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  • hace 2 días
Un Tribunal de Sentencia declaró culpable a Bruno Marabel de haber asesinado a cinco personas entre el 29 de setiembre y el 2 de octubre de 2018 en la llamada “casa del horror”. Las juezas lo condenaron a 30 años de cárcel más 10 como medida de seguridad.

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Transcripción
00:00en contra cometió un hecho punible gravísimo y con total desprecio a la exigencia del derecho
00:05y al poco tiempo como comete otro hecho de igual gravedad.
00:09La pena justa que este tribunal considera atendiendo el grado de reproche
00:17es de 30 años de pena privativa de libertad.
00:22Ahora bien, con relación a las medidas de seguridad solicitadas
00:31en el caso concreto traído al análisis de este tribunal
00:35nos encontramos ante un homicidio doloso
00:38que de por sí solo constituye un crimen atroz
00:43y en esta causa tenemos en primer lugar episodio de la muerte de cuatro personas
00:51y posteriormente la muerte de otra persona
00:55con el mismo ensañamiento, alegocía, premeditación, ánimo de lucro
01:01tal como se señaló al escribir la conducta desplegada por el acusado en el análisis de la tipicidad.
01:10Ante la producción probatoria, la inmediatez, principio fundamental en juicios orales
01:17hemos percibido el relato de los hechos, el sufrimiento que han padecido las víctimas
01:22sobre todo la vocecita tierna y agónica del mensaje via WhatsApp de uno de los niños
01:27momentos antes de su deceso.
01:30Es más, la frialdad demostrada por el autor del hecho, Bruno Javier Marabel Ramírez
01:37al relatarle a su padre que sí es asesino de unos de los miembros de la familia, pero no del resto.
01:48La percepción de la indiferencia total y absoluta ante las declaraciones
01:52y recuento de los hechos ocurridos en el transcurso del juicio
01:56en ningún momento ha demostrado arrepentimiento o dolor alguno.
01:59Estando presente ante el primer bien jurídico consagrado y protegido
02:05no sólo por la Constitución Nacional, sino por los tratados y acuerdos internacionales
02:09en los cuales constituye el derecho a la vida, a la integridad física y libertad,
02:13el condenado Bruno Javier Marabel Ramírez, además de haber cometido el terrible crimen de cinco personas,
02:21ha dirigido su conducta buscando impunidad, dándose a la fuga de los efectivos policiales
02:26que hasta tuvieron que disparar sus armas de fuego, alteándolo.
02:29La peligrosidad de este tipo de personas que se manejan como personas normales en la sociedad,
02:36cuya peligrosidad hace temer nuevos hechos, por lo que se hace necesario una reacción preventiva,
02:50cuya peligrosidad hace temer que él mismo podría cometer otros hechos disponibles de igual manito.
02:56La pena impuesta no debe confundirse con las medidas de seguridad.
03:00La primera es la impuesta por el grado de participación de Bruno Javier Marabel Ramírez
03:04en el hecho punible de homicidio doloso demostrado,
03:08y la segunda la impuesta por el tribunal,
03:10y es la de diez años en referencia a la protección y seguridad de la sociedad.
03:14Señores, con esto hemos...
03:21Termina la lectura de la sentencia, entonces, Bruno Marabel condenado a treinta años de cárcel,
03:26más diez como medida de seguridad por homicidio doloso,
03:31no así por feminicidio como había también solicitado el Ministerio Público,
03:35entonces, y en el caso de María Araceli Sosa Díaz,
03:38ella fue absuelta de los tres hechos punibles por los cuales la acusó el Ministerio Público.
03:42Sí, Carlos, y la descripción que hacían del perfil psicológico de Bruno Marabel
03:49mientras leían los argumentos de esta sentencia,
03:53pues dan a entender que desde antes ya estaban clarificando ese escenario
03:57porque decían que es una persona que nunca experimentó un arrepentimiento,
04:01es una persona narcisista que actuó de manera dolosa y premeditada
04:06y que tiene todas las probabilidades de volver a cometer un hecho punible grave de igual la intensidad.
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