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  • hace 6 meses

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00:00Hola, bienvenidos a Clic Verde, el espacio de medio ambiente de NTN24.
00:23La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una opinión consultiva sobre lo que
00:2730 países de América Latina que integran la Organización de Estados Americanos OEA tendrían
00:32que hacer para enfrentar el cambio climático.
00:43Ante los grandes desafíos del cambio climático, la Corte Interamericana de Derechos Humanos
00:48de la OEA ha venido poniendo sus ojos desde el año 2024 al papel que deben jugar las
00:54sociedades hoy en día en la aminoración del impacto de dicha problemática.
01:02Justo hace pocos días, tras el urgente pedido de comunidades de Colombia y de Chile, el
01:07Tribunal emitió una interpretación por primera vez en la historia que deja en claro las obligaciones
01:13de los países frente a la crisis climática en el continente americano. De ahora en adelante,
01:18su concepto será una guía para las naciones que hacen parte de la OEA y un manual a seguir
01:24por parte de jueces que tienen la misión de resolver los litigios medioambientales. También
01:29habrá control y vigilancia para quienes emitan gases de efecto invernadero. ¿Cuál será el reto
01:34de la nueva legislación frente al medioambiente y la responsabilidad de la sociedad en su cumplimiento?
01:40En San José de Costa Rica saludamos a Luisa Gómez, abogada del Centro para el Derecho Ambiental
01:49Internacional. Bienvenida. ¿Qué efectos tiene este concepto emitido por la Corte Interamericana
01:54de Derechos Humanos ante este gran desafío del cambio climático?
01:58Hola, Javier, ¿cómo estás? Y un saludo muy especial y amplio para toda la audiencia que nos acompaña.
02:07Bueno, este pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de emergencia
02:13climática tiene unos efectos jurídicos innegables. Las opiniones consultivas son interpretaciones
02:22autorizadas, en este caso, que le dicen a los estados cómo deben cumplir sus obligaciones en materia de
02:30derechos humanos. Particularmente a través de esta opinión consultiva, la Corte le está diciendo a los
02:35estados miembros de la Organización de Estados Americanos, la OEA, cómo deben garantizar los derechos
02:41humanos ante la emergencia climática. Y si me lo permites, me tomaría el atrevimiento solamente de
02:50destacar cómo se puede aterrizar más esta opinión consultiva. Justamente, esta opinión consultiva
02:59está proporcionando estándares, argumentos jurídicos que al final son herramientas prácticas para que las
03:05comunidades afectadas por la crisis climática accedan a la justicia mediante litigios estratégicos,
03:12también que exijan acciones más ambiciosas a sus estados en el marco de las negociaciones
03:18climáticas y también para los jueces. Esta opinión puede guiar los fallos de tribunales locales,
03:23nacionales e internacionales.
03:25¿Qué pasa si un estado que integra la OEA no cumple esta guía?
03:32Esta guía por la Corte es una ayuda fundamental para que los estados justamente puedan cumplir con
03:41sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos. Si los estados no cumplen o
03:47desconocen o ignoran estos estándares interpretativos proporcionados por la Corte
03:54Interamericana, se exponen a litigios y se exponen a declaratorias de responsabilidad nacional e
04:02internacional. Y quisiera acá agregar un tema importante, Harriet, y es que, así como lo dijo
04:11la presidenta en el acto de notificación de la opinión consultiva sobre emergencia
04:15climática, no hay margen para la indiferencia. Y yo agregaría que tampoco hay margen para el
04:21incumplimiento o para la impunidad. Implementar esta opinión consultiva y que los países hagan una
04:27debida adecuación de su normativa para atender las causas y las consecuencias del cambio climático
04:32es una cuestión de supervivencia. Los estados no se pueden dar el lujo de desconocer esta opinión
04:38consultiva. Justamente es muy importante, Luisa, lo que acaba de decir, que esto es algo ya de
04:43supervivencia, teniendo en cuenta que el concepto de la Corte no tiene ninguna finalidad punitiva
04:49como tal, y en última son los jueces quienes tendrían la última palabra en lo que se refiere a
04:53las decisiones legales relacionadas con delitos ambientales. ¿Qué viene de aquí en adelante
04:59según la legislación en cada país?
05:03Yo diría que eso se expande más allá de los jueces y que esto justamente nos compromete a
05:09todos como sociedad civil. Me explico, Harriet. Te mencionaba que esta opinión consultiva está
05:18proporcionando estándares, herramientas legales, argumentos que pueden ser utilizados por comunidades
05:25afectadas, por pueblos étnicos, por sociedad civil para exigir a quienes hacen política pública en
05:32sus estados, para exigir a sus legisladores que adecúen la normativa. Entonces, este es un primer
05:37camino, política pública, leyes, normativa, regulaciones internas, pero también otro camino es a través de los
05:44litigios climáticos o los litigios estratégicos y esto también puede ser accionado por sociedad civil,
05:51comunidades afectadas, pueblos étnicos. Entonces, creo que aquí la última competencia no únicamente
05:58reside en los jueces para hacer operativa esta opinión consultiva. Esto es un engranaje muy complejo
06:04que también inicia a partir de las demandas que como ciudadanos le hagamos a nuestros estados
06:11de acciones climáticas más ambiciosas y de aterrizar la normativa a nivel local y a nivel
06:20nacional para que se cumpla con el respeto de los derechos humanos en el contexto de la
06:25emergencia climática. ¿De qué manera estarían más bajo control todos los emisores de gases
06:31contaminantes?
06:32Esa pregunta es muy interesante porque justamente la corte lo que hace en esta opinión consultiva
06:41es articular una porción científica muy importante para dejar con total claridad que las empresas
06:56que han estado vinculadas a la industria de combustibles fósiles principalmente son los principales responsables
07:04y allí está la causa del cambio climático. Eso es una cosa. Y lo segundo es que a través de esta opinión consultiva
07:16lo que se puede generar es que se exija mayor rendición de cuentas a estos actores corporativos o a estos actores
07:28no estatales para que limiten sus emisiones, para que además desescalen el uso de combustibles fósiles,
07:40porque si no lo desescalan los derechos humanos van a seguir sufriendo impactos drásticos.
07:49Entonces lo que esta opinión consultiva nos está ofreciendo es la oportunidad de que podamos generar
07:55alegatos y argumentos basados en derechos humanos para que los mayores contaminantes
08:04reduzcan sus emisiones e igualmente desescalen la explotación de combustibles fósiles.
08:13Luisa, es claro que la corte interamericana ha dado una opinión consultiva,
08:17pero es posible que más adelante establezca algún tipo de sanción a quienes no cumplan esta regulación ambiental?
08:24¿Por sí misma la corte interamericana no puede generar una sanción que se derive
08:32de la falta de conformidad de la normativa estatal con esta opinión consultiva?
08:41Pero justamente lo que vamos a ver es que el cumplimiento de esta opinión consultiva
08:47o como lo llamas tú, las sanciones o el control o la rendición de cuentas que se haga
08:53a partir de esta opinión consultiva ocurra a niveles más locales, a niveles más domésticos,
08:58pero también puede ocurrir a niveles internacionales, porque como te decía anteriormente,
09:04lo que la corte está planteando con esta opinión consultiva es la forma en la que los estados
09:08deben garantizar los derechos humanos de cara a la emergencia climática.
09:12Y si lo hacen de una manera distinta o se ignoran estos criterios interpretativos,
09:19se pueden enfrentar a declaratorias de responsabilidad internacional,
09:24porque podría estarse señalando que esos estados están violando los derechos humanos
09:29de cara a la emergencia climática al no cumplir con estos criterios interpretativos que presenta la corte.
09:35Abogada Luisa Gómez, gracias por estar esta mañana con nosotros.
09:42Muchas gracias a ti, Harriet, y a toda la audiencia que nos acompaña.
09:56El Congreso de México aprobó una ley que prohíbe el uso de mamíferos marinos para espectáculos de entretenimiento.
10:02La iniciativa reforma la Ley General de Vida Silvestre para impedir el uso comercial o de subsistencia de estas especies.
10:16La ley contempla como excepción la extracción y cautiverio de mamíferos marinos
10:21que se realice con propósitos de protección y conservación y que no tenga fines de lucro.
10:26El texto prohíbe también el uso de delfinarios,
10:31al establecer que los cetáceos que estén en cautiverio deben ser ubicados en corrales marinos
10:35y no en instalaciones de concreto como albercas y estanques.
10:40No obstante, contempla un periodo de transición para preservar los derechos de las personas
10:45que trabajan actualmente en delfinarios,
10:47un negocio extendido en México que, según datos del Cuerpo Legislativo,
10:51concentra el 8% de los delfines cautivos en el mundo.
10:56Ya regresamos con Click Verde por NTN24, el canal de las Américas.
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