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00:00Esta información de último momento, escuchamos lo que dicen desde el Tribunal Supremo Electoral sobre las subnacionales.
00:06La convocatoria a las elecciones subnacionales debe realizarse con 120 días de anticipación.
00:14Y es por eso que teníamos la preocupación de que aquella ley transitoria, excepcional, que se estaba tratando en la Asamblea, no se retrase, que pueda aprobarse lo más pronto posible.
00:28Menos mal que ya hoy se promulgó la ley y por tanto también el Tribunal puede cumplir con su parte, que es la de hacer la convocatoria al proceso electoral.
00:40Voy a pedirle a nuestro Secretario de Cámara que lea la parte resolutiva de la resolución que aprobó Sala Plena.
00:49No todo porque es una resolución bastante larga. Adelante, doctor Arteaga.
00:55La palabra, presidente. Voy a dar lectura a las partes pertinentes de la resolución TCE-RSP-ADM número 510-2025 de 20 de noviembre.
01:10Convocatoria a elección de autoridades departamentales, regionales y municipales, elecciones subnacionales 2026.
01:19Considerando que el Tribunal Supremo Electoral, cumpliendo los mandatos de la Constitución Política del Estado, la Ley del Órgano Electoral Plurinacional y la Ley del Régimen Electoral,
01:34debe convocar a elecciones de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales, señalando el día de la votación,
01:42dentro del plazo de 120 días calendario siguientes a la convocatoria.
01:48El Tribunal Supremo Electoral tiene la atribución de convocar a procesos electorales de periodo fijo establecidos en la Constitución Política del Estado,
01:58fijando la fecha de realización de los comicios y aprobando el calendario electoral correspondiente,
02:04para lo cual debe adoptar las medidas necesarias para que todos los procesos electorales se lleven a cabo en el marco de dicha Constitución y la ley.
02:15Por tanto, el Tribunal Supremo Electoral, en uso de sus competencias y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado
02:22y las leyes específicas, resuelve, primero, convocar a la elección de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales
02:32para el periodo constitucional 2026-2031, de acuerdo al siguiente detalle,
02:39para los gobiernos autónomos departamentales, gobernadora o gobernador en los nueve departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia,
02:47vicegobernadora o vicegobernador para los departamentos de Santa Cruz, Tarija, Beni y Pando,
02:56subgobernadores o subgobernadoras y corregidoras o corregidores en el departamento del Beni,
03:04asambleístas departamentales por territorio y por población en los nueve departamentos,
03:10asambleístas departamentales por normas y procedimientos propios,
03:14para el gobierno regional del Gran Chaco, un ejecutivo o una ejecutiva regional,
03:21ejecutivos de desarrollo, asambleístas regionales del gobierno autónomo regional del Gran Chaco,
03:27tres, para los gobiernos autónomos municipales, alcaldesas o alcaldes,
03:33de concejalas y concejales,
03:35segundo, fijar el domingo 22 de marzo de 2026,
03:39como fecha de la elección departamental, regional y municipal.
03:45Tercero, las representaciones de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos que sean minoría poblacional
03:51en los departamentos, región del Gran Chaco y municipios,
03:56además de las representaciones indígenas reconocidas en la ley 19.700 de régimen excepcional
04:01y transitorio para la realización de las elecciones de autoridades políticas departamentales,
04:08regionales y municipales,
04:10serán elegidas de acuerdo a sus normas y procedimientos propios,
04:14bajo la supervisión del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático,
04:20en coordinación con los tribunales electorales departamentales,
04:24encomendar a los tribunales electorales departamentales de Chuquisaca, La Paz, Cochabamba, Oruro, Potosí, Tarija, Santa Cruz, Beni y Pando,
04:34la administración y ejecución del proceso electoral de elección de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales,
04:43en el marco de las normas, resoluciones, reglamentos y directrices del Tribunal Supremo Electoral,
04:52encomendar a Secretaría de Cámara, remitir la presente resolución a conocimiento de los tribunales electorales departamentales,
05:00de los órganos legislativo, judicial y además de las instituciones públicas para fines legales,
05:07instruir al Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático,
05:12la publicación de la presente resolución en un medio de circulación nacional,
05:17así como la difusión en la página web del órgano electoral plurinacional.
05:22Regístrese, comuníquese y archívese.
05:25Eso es todo, presidente.
05:27Gracias, doctor Arteaga.
05:30Quiero añadir algún tema que me parece importante.
05:34Ustedes recordarán que en el último proceso electoral subnacional del año 21,
05:42las autoridades electas fueron posesionadas el día 3 de mayo de ese año.
05:49Por tanto, el periodo constitucional del mandato de estas autoridades se cumple el 3 de mayo.
05:56Por eso es que fijamos la elección para el día 22 de marzo,
06:00tomando en cuenta la probabilidad de una segunda vuelta electoral,
06:05sobre todo en algunos departamentos, en el caso de las gobernaciones.
06:11El tema de una segunda vuelta no se aplica en los municipios,
06:16pero sí en las gobernaciones.
06:18Por eso habría que tomar esa previsión.
06:20De ahí que la fecha está señalada para el 22 de marzo del próximo año.
06:27Como ustedes comprenderán también, ya corresponderá a otra sala plena
06:32la administración de este proceso electoral
06:35y a otros tribunales electorales departamentales
06:39el realizar la ejecución de este proceso electoral.
06:44Muchas gracias por su atención.
06:46Muy buenas noches.
06:47Muchas gracias. Vamos a iniciar.
06:49Muy bien, entonces se confirma la convocatoria
06:52para las elecciones subnacionales que se tienen prevista para el año 2026.
06:56Este 22 de marzo se van a elegir a las primeras autoridades municipales y departamentales.
07:03Seguimos escuchando lo que ocurre en el Tribunal Supremo Electoral.
07:05Por mandato legal, las organizaciones políticas tienen que tener personería jurídica reconocida
07:1490 días antes de la convocatoria para poder participar en este proceso electoral.
07:22Buenas noches, presidente. Alejandra Salazar de Cadena.
07:25Una vez que se han convocado a las elecciones subnacionales,
07:28van a comenzar las tareas de coordinación con los otros poderes del Estado,
07:33entre ellos justicia y demás. Por favor, presidente.
07:37Por mandato constitucional, el órgano electoral debe coordinar con los otros órganos del poder público.
07:44Y eso lo haremos en todos los casos en que haga falta.
07:48Por lo pronto, nosotros tenemos que realizar dos tareas principales.
07:54Primero, llevar adelante el empadronamiento de los ciudadanos que cumplan 18 años hasta el día de la elección.
08:02Y segundo, llevar adelante un taller de preparación del proceso electoral
08:10con todos los tribunales electorales departamentales.
08:14Buenas noches, vocales. Pablo Lizárraga, de Visión 360.
08:23Mi consulta es la siguiente.
08:25Se tiene entendido que el artículo 94 de la ley 026 del régimen electoral
08:30establece que, bueno, se tiene que convocar con un mínimo de 120 días.
08:34Sin embargo, la preocupación también viene por la fecha que va a ser la segunda vuelta.
08:37Hace algunos días comentaba con el vocal Tahuiche que la fecha podría ser el 26 de abril,
08:42la fecha de la segunda vuelta.
08:43Sin embargo, por el hecho de que no se ha convocado anteriormente a subnacionales,
08:48digamos, hace una semana que tendría que haberse promulgado,
08:51la fecha ha tenido que recorrerse.
08:53Va a tener que recorrerse al 19, la del balotaje.
08:56¿Esto no afecta en otras actividades del calendario?
08:58En los próximos días haremos conocer precisamente el calendario.
09:04Para la realización de la segunda vuelta, la ley fija un principio que debe realizarse dentro de los 40 días después de la primera vuelta.
09:14Entonces, tenemos un espacio de fecha que podemos utilizar.
09:18Muy bien, ahí tenemos la conferencia de prensa brindada por el Tribunal Supremo Electoral.
09:24El 22 de marzo serán las elecciones subnacionales en Bolivia.
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