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  • hace 16 horas
Más irregularidades en las obras “Chapuceras” del momento. El muro del arroyo Lambaré que se cayó el domingo tiene un antecedente viciado y que pasó por encima de la ley 2051. Según Contrataciones Públicas se cometió una negligencia en el procedimiento contractual. Se sospecha un daño patrimonial.

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Transcripción
00:00El dictamen del 13 de diciembre de 2016 indica irregularidad en el contrato a la firma Clase A
00:06por la vía de la excepción donde la municipalidad pagó 264 millones 630 mil guaraníes.
00:13Se declara la anulidad de los contratos entre la Comisión Vecinal San Vicente de Paul
00:17y las empresas Mármol S.A., Las Primas S.A. y Coinser.
00:22El ente apunta a una planificación y diseño negligentes por obras paralelas.
00:27Se constató que estas contrataciones que fueron a través de una transferencia
00:33que se hizo una cuestión presupuestaria, se usaron fondos de transferencia del sector privado
00:37no debían haber sido de aquella manera, era una licitación que tenía que pasar por la ley 2051
00:44se pidió dictamen incluso a la Dirección General del Presupuesto de Hacienda
00:48como para tener un respaldo sobre eso
00:50y a consecuencia de eso se declaró la irregularidad del llamado y la anulidad de esos contratos
00:55ante el eventual daño patrimonial que podría surgir de eso
01:00se remitieron todos los antecedentes a la Contraloría en su oportunidad.
01:04La firma clase A de Orlando Andrés Sosa Centurión tuvo varias falencias por cuestiones de forma
01:09finalmente la empresa fue sancionada.
01:11Era por la vigencia de las garantías de mantenimiento de cumplimiento de contrato
01:16la garantía anticipo, la garantía de fondo de reparo
01:18que si bien fueron presentadas en su oportunidad
01:21no cumplían con las vigencias establecidas en el marco del llamado.
01:26La municipalidad incurrió también en la violación de la ley de contrataciones
01:29en este caso no debió transferir a una comisión vecinal 693 millones
01:33con el objeto de un muro y menos los vecinos contratar a tres empresas
01:38sin el procedimiento licitatorio.
01:40Después se constata que aparte de esa contratación
01:43existieron otras contrataciones paralelas
01:46digamos que también con fondos del municipio
01:50pero que fueron transferidos al sector privado
01:53dentro del objeto de datos 871
01:57que está previsto dentro del clasificador presupuestario
02:00pero para fines sociales, para proyectos y programas sociales.
02:04En este caso no fue un fin social, fue una obra.
02:06En este caso fue para construcción de obras, no correspondía.
02:10El fiscal de obras no encontró algunas especificaciones técnicas claras
02:13sobre la calidad de los materiales y planillas de precios para la construcción.
02:17Allá sí se habla de unas cuestiones estructurales
02:20y de ciertas cuestiones que no fueron previstas
02:22en el pliego de bases y condiciones.
02:24Según lo que se ve en los antecedentes
02:26hubo más que no correspondían, eran faltantes
02:29que hacen a la estructura del puente.
02:32Hubo que no fueron consignados, que hacen a lo que es la obra.
02:35Entre otras irregularidades,
02:37está en que se firmó una ampliación del contrato de excepción.
02:40No tiene informe de auditoría
02:41ni de asesoría legal para ampliar el monto.
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