00:00El gobierno nacional aprobó este decreto que ahora es un decreto bastante contromercial
00:05que tiene el propósito de garantizar el pago de vacaciones acumuladas a todos los servidores del sector público.
00:13Este hecho se realiza semanas de que el gobierno culmine su gestión.
00:22A semanas de dejar el mando presidencial, la primera autoridad junto a su gabinete han dispuesto mediante decreto supremo
00:29el pago obligatorio de las vacaciones acumuladas de los funcionarios públicos,
00:34bajo el argumento de regularizar obligaciones pendientes y garantizar los derechos laborales.
00:39Mediante el decreto supremo 5470, aprobado el pasado 8 de octubre, publicado en la Gaceta,
00:45se estableció la modificación del reglamento de desarrollo parcial a la ley número 27 del Estatuto del Funcionario Público, que decreta
00:53El derecho a la vacación de la servidora o servidor público es irrenunciable y su uso es obligatorio,
01:01no siendo susceptible a compensación pecuniaria, salvo en los casos de fallecimiento,
01:07a favor de sus herederos, por motivos de extinción de la entidad, por destitución o renuncia al cargo,
01:13o cuando exista fallo judicial o sentencia ejecutoriada.
01:18En estos casos, las entidades públicas en todos sus niveles deberán efectuar el pago correspondiente por vacaciones no utilizadas
01:25dentro de un plazo máximo de 45 días calendario.
01:29Para los casos de destitución, renuncia al cargo o extinción de la entidad,
01:33el pago de vacación no utilizada debe efectuarse de oficio por la entidad pública respectiva,
01:39no requiriéndose solicitud expresa por parte de la servidora o servidor público afectado.
01:46Aquellos que financian su escala salarial con recursos propios deberán cubrir el pago dentro de su presupuesto institucional,
01:53más en el caso de entidades financiadas con recursos del Tesoro General de la Nación,
01:56el pago podrá realizarse con apoyo del mismo, previa evaluación del presupuesto institucional.
Comentarios