00:00El intento de la designación del nuevo alcalde de La Vega es inconstitucional,
00:05totalmente inconstitucional. Además ya se designó al sustituto del alcalde denunciante en función de
00:12lo que manda la ley 176.107 sobre el distrito y los municipios. ¿Qué manda esa ley? Que en caso
00:20de ausencia del vice síndico será designado como alcalde el secretario general y ya eso fue hecho
00:28el 22 de agosto de este año. Por vía de consecuencia lo que el PRM ha dicho que va a proceder a
00:37designar a un diputado es inconstitucional porque la constitución en el artículo 128.2
00:49dice claramente que al presidente le toca nombrar los funcionarios que la constitución u otras
00:56leyes no le faculten a otros órganos hacer su designación y el único órgano competente
01:06legalmente para designar a un sustituto de un alcalde renunciante donde también ha renunciado
01:14la vicealcaldesa es el consejo municipal de la alcaldía de La Vega que vuelvo y digo ya lo
01:21hizo el día 22 de agosto cuando hacen la designación del ROEL Martínez. ROEL Martínez es el alcalde que
01:31sustituye al renunciante y así debe mantenerse.
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