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A Contracorriente. Los juicios rápidos contra la ocupación no solucionan el problema
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hace 8 meses
Sandra León explica las nuevas medidas contra los okupas, pero no todo es cómo parece
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¿Qué tal Sandra León? Buenos días, ¿cómo estás?
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Muy buenos días Manuel, encantada. Una semana más.
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Pues yo también estoy encantado en esta sección que es una de las favoritas de nuestra audiencia.
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Ya saben todos nuestros oyentes que a pesar de que el gobierno sigue empeñado en permitir,
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en fomentar el grave problema de la ocupación que hay en España, nosotros, sin embargo,
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no nos olvidamos ni de los miles de víctimas que hay por todo el país, ni de que cualquiera
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podemos sufrir esta lacra. Precisamente por eso hoy vamos a poner el foco, el asunto sobre
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la mesa, de las múltiples medidas que se están empezando a aplicar y que vamos a tratar
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de analizar hasta qué punto pueden ser efectivas para evitar el caos.
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Por ir a lo último, Sandra, esta semana han entrado en vigor los llamados juicios express
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contra los okupas que teóricamente deberían permitir su desalojo en apenas 15 días. Pero
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la gran pregunta, ¿esto va a ser así o realmente es otra trampa?
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Bueno, pues realmente podríamos decir que no es sólo todo lo que reluce. Para empezar,
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lo primero que hay que aclarar es que esto sólo sirve para quienes denuncian una ocupación
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de patada en la puerta, que es lo que jurídicamente se conoce como allanamiento, demorada o usurpación.
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Pero las víctimas de la llamada inquiocupación, que es en estos momentos la modalidad más
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extendida gracias a la impunidad que genera el decreto antidesahucios del gobierno, no
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se van a beneficiar de esta medida. Pero tú me decías, desalojo en 15 días, ¿esto
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va a ser así? Pues me temo que no. La respuesta más sencilla es decir que no. Para empezar,
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hay que tener en cuenta que ese tiempo empieza a contar no desde que se produce o se denuncia
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la ocupación, sino desde que el okupa comparece por primera vez en el juzgado en calidad de
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denunciado. ¿Tal y como están desaturados los juzgados y teniendo en cuenta las tretas
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de los okupas, esto es inmediato? Pues no. Así nos lo explicaba el abogado José María
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Español.
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Sí, al particular le va a beneficiar. Otra cosa después, que dependerá siempre de las
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agendas judiciales, de la falta de medios que tienen los juzgados y demás. Es decir,
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no por modificar una ley solucionas un problema. ¿Por qué motivo? Porque es como aquel que
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se compra un coche y no le pone gasolina.
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Claro, pues lo decía muy sencillo, ¿no? El abogado José María Español. Luego además
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hay que tener en cuenta, yo insisto, que esos 15 días es desde que comparece por primera
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y son 15 días para que se celebre el juicio. Pero ojo luego a cuando se produce el desalojo,
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¿no? Y en este sentido, José María Español diferencia entre pequeños propietarios y
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grandes tenedores a los que la ley, recuerda, obliga a negociar con sus okupas.
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No olvidemos otra cosa, que el lanzamiento para los grandes tenedores de vivienda se
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puede suspender si el ocupante es una persona vulnerable. ¿Me explico? Es decir, el problema
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de la ocupación, pues a ver, ¿estamos mejor que ayer? Sí, pero evidentemente no es ni
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muchísimo menos lo que necesitamos. Por mucho que digamos que en 15-20 días vamos a tener
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la sentencia, después es cuando te encuentras con la realidad. Sí que va a haber un juicio
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rápido, pero el hecho de que tengamos una sentencia en un juicio rápido no significa
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ni mucho menos que el lanzamiento vaya a ser rápido, que al fin y al cabo es lo que al
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final le interesa al propietario. Esto es importante, la clave no es tanto la sentencia
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como el desalojo, es decir, cuando se ejecuta ese desahucio para poder recuperar lo que
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es tuyo. Y eso lo recordarás lo que nos decía precisamente este verano Vicente Magro, magistrado
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del Tribunal Supremo, al que entrevistamos con motivo de la publicación del manual sobre
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cómo afrontar jurídicamente una ocupación. Precisamente por eso él subrayaba, y en esto
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coincide José María Español, en que la verdadera solución no es un juicio rápido,
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sino que se permita primero echar a los ocupas y después celebrar el juicio.
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El Colegio de Bóveda de Barcelona, Mataró y yo mismo hace tiempo presentamos una propuesta
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que ahora mismo se ha aceptado y está en trámite parlamentario de crear un artículo
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en la Ley Procesal Penal, el 544.6, que regule expresamente como medida cautelar la expulsión
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inmediata antes de 72 horas de una persona que ocupa ilegalmente un inmueble. Es decir,
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un reflejo en la ley, un reflejo claro en la ley.
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Y Vicente Magro lo justificaba así.
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Son 40 las ocupaciones ilegales al día que suman y llegan a totalizar 16.000 delitos
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de ocupación al año. Y yo creo que este es uno de los temas más graves que existe
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en el país. ¿Cómo puede no ser grave que tú vuelvas a tu casa de un viaje y te encuentres
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la cerradura cambiada y con unas personas en tu interior? Esto es lo que hay que pensar
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cuando se valora o evalúa si esto es grave o esto no es grave. Y la respuesta más eficaz
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es lo que se está haciendo en el entorno europeo. La expulsión en 72 horas. Esa es
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la respuesta más sencilla, con independencia, de que luego se celebra un juicio y que se
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valoren las pruebas. Pero al ciudadano lo que le interesa es la recuperación posesoria,
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no le interesa la pena que se pueda imponer al ocupa, ni el desarrollo del procedimiento.
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Lo que quiere es su casa, que se la han entrado en ella y la quiere recuperar cuanto antes,
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no dentro de seis meses o un año.
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Los datos que acabamos de escuchar, 40 ocupaciones al día de patada en la puerta, 16.000 ocupaciones
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al año sin tener en cuenta la pandemia de la inquiocupación. Inquilinos que se meten
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en tu casa con un contrato, te pagan el primer, segundo, tercer mes y te dejan de pagar y
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no los echas. Es una epidemia y la izquierda, el gobierno en este país, lo niega. Es una
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auténtica barbaridad.
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Es una epidemia, tú lo decías y por eso Vicente Magro, que insisto, no es una persona
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cualquiera sino que es un magistrado del Tribunal Supremo, decía que la reforma que hay que
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hacer es la reforma del Código Penal, para que primero echamos y después juzgamos. Pero
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hay una medida cautelar que es, oiga, yo soy el propietario de esta casa, con lo cual
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la recupero y luego ya veremos. Y además me acuerdo que él ponía un ejemplo muy sencillo,
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dice, si a ti te roban el coche, a nadie le cabe en la cabeza que te lo retengan hasta
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que se celebre un juicio. Oye, no, no, estos son mis papeles, es mío, me lo das y luego
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ya celebraremos el juicio porque me lo han intentado robar. Bueno, pues atención porque
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esa reforma que nos anunciaba Vicente Magro en este programa el pasado mes de junio ya
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está incluida en el proyecto de ley de Junts contra la ocupación que la semana pasada
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el Partido Socialista se veía obligado a tramitar en el Congreso dentro de su particular
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programa de pagos a los independentistas. Ahora bien, como lo de Sánchez es un constante
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juego de equilibrios, pues ya nos han dicho que introducirán enmiendas durante su tramitación
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para contentar a la izquierda, con lo cual veremos a ver qué es lo que pasa. Pero lo
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importante es que por lo menos ya se empieza a hablar, ya se empieza a mover este cambio
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legislativo. Sería fundamental aplicar ese cambio legislativo para recuperar tu vivienda
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en menos de 72 horas. Bueno, y ya me parece mucho, tendría que ser de inmediato en cuanto
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presentes el título de propiedad que entre la policía y desaloja los ocupas a patadas.
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Al margen de estas dos medidas, Sandra, hay otras dos de las que también se ha hablado
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y mucho en las últimas semanas, que no son tanto cambios legislativos, sino acuerdos
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entre jueces, pero que también son muy importantes a pesar de que su alcance sea bastante limitado.
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Sí, estamos hablando de dos importantes acuerdos que han suscrito los jueces de Barcelona.
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El primero, que a partir de ahora ellos no considerarán un delito de coacciones cortar
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o dejar de pagar los suministros a los ocupas de patada en la puerta, porque claro, es que
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la policía tiene Guasa, o sea, encima de que te tengo...
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Les tienes que pagar las facturas.
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Bueno, pues por lo menos los jueces de Barcelona han dicho, nosotros no lo vamos a considerar
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un delito de coacciones, así que haya cada cual, cada propietario lo que haga. Pero claro,
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esto solo va a beneficiar, como decimos, porque no es un cambio legislativo, sino un acuerdo
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entre jueces a los propietarios de Barcelona. Pero hablábamos de dos importantes acuerdos.
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El segundo, que en casos de inquiocupación, en los que se obliga a los caseros a mantener
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a los ocupas si éstos alegan ser vulnerables, se va a pedir actualizar su situación año
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tras año, porque lógicamente tú has podido quedarte en el paro en el año 2020 y en cinco
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años, que son los que muchos propietarios llevan manteniendo a sus ocupas, puedes haber
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encontrado otro trabajo o hasta haber ganado la lotería, ¿no? Pues bien, esto, que es
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de sentido común, no se hace, como nos explicaba José María Español, y al menos en Barcelona
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los jueces van a empezar a exigirlo.
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El objetivo del Real Decreto-Ley de 31 de marzo, ¿cuál era? Pues aquella persona que
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había dejado de trabajar, estaba en un ERTE, el comercial que vendía, pues qué sé yo,
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azucarillos en los bares, y claro, los bares en muchas comunidades habían cerrado, con
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lo cual se había quedado prácticamente con los intereses mínimos que podía tener aquel
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señor que evidentemente iba a tener un problema para poder atender el pago de la renta cada
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mes, pues que pudiese estar protegido. Pero tal como dice el Real Decreto-Ley es una suspensión
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extraordinaria y temporal. ¿Qué está ocurriendo? Que esa suspensión temporal y extraordinaria
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la están prorrogando de forma indefinida. Entonces, se están beneficiando muchas personas
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que evidentemente ya han vuelto a trabajar, que han vuelto a tener los ingresos, pero
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teniendo en cuenta que tienen el proceso suspendido, siguen sin atender el pago de la renta, y
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siguen con el proceso suspendido. A mí solo me gustaría recordar, Manuel, un caso que
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llevamos hace tiempo en libre mercado y que de verdad que es terrible, de los peores que
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he escuchado yo, una pensionista que se llama Pilar, que además en su caso tiene de verdad
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muchísimos ingredientes para no dormir, pero uno de ellos era que esta señora ordenan
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su desahucio, lo terminan suspendiendo por vulnerabilidad y tal, y en ese transcurso
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en el que ella ha legado la vulnerabilidad y tal, pues hay una ola de solidaridad, entonces
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hay una fundación que dice yo te voy a pagar el alquiler, un restaurante que le dice vente
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a trabajar a mi restaurante, y efectivamente la señora se va a trabajar allí, con lo
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cual ya no tiene esa situación de vulnerabilidad porque le están pagando el alquiler y tiene
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trabajo. Bueno, pues a pesar de eso, esta inquiocupa no ha llegado jamás a pagar ni
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un solo euro en cinco años a la propietaria, pero los servicios sociales tampoco han actualizado
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su situación para decir oiga, si usted ya tiene trabajo ya no es vulnerable, o sea que
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parece que no, pero hay muchísimos casos, tú no sabes la cantidad de ellos que me llegan,
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pero bueno, de momento hay que decir que tanto esto como el no considerar un delito de coacción
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escortar o dejar de pagar los suministros, se circunscribe únicamente a Barcelona. Aún
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así, oye, es una buena noticia, ¿no? Pero cabe hacerse una pregunta que yo me hacía
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estos días, ¿por qué son los jueces de Barcelona los que están liderando la rebelión
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ante Ocupa? Porque en un caso y en otro son los mismos los jueces de Barcelona. Bueno,
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pues porque como nos decía José María Español, no hay que olvidar que la inmensa mayoría
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de los casos de ocupación se dan en Cataluña, ¿por qué? Por culpa de una legislación que
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garantiza su impunidad. ¿Y cuál es el problema? Y esto es lo realmente grave, pues que el
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gobierno de España, lejos de hacer una revisión autocrítica de esas leyes autonómicas, tomar
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nota y actuar en consecuencia, lo que ha hecho es extrapolarlas a toda España.
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Cataluña tiene más del 40% de las ocupaciones que hay en toda España. Entonces, ¿por qué
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los jueces de Barcelona, por qué los magistrados de la Audiencia Provincial de Tirona han tenido
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que fijar unos criterios mínimos de interpretativos? Porque evidentemente son los principales perjudicados,
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o sea, el foco de la ocupación de toda España, el foco está en Cataluña. Y el problema
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que es, en lugar de corregir lo que se ha hecho en Cataluña que ha provocado que sea
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el foco de la ocupación, lo que se ha hecho ha sido copiar lo que no funciona. Y el problema
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que está teniendo, o sea, que está sufriendo Cataluña, se está ascendiendo en el resto
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de España. Y ya te empiezas a encontrar otras comunidades que empiezan a ver las primeras
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consecuencias de una mala legislación, en especial la ley de la vivienda y estas prórrogas
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injustificadas de los lanzamientos, pues tanto a los inquiocupas como a los ocupas de patada
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en la puerta, pero que, teniendo en cuenta que son vulnerables y el propietario decidió
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acudir a la vía civil, pues se encuentra con el lanzamiento suspendido como mínimo
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hasta el 31 de diciembre del año 25. Pues tal cual, esto es lo trágico. Digamos que
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Cataluña fue pionera en la impunidad y la inmunidad de los ocupas, con Ada Colau a la
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cabeza. Y lo que ha hecho el gobierno de Pedro Sánchez con sus socios de extrema izquierda,
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los comunistas de Sumar y Podemos, es extenderlo a toda España. ¿Por qué hay más ocupaciones
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en Cataluña? Porque el problema comenzó ahí. Pero es que ahora, poco a poco, se está
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extendiendo y está aumentando en todas las comunidades autónomas como consecuencia de
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esta legislación, que recordemos, desde el año 2020, además, se aplica de forma totalmente
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sin ambajes para proteger a los ocupas e inquiocupas en contra de los legítimos propietarios
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de las viviendas. La ocupación es una lacra, una epidemia, un robo, un crimen. Pero los
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auténticos culpables de la ocupación no son los ocupas ni los inquiocupas, son los
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políticos que están apoyando este tipo de aberraciones jurídicas, este ataque directo
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a la propiedad privada. El gobierno de Pedro Sánchez es el culpable de la ocupación.
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Tenemos un gobierno de ocupas y proocupas.
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Totalmente. Pero bueno, aquí estaremos para combatirlo todas las semanas que haga falta.
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Desde luego, Sandra, como siempre, muchísimas gracias, fuerte abrazo.
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Hasta la próxima.
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