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00:00La Dirección General de Rentas anunció que ya se encuentran vigentes varios beneficios para los contribuyentes.
00:08Las medidas están relacionadas con bonificaciones para cumplir con los compromisos fiscales de 2026.
00:17Van desde un descuento del 20% por pago anual hasta facilidades si se pagan las cuotas en término.
00:25Para el periodo fiscal 2026 ya tenemos el decreto 3214 de barra 3, donde el Poder Ejecutivo Provincial dispuso tres tipos de beneficios que son excluyentes, no son acumulativos.
00:40El primer beneficio, que es el que todos los contribuyentes generalmente esperan en esta altura del año,
00:45es el descuento del 20% por pago anual anticipado, íntegro y en efectivo del periodo fiscal 2026 hasta el 19 de diciembre.
01:00Quiero aclarar en este caso, porque antes conté lo de las tarjetas de crédito,
01:05que para este pago anual se recibe medio de pago en efectivo, medios electrónicos o personalmente en las entidades habilitadas,
01:13pero no se puede abonar con tarjeta de crédito.
01:17Otro de los beneficios que establece el decreto es un descuento del 8,33% en el pago de cada cuota del año 2026,
01:29siempre que se efectúe a través de la cesión de haberes en cuenta sueldo,
01:34o bien un débito automático en cualquier cuenta corriente o caja de ahorro,
01:40aclarando que puede ser cualquier entidad bancaria.
01:45Y el tercero es la bonificación del 100% de la doceava cuota del año 2026,
01:53siempre y cuando se abonen las 11 primeras cuotas a su respectivo vencimiento original,
02:00o bien hasta el último día hábil calendario del mes en el que vence el pago.
02:06Por otro lado, desde RENTA señalaron también que todavía puede aprovecharse el régimen de regularización de deudas fiscales,
02:15que permite saldar deudas vencidas correspondientes a impuestos provinciales,
02:21incluyendo intereses, recargos y multas.
02:26Se prorrogó el régimen de regularización de deudas fiscales hasta el día 28 de noviembre del 2025.
02:34Se pueden regularizar todos los tributos provinciales, incluyendo los intereses, las multas y los recargos.
02:42Incluyen las deudas vencidas y exigibles al 31 de agosto del 2025.
02:48Se pueden regularizar planes de pago caducos, se pueden regularizar deudas en gestión judicial,
02:55en trámites administrativos, alguna deuda que tenga como origen un ajuste por la actividad fiscalizadora del organismo.
03:04Y déjame hacer una aclaración, dentro de las deudas en gestión judicial,
03:09el plan del régimen de regularización prevé la reducción del 50% en los honorarios profesionales
03:18de los representantes legales del organismo.
03:39Gracias.

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