00:00Asimismo, justamente hemos imputado al sicario confeso del señor Alfredo Jara González,
00:15el señor Rubén Darío Benítez Gómez, que nos relató las circunstancias y la supuesta
00:26complicidad de ver personas más para la beneficiación del asesinato del señor Alfredo Jara González.
00:36En ese contexto estamos aún cotejando algunas expresiones del señor y realmente hasta el momento
00:48están coincidiendo, no manifestó la utilización en un momento dado antes y después del asesinato
00:57de una moto color roja que hemos incautado en la casa de la hermana del hoy prófugo Rubén Rodas Portillo.
01:12En ese sentido también el sicario nos manifestó que había vendido su revólver Calibre 38
01:27en la ciudad de Coronel Oviedo y efectivamente hace unos días una casa de empeño conocida
01:37en la ciudad de Coronel Oviedo y nos informa de que el señor Rubén Darío Benítez Gómez,
01:46el supuesta autor material, había empeñado por 2.700.000 revólver homicida.
01:54Hemos retratado también eso y le señala a la viuda como autora intelectual del crimen.
02:04Así también la complicidad del hoy prófugo Rubén Rodas Portillo.
02:17En el día de la fecha compareció en el Ministerio Público en carácter testigo de la viuda
02:25la señora María Liliana Velásquez.
02:31Una vez que la rotó hemos hecho unas preguntas
02:37y hemos comprobado que la misma conoce al prófugo Rubén Rodas Portillo ya desde hace muchos años.
02:48Inclusive en la época de la adolescencia-juventud ya eran los novios, digamos,
02:58el término tal que no recuerdo, pero que le van a dar un tiempo.
03:05En ese sentido, hace dos años atrás, según las manifestaciones de la misma,
03:11hace dos años estaba en contacto con el señor Rodas
03:16y una semana antes estuvo en contacto y posteriormente también mensajeaba por WhatsApp.
03:23Estamos cotejando todos los elementos y creando algunos resultados
03:29de llamada indicación de antena,
03:33pero para esta representación fiscal existen sospechos urgentes
03:38en la participación del hecho público de sicariato
03:42conforme a la nueva ley que modifica el Código Penal,
03:49que sería la ley 7062, barra 23 de este año en abril, en transigencia,
03:57él modifica el artículo 105 y activa el 105B con dos incisos específicamente que estamos aplicando.
04:09En caso del autor material sería dicha ley, modifica la ley 1160, barra 97,
04:19el artículo 105B habla ya como crimen sicariato en calidad de autor.
04:27Y la señora, la viuda, fue imputada ya en la fecha por el 105B, inciso dos,
04:38donde es que contratar a una persona, ¿verdad?, para matar.
04:44Entonces también está penado de 15 a 30 años.
04:51Es una figura penal nueva que estamos aplicando.
04:55Es decir, doctor, la presunción que tiene la fiscalía a partir de allí,
04:59usted ordena la detención de esta mujer y también la imputa, como estaba explicando,
05:04con la nueva ley ya, con su responsabilidad bajo sicariato,
05:06entiendo de 15 a 30 años en el marco penal.
05:09La presunción es que esta mujer contrata a esa persona que era llegada a ella desde joven,
05:14o por lo menos contacta con esta persona llegada que era de joven, digo,
05:19estamos hablando de Rodas, y luego a su vez este contacta con el supuesto sicario, ¿no?
05:25Así es.
05:28Supuestamente ahora el señor Rubén Rodas Porquillo es el que contacta con el autor material,
05:37Rubén Darío Benítez Gómez, quienes se conocieron en la penitenciaría,
05:42según manifestaciones de Rubén Darío Benítez, el autor material,
05:48y él se pone en contacto con la mujer,
05:53a fin de que le pueda, le preguntó, ¿verdad?,
05:56que si iba a hacer efectualmente el trabajo,
06:01y le manifiesta que sí, según las expresiones del autor material, ¿verdad?,
06:09y por la suma de 25 millones,
06:12y en el día siguiente le entregan, el día 14 de octubre,
06:18le entregan la suma de 10 millones de nueve años.
06:21Doctor, ¿y el móvil ustedes pueden determinar,
06:25o tendría que ver con algún tipo de relación,
06:27o supuesta relación entre Rodas y la mujer?
06:30Así es, es un tipo de pasional, digamos, ¿verdad?
06:34En ese sentido hay un vínculo, ¿verdad?,
06:36eso ella misma nos manifestó en la declaración testificada,
06:45se va a fijar en estos días ya la declaración inagatoria correspondiente.
06:53Sí, justamente, ¿verdad?, está,
06:58es que se declara en carácter de inagado,
07:03no es necesario que cae,
07:07pues tiene el derecho a la sanción,
07:09en ese sentido el testimonio sí está obligado a sí, la verdad,
07:13sino también se pone a una pena de 10 años.
07:16En ese sentido hemos tomado una modalidad que ya se aplicó
07:21con varias oportunidades.
07:23Primero, en carácter de testigo,
07:26considerando que este tipo es presencial frente a ella,
07:30es decir, frente a la madre del obispo,
07:33en ese sentido ahora vamos a convocarle
07:36para la declaración ya inagatoria,
07:39con una imputación por la calificación que mencioné,
07:42considerando que existe peligro de fuga.
07:45Fiscal Cristian Roy, le agradecemos la atención.
Comentarios