En concordancia con la Ley de Seguridad y Defensa de la Nación, la FANB en el marco de la Operación Independencia 200, en misiones de patrullaje aéreo y reconocimiento de zona y de área, en el municipio San Fernando del estado Apure detectó, intercepto e inutilizó una aeronave monomotor blanca con azul, tipo C-210, la misma se encontraba invadiendo el espacio aéreo venezolano con el transponder apagado, sin responder a los medios de comunicación y sin la autorización o plan de vuelo respectivo del INAC y del FIR Maiquetía; la misma fue detectada por los radares del Sistema de Defensa Aeroespacial Integral Venezolano, e interceptada por aeronaves de combate de la Aviación Militar Bolivariana en las coordenadas 06°37’35”n/067°45’19”w, en el radial 195/77 millas náuticas de San Fernando de Apure.
Está aeronave se constituye en la número 24 del año 2025 y la 415 desde que se promulgó la ley.
Estas acciones se realizan en concordancia con la Ley de Control para la Defensa Integral del Espacio Aéreo, que establece en su Artículo 3 que toda aeronave u objeto que, sin ser aeronave, se desplace por el espacio aéreo o se encuentre en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela arbitrariamente infringiendo las disposiciones relativas a la circulación aérea, las previstas en esta ley o cuando existan motivos suficientes que permitan presumir que dicha aeronave está siendo utilizada con propósitos distintos a los autorizados, por lo que está prohibido el acceso a nuestro espacio territorial a grupos generadores de violencia.
En el territorio de Venezuela no se siembra, ni se procesa, ni se consume, no permitiremos que nuestro espacio soberano sea usado como plataforma para el tráfico de drogas.
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