción agravada, que hasta cinco años, porque habla específicamente cuando ya es justamente para usar
03:42influencias para contacto de la justicia.
03:45Y bueno, ¿y cuál es la conducta del abogado, vos dirás, Iván?
03:47Bueno, la conducta del abogado es ya de que él colabora con guía de intermediario.
03:52Estamos hablando de una conducta iniciaria, obviamente, por eso estamos hablando de una imputación,
03:56son indicios, después se verá en la investigación, los indicios de que esta persona habría colaborado
04:02para lograr el perfeccionamiento de Fili.
04:05O sea, que él sería, ¿qué hechos, doctor? Los mismos, pero como cómplices.
04:10Bueno, el asistente fiscal se analizaría la conducta, él tendría, en caso de ser imputado, ¿verdad?
04:17El tráfico de influencia es en calidad de autor, ¿verdad?
04:19Sí.
04:20Ahora, en caso de que realmente nosotros, bueno, se ajustan las conductas, el profesional abogado
04:26iría como un colaborador, como un cómplice.
04:29Tenemos que tener en cuenta que en esa ley especial, la ley de tráfico de influencia
04:34es aplicable al funcionario público.
04:36Al funcionario, ya.
04:37Y pedido de prisión, ¿acarrearía esto o son pasibles medidas menos gravosas?
04:44Bueno, eso es analizado y por eso te digo.
04:45O sea, bueno, realmente yo, con todos los elementos, ayer estuvimos en un caso de flagrancia,
04:50me preguntabas directamente, bueno, yo estoy muy abierto a la imputación.
04:54Ahora, estoy en un proceso que todavía tengo un plazo para hacerlo, yo formularía imputación
04:59en esa hora en base a los elementos que tengo.
05:01Después, obviamente, en caso de que estas personas quieran hacer uso del derecho de prestar
05:05declaración indagatoria, y bueno, si es que nos cambian estos elementos que ahora estamos
05:10teniendo, bueno, ahí se entraría a analizar entonces una serie de situaciones, si amerita
05:15o no la prisión preventiva.
05:16El jefe de este asistente fiscal, es decir, el responsable de la investigación, tengo
05:24entendido que es el doctor Alfredo Mieres, ¿no encontraron hasta ahora entonces indicios
05:28de su participación en este esquema?
05:31Hay una denuncia, existe también algunos elementos donde se lo invoca, pero de momento no hay
05:38unos indicios para sostener efectivamente de que existe una responsabilidad por parte
05:43del mismo.
05:44Hay que tener en cuenta de que este asistente de situaciones siempre tiene una serie de
05:49aristas, o el abogado que invoca el nombre de funcionarios para ganarse unos pesos, o
05:54el asistente fiscal que, como es el que está muy cerca de la investigación, entonces es
05:59que le dice, yo voy a convencer al fiscal, pues efectivamente es el fiscal el mismo que
06:05tiene la potencia y está detrás de eso.
06:07Son cuestiones, pero cuando ya nosotros, el Ministerio Público, vamos a tomar decisiones,
06:12tenemos que tener pruebas para poder docener, de momento los elementos que se tienen complican
06:17bastante a estas dos personas.
06:19Eso no significa que la investigación siga su curso y nuevos elementos ya determine la
06:25denuncia concretamente a un cohecho pasivo o esto quedaría en un tráfico de imprensa.
06:28Eso depende del curso de las investigaciones.
06:30De momento, las personas que están siendo detenidas y que estarían sometidas a un proceso son
06:36estas dos personas por el momento.
06:42Gracias.
06:43Gracias.
06:44Gracias.
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