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  • hace 20 horas
El cartista Erico Galeano alegó hoy ser “inimputable” al tener una supuesta “doble inmunidad” por ser él un actual diputado y también senador electo.

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Transcripción
00:00¿Para dónde estamos? ¿Tiene o no doble inmunidad un parlamentario?
00:05¿Y desde qué momento ese fuero protege?
00:07Porque usted nos dice un contexto pero excelente de lo que es el fuero y para qué sirve el fuero parlamentario.
00:14¿Desde qué momento un legislador tiene fuero para usted, doctor Robert Marciales?
00:20Robert Marciales.
00:21Está bien. Yo creo que lo importante no es tanto lo que yo piense, sino cómo piensa la Constitución.
00:26Este debate es muy interesante porque muestra a las claras que si hacemos abstracción, si hacemos academia, si se quiere pedagogía cívica o constitucional,
00:38efectivamente esa suerte de cliché casi caricaturesco que señala que la mitad de la biblioteca normalmente dice una cosa y la otra mitad otra en temas jurídicos,
00:48eso es real y está bien además que así sea porque efectivamente hay demasiadas aproximaciones que condicionan la interpretación final.
00:57Si yo miro parándome con más intensidad en lo público, voy a ser seguramente pro Estado.
01:04Si miro más el fenómeno parándome en el sector privado, probablemente tienda a querer limitar el avance del Estado.
01:12Y así es donde se perfila la doctrina. Entonces este intercambio es muy saludable y muy rico porque nos muestra el nivel de debate en abstracto.
01:21Pero para salir del dilema de las mitades de la biblioteca, tenemos que recordar que los debates tienen que anclar, tienen que aterrizar.
01:32Y el aterrizaje se realiza sobre una serie de prótesis o de plataformas, si se quiere, que están dadas, en primer lugar, por el texto de la norma,
01:41sea constitución, sea ley, sea decreto, sea reglamento. En segundo lugar, por los hechos que están detrás del tema que estamos discutiendo.
01:50Ya hablamos en la intervención anterior de todo lo que hay detrás y la muy buena investigación judicial que ya forma parte de un expediente, para decirlo en términos sencillitos.
02:00Entonces, al aterrizar, no hay mayor drama, no hay mayor dilema para resolver estos temas.
02:07Y el doctor Amarilla, que ha hecho un trabajo impecable y además ha explicado de manera realmente muy clara la situación,
02:17en alguna medida nos marca la línea. ¿Y cuál es esa línea?
02:21Los principios tienen que aterrizar.
02:23Y en el caso concreto, en primer lugar, la teoría del doble fuero es, realmente a mí me resulta muy forzada,
02:32por no decir directamente disparatada, por lo siguiente, porque los fueros se desactivan, por decirlo en términos sencillos,
02:42para investigaciones concretas.
02:44Es decir, siempre va a haber una Cámara competente para analizar el pedido del desafuero.
02:50Siempre va a haber una y solo una, porque así tiene que funcionar el sistema.
02:55Entonces, lo que marca cuál es la Cámara competente, diputados, senadores, en este caso concreto,
03:00es el expediente y el pedido que surge de ese expediente, que le llega a alguien, no llega en el aire.
03:07Ya le llegó a la Cámara de Diputados, la Cámara de Diputados ya analizó, evaluó y obró en consecuencia y decidió levantar los fueros.
03:16Así que para la investigación concreta que está en trámite, ya el señor Ericko Galeano, en su condición de diputado o de senador,
03:24que va a seguir siendo diputado y senador, ya está sometido ampliamente al proceso.
03:31Dicho eso, quiero señalar un par de cuestiones.
03:33Que el proceso en sí mismo es una garantía.
03:35No tenemos que ver el proceso como una herramienta al servicio de la pretensión punitiva del Estado.
03:40El proceso es el ámbito donde todos los ciudadanos nos resguardamos de la pretensión punitiva del Estado,
03:46porque ahí se nos da la posibilidad de defendernos, de alegar, de tener abogados y asistencia técnica,
03:53de ejercitar cualquier tipo de defensa que queramos, de controlar las pretensiones del Ministerio Público,
04:00de poder hacer el escrutinio del trabajo judicial, etcétera, etcétera.
04:03Entonces, en ese marco ya hay garantías para las cuales ya no existen fueros.
04:09El tema del momento, de la elección o no, que también en términos teóricos puede ser un debate lindo,
04:16pero en términos prácticos hay que aplicar principios de razonabilidad.
04:20Así por ahí no nos queda clara la norma, que para mí está muy clara con estos artículos que vos señalaste.
04:24Y la razonabilidad marca que la elección necesariamente está condicionada a la proclamación y a la toma de posesión del cargo.
04:36Porque en su sabiduría el sistema republicano dice, bueno, todos los que participaron de un acto electoral,
04:43de unos comicios, son candidatos.
04:45Exacto.
04:46Y como no pueden proclamarse ellos ante ellos mismos presidentes, como ha ocurrido,
04:52o parlamentarios, como ha ocurrido, hay una autoridad constitucional encargada de esa proclamación.
04:58Si no, en este momento habría muchos presidentes de la República, estoy hablando literalmente,
05:04habría muchísimos senadores o diputados que se creen en alguna medida con derecho a ocupar los cargos.
05:11No, es la autoridad la que determina quién finalmente, luego de un proceso, de vuelta sabiamente pensado de impugnaciones,
05:20de estudios, de análisis, de pensemos lo que pasó en Concepción, acaba de definirse quién va a ser gobernador.
05:26Exacto. O sea, no podemos decir que el gobernador fue electo ese 30 de abril.
05:31Exactamente. Participaron de los comicios, pero el filtro, que puede razonablemente durar un día, 10 días, un mes,
05:38eso lo da la ley y lo da la autoridad. En este caso el filtro está funcionando bien.
05:43Así es que con la proclama y la toma de posesión del cargo se activa esa protección.
05:49Porque además, de vuelta a principio de razonabilidad, es razonable pensar que recién en ese momento
05:55la inmunidad va a cumplir con su finalidad, valga la rima, de proteger al legislador en sus opiniones o en su gestión.
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