Se generó una polémica en torno al pago del Impuesto a la Renta Personal (IRP). Se planteó desde la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) la posibilidad de financiar el pago, debido al difícil momento atravesado por la pandemia. Este planteamiento generó diferentes puntos de vista, tanto en redes sociales como entre analistas económicos por las tasas que plantea la SET. Al respecto hablamos con Oscar Orué, viceministro de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET).
00:00Bueno, en primer lugar hay que aclarar lo siguiente, ¿verdad? No es usual el fraccionamiento de impuestos en ninguna parte del mundo por parte de las administraciones tributarias.
00:11La ley 125 establece la posibilidad en caso excepcional de poder fraccionar cuando así lo merite y que establece que la tasa que se va a aplicar para el financiamiento conforme al artículo 161 de la ley 125 no debe ser mayor a la tasa que se aplica para la mora, que es del 1,5% mensual.
00:37¿Ok? No tiene que ser mayor, dice. Y establece la posibilidad de poder normar respecto a eso.
00:45En primer lugar hay que aclarar lo siguiente, Gladys, ¿verdad?
00:48La subsecretaría de tributación en el 2020, por ser un año muy complicado por pandemia, por la suspensión de actividades, estableció interés cero para todos los impuestos, tanto IRP, IRAS y GILAGRO en ese momento,
01:04por un periodo de hasta 4 o 5 meses, ¿verdad? Pero hay una diferencia muy grande, ¿verdad?
01:10En ese momento nosotros teníamos 1.600 millones de dólares, de los cuales 450 o 500 millones de dólares era para el mantenimiento del Estado.
01:18Entonces podíamos tener esa posibilidad de poder fraccionar a un interés cero porque sabíamos que no iban a poder pagar muchas empresas, muchos contribuyentes.
01:32Entonces teníamos esa posibilidad, hoy no tenemos esa posibilidad, en primer lugar.
01:35En segundo lugar hay que entender de que haciendo la comparación muchos dicen, ¿por qué la tasa de interés no es igual a la del banco o a la financiera?
01:43Hay que entender que la naturaleza jurídica, tanto de tributación como de esas entidades, es totalmente diferente, no podemos comparar.
01:51No hay punto de comparación entre lo que es una financiera o un banco con lo que es la administración tributaria,
01:59porque la administración tributaria recauda tributos, recauda impuestos.
02:03Entonces la naturaleza es diferente. Por ejemplo, cuando uno va a prestar en un banco, le establece garantías, por ejemplo.
02:10La tributación no establece garantías para el fraccionamiento.
02:13Aparte eso es el poder de imposición que tiene el Estado sobre la manifestación de riqueza.
02:19Entonces eso establece la constitución, la ley, entonces evidentemente no podemos comparar una cosa con otra.
02:26Ahí hay que entender también lo siguiente.
02:27La subsecretaría de tributación impulsó una modificación de la ley del IRP, en este caso, o de casi todos los impuestos, a través de la ley 6.380.
02:37Y ahí hay que entender una cuestión, ¿verdad?
02:39Hoy se paga menos el impuesto a la renta personal.
02:43Por ejemplo, una persona, estabas mencionando, una persona que tiene una renta neta menor a 50 millones de guaraníes,
02:49solo paga 8% este 2021.
02:52El año pasado pagaba 10%, entonces se paga menos.
02:56Y otra cuestión también no menor, ¿verdad?
02:59Los flujos presupuestarios están establecidos de tal manera a poder hacer frente a todas las necesidades
03:05y a todos los gastos que tiene el Estado.
03:09Entonces mal se podría fraccionar, porque en realidad lo que se hace es se desincentiva el fraccionamiento con una tasa de interés alto.
03:18El que lo quiera hacer, lo puede hacer, pero si uno paga al contado no va a tener que pagar ningún interés por financiamiento.
03:24Entonces, esa es la explicación técnica en el cual por eso se estableció eso.
03:30O sea, no podemos compararnos con el sector financiero, en primer lugar.
03:34Entonces, si uno puede, si uno tiene la posibilidad de poder financiarse en el sector financiero, bueno,
03:39puede ir, puede prestar de ahí y puede pagar aquí al contado y financia una tasa de interés más baja.
03:45Y otro punto no menor, Gladys, es que por la naturaleza del 2020, sabemos que muchos no llegaron ni a 80 millones,
03:54por lo tanto no van a tener que pagar nada.
03:55Y a mí lo que más me llama la atención es que hoy hay una crítica sobre justamente el sector más alto,
04:03el sector que tiene mayor capacidad contributiva, el sector que solamente asocia a 190 mil contribuyentes,
04:10cuando tenemos un millón 200 mil contribuyentes.
04:13O sea, ¿por qué solo el IRP?
04:15O sea, en todo caso, si buscamos ayudar a los emprendedores, a los pequeños contribuyentes,
04:22bueno, veamos para todos los impuestos, no solamente para el IRP.
04:25Entonces, son cuestiones que tenemos que ir analizando y que, de hecho,
04:29lo estamos viendo desde la Secretaría de Tributación del Ministerio de Hacienda.
04:32Pero esa es la respuesta técnica a la pregunta y el cuestionamiento principalmente.
04:37Entiendo, entiendo.
04:38Bueno, sé que hubo una nota que presentó incluso uno de los gremios de los contadores a la SED
04:43solicitando oficialmente si es que se pueden reducir esas tasas.
04:48Hoy hay un análisis como para responder si eso es factible o directamente eso es imposible.
04:56Nosotros estamos analizando eso, Gladys.
04:58Lo que sí puedo adelantar es que bajo ninguna circunstancia podemos hablar de un interés cero en esta etapa.
05:07Uno, porque en realidad, por las características del impuesto, no amerita la aplicación del interés cero.
05:17Hoy no hay suspensión de actividades.
05:19Hoy la economía está mejorando.
05:22Hoy nosotros estamos hablando de que inclusive el consumo está mejorando.
05:27Entonces, en realidad, aquí lo que hay que tener en cuenta es que las empresas, o las personas, mejor dicho,
05:31las personas físicas, que en el 2020 no tuvieron tantos ingresos, no van a pagar.
05:36Porque es muy sencillo el sistema tributario aquí en Paraguay.
05:39El que no gana dinero, el que no tiene renta, no paga.
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