00:00Muy bien, gracias por continuar con nosotros.
00:02Ya tenemos las 10 de la mañana, 32 minutos.
00:05Revisemos ahora otros temas, por ejemplo, el político.
00:08Hay un tema que está concentrando la atención
00:10y es la decisión del Tribunal de Bogotá
00:13de dejar sin validez la consulta del pacto histórico.
00:16Hay que decirlo, Carol, ¿qué tal?
00:17Buenos días.
00:18Pues se acercan ya estas consultas.
00:20Faltan menos de dos semanas.
00:22Además, el registrador desmintió a Daniel Quintero.
00:25¿Qué va a pasar con este tema?
00:26Así es, Rosy, buenos días.
00:27Pues todo un limbo jurídico está en este momento del mundo político.
00:30Se puede decir en particular el pacto histórico
00:32que recordemos es la coalición de gobierno
00:34del partido del presidente Gustavo Petro.
00:36Y es que después de la decisión del Tribunal Superior de Bogotá
00:39de suspender la medida con la que les permitieron avalarse
00:43e inscribirse para las consultas del 26 de octubre,
00:46recordemos que el 26 de octubre vamos a elecciones
00:49tanto para elegir el candidato oficial único a la presidencia del pacto
00:52como las listas a Congreso.
00:54Entonces, por un lado, el pacto histórico asegura
00:56que ellos tienen validez porque pese a que el Tribunal Superior
01:00les quitó el aval como tal de pacto histórico como partido único,
01:04se inscribieron con los demás partidos que componen la anterior coalición.
01:08Sin embargo, fuentes del Consejo Nacional Electoral
01:10nos aseguran que como ellos se avalaron con esta personería única
01:14del pacto histórico, pues no les daría validez
01:17para ir a las consultas del 26 de octubre.
01:19Es decir, estamos a menos de dos semanas,
01:21un poco más de dos semanas de ir a estas elecciones.
01:23El Registrador Nacional aseguró que está primero pendiente
01:27de que lo notifiquen formalmente al Tribunal de Bogotá de esta decisión
01:30y están evaluando jurídicamente qué va a pasar con estas elecciones.
01:33Bueno, pues es un tema que vamos a seguir revisando, Isa.
01:37Estamos concentrados haciendo la evaluación jurídica,
01:41no hemos tenido diálogo, más tampoco tenemos por qué hacerlo.
01:45¿Y tampoco ningún funcionario de la Registraduría
01:47le pudo haber dicho al candidato que la consulta si va?
01:50Ningún funcionario de la Registraduría,
01:52esto se resuelve a alto nivel, es decir,
01:54desde la oficina jurídica, la delegada para asuntos electorales,
01:58y yo puedo hoy decirle, nadie, y yo mucho menos,
02:01he hablado con ningún integrante de esas organizaciones políticas al respecto.
02:05Es uno de los temas políticos más importantes en Colombia hoy.
02:10¿Habrá o no consulta el pacto histórico
02:12tras el fallo del Tribunal Superior de Bogotá?
02:14Pues es la discusión jurídica que nos ocupa hoy en la atención.
02:18Aquí analizamos y con las voces de los expertos les explicamos
02:21y por eso saludamos a Pedro Rodríguez,
02:23el es abogado especializado en derecho electoral.
02:26Doctor Rodríguez, muy buenos días, gracias por acompañarnos.
02:31Hola, muy buenos días, Isabela, un gusto estar con ustedes.
02:34¿Cómo entendemos, doctor Rodríguez, esto si pudiéramos llamarlo
02:37un limbo jurídico en el que está la consulta del pacto histórico?
02:40La confusión que uno ve en las redes, en la mesa de la casa es,
02:45bueno, hay consulta, no hay consulta, dicen que sí, dicen que no,
02:48está enredada la cosa.
02:50Sí, el tema es muy complejo, ¿no?
02:53Se tiene muchísimas aristas, es muy complejo, pero en efecto consideramos
03:00que sí va a haber consulta, por cuanto el fallo, pues en realidad,
03:05en el fondo jurídico el fallo no suspende la consulta,
03:10simplemente está manifestando que no tutela lo que solicitó
03:16Gustavo Olívar y Carolina Corcho respecto a la resolución
03:20del Consejo Nacional Electoral en cuanto a la fusión del pacto histórico.
03:26Pero la consulta, en realidad, es un mecanismo propio, legal,
03:32avalado constitucionalmente, en donde estos cinco partidos
03:36hacen una inscripción y presentan unos candidatos para escoger,
03:39son como unas elecciones primarias para escoger sus próximos candidatos
03:47a Congreso de la República y unos precandidatos a la presidencia
03:50de la República.
03:51Doctor Rodríguez, entonces, ¿cuáles son esos alcances que sí tiene el fallo?
03:55¿Qué logra hacer el fallo que los pueda afectar a ellos?
03:59Claro, lo que pasa es que el fallo es concretamente frente a y trata
04:05la resolución del Consejo Nacional Electoral en cuanto al resolverse
04:11la fusión de estos cinco partidos en uno solo que denominaron pacto histórico.
04:19Ellos, como pacto histórico, pero coavalados, por decirlo así,
04:24con esos cinco partidos se presentan a la consulta.
04:28Es decir, es como cuando yo me presento a una elección por firmas
04:33en coalición con un partido político y las firmas no pasan,
04:36me sostiene el aval de los partidos políticos.
04:39En este caso, si bien es cierto que está en vilo y todavía la resolución
04:44del Consejo Nacional Electoral no es tan firme para decir que esos cinco partidos
04:49se convierten en uno solo, que es el pacto histórico,
04:52sí es cierto que los cinco partidos con personería jurídica
04:56presentaron unos candidatos para consulta.
04:59Y fue lo que, en principio, la acción de tutela en un mecanismo provisional
05:04avaló y protegió, en decir, se pueden presentar,
05:10digamos que temporalmente manifiesta, se pueden presentar,
05:14se pueden inscribir tal como lo hicieron,
05:17y ellos hoy tienen, digamos que no el aval, por decirlo así,
05:22de esa gran fusión del pacto histórico,
05:24pero sí el aval y el respaldo de las personerías jurídicas
05:28de los cinco partidos a los que pertenecen.
05:32Entonces, por lo tanto, constitucionalmente, legalmente,
05:37es factible adelantarse a la consulta,
05:40más cuando, reitero, las consultas, y en este caso la consulta que se presenta,
05:45son mecanismos propios que le avala la ley y la constitución
05:49a los partidos políticos, y en este caso, cuando se unen,
05:53se coaligan, para hacer una consulta interpartidista,
05:57como ya sería, para escoger sus candidatos.
06:00Sí, entonces, tienen un plan A, tienen un plan B,
06:04y tienen un plan C, pero la consulta sí o sí se hace
06:08con esos precandidatos que ellos escojan,
06:10porque esos cinco partidos tienen el derecho de existir,
06:13lo cual le denominamos una personería jurídica.
06:15Sí, la última palabra, en efecto, pues la tiene la registraduría hoy,
06:20notificándoles el fallo.
06:22El Consejo Nacional Electoral podrá, como máxima autoridad,
06:27dar su punto de vista, pero consideramos que,
06:30conforme a los argumentos que se esbozaron en la acción de tutela,
06:34conforme a la norma, a la ley, al derecho que tienen los partidos,
06:38a su personería jurídica para presentar candidatos
06:42a una consulta interpartidista.
06:43La consulta, en nuestro concepto, es viable, es constitucional,
06:49y se debería realizar más, aun cuando está todo preparado.
06:53Hay una gran inversión ya de la registraduría en tema logístico
06:58para la organización de esas elecciones,
07:01y yo pensaría que no debería ya delimitarse,
07:05quizás bajo otro argumento, sino dejar que ya las personas concurran
07:13y avalen con el voto popular la consulta que se está presentando.
07:18Doctor Rodríguez, teniendo en cuenta que ya se hizo esa inversión,
07:21que ya está todo listo por parte de la registraduría,
07:24todos los protocolos, por ejemplo,
07:25¿sería factible que esa fecha se corra?
07:28Porque dos semanas de pronto es muy poco tiempo,
07:30¿o esa fecha sí o sí se tiene que cumplir?
07:32Sí, esa fecha se tiene que cumplir,
07:35ya digamos que legalmente existe un calendario electoral,
07:38legalmente está determinada la fecha de la consulta para realizarse,
07:45y todo lo que indica el señor registrador
07:51es que conforme a ese calendario
07:53y conforme a las inscripciones de los candidatos
07:55y a la contratación y a la logística,
07:58todo está listo para adelantarse la elección el 26 de octubre.
08:02Doctor Alexander Rodríguez, gracias por la explicación,
08:08probablemente volveremos a consultarlo,
08:10pero pues queda claro para nuestros televidentes.
08:12Un feliz día para usted.
08:14Con mucho gusto, que sea muy bien.