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Katherine Miranda se refiere al pronunciamiento que recibió de la Corte Constitucional sobre la consulta popular.

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Transcripción
00:00Y FM Noticias
00:302. El concepto previo y favorable del Senado previsto en el artículo 4 de la Constitución es condicionante de la competencia presidencial.
00:483. La negativa o el silencio del Senado agotan la iniciativa. No existe vía alterna de insistencia.
00:574. Cualquier modificación exige acto legislativo de reforma constitucional y control automático por la Corte Constitucional.
01:06Lo cual indica que el Gobierno Nacional no puede insistir presentando una nueva insistencia de consulta popular con las mismas preguntas que ya se le negó el Senado de la República.
01:18Pero adicionalmente no tiene la competencia para presentar vía decreto y llamar a las urnas a consulta popular.
01:26Y FM Noticias

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