00:00No existe tentativa sin agravio, eso lo establece el artículo 2 de nuestro Código Penal Dominicano vigente.
00:08Ahora bien, si bien es cierto que la ley 136-03, denominada como el Código del Menor,
00:15establece en su principio quinto de que los menores deben de ser sobregualdados
00:20tanto por el Estado Dominicano como por sus descendientes,
00:23no menos cierto es que primeramente hay que configurar tres circunstancias en este hecho,
00:31o en este caso.
00:33Lo primero es que mediante la defensa material del señor Alexander Ramón Peña,
00:38este dice que se encontraba en un estado de vulnerabilidad,
00:42porque entiende que le habían dado burundanga o no estaba en su cabal.
00:48Eso como defensa material se puede plantear ante cualquier tribunal
00:57que se está hablando de edad a los fines de tener relaciones sexuales,
01:03no menos cierto es que no se tipifica qué menor de edad es.
01:07No están buscando una menor que está en tal domicilio, en tal sitio, en un colegio, etcétera, etcétera.
01:12Por lo que establecer o alegar no es probar para irnos a discutir por ante un tribunal.
01:20Y lo tercero que queremos acotar es lo siguiente.
01:23Quien denuncia o quien hace viral video es una persona o una ciudadana dedicada al servicio sexual.
01:33O sea, es una persona que por medio de que él no le pagó los servicios que él ofrece
01:38y lo que estableció fue que le buscaran menores de edad.
01:41Ella entonces denuncia mediante las redes sociales el supuesto hecho que no fue consumado.
01:46Fíjese bien, para que pueda existir una cintela probatoria para poder imponer medidas de coerción,
01:52debe de estar el ánimo directamente, debe de estar esa cintela.
01:56El simple hecho de que apareció en las redes sociales diciendo X cosa
01:59no lo conlleva que en realidad quisiera o tuviera la intención
02:04de cometer el hecho ilícito que le quiere indagar al Ministerio Público.
02:08De entrada, y yo como abogado establezco
02:12de que a ese ciudadano se le debe de otorgar libertad pura y simple
02:16al momento de conocer las medidas de coerción.
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