- hace 1 año
FALLO.mp4
Categoría
😹
DiversiónTranscripción
00:00La Corte Suprema de Justicia ha dejado claro que los centros educativos particulares tendrán
00:05que ceñirse al artículo cuarenta y siete de la ley doscientos ochenta y cinco del quince
00:10de febrero de dos mil veintidós, el cual establece que a fin de garantizar que el proceso
00:15de enseñanza aprendizaje no se vea afectado para los estudiantes cuyos padres mantengan
00:20saldos pendientes de acuerdo con el servicio educativo contratado, no suspenderán el acceso
00:26a las clases durante el curso regular ningún niño, niña o adolescente y al finalizar
00:32este emitirán una certificación en la que conste los datos generales del educando, el
00:37grado cursado y el promedio final obtenido. El fallo es bien recibido por los padres de
00:42familia. La Corte Suprema de Justicia ha hecho justicia
00:48a los estudiantes al respeto del derecho humano a la educación y yo creo que este
00:56es el kit del asunto. La decisión del Tribunal de Justicia estableció que no son inconstitucionales
01:03los artículos cuarenta y siete ciento sesenta y seis y doscientos veintidós de la ley doscientos
01:09ochenta y cinco mediante los cuales se crea el sistema de garantías y protección de
01:13los derechos de la niñez y la adolescencia y dicta otras disposiciones. El Ministerio
01:19de Educación siempre ha velado por el bienestar de la niñez, es un derecho universal del
01:25niño y la niña a educarse y el Ministerio de Educación siempre va a estar a favor de
01:31ese mandato universal. Por su parte la Unión Nacional de Centros Educativos Particulares
01:37UNSED que presentó la demanda ha dicho que acepta la decisión de la Corte. Realmente
01:43hay ochocientas escuelas particulares a nivel nacional y realmente pues esto nos coloca
01:49en un sistema de indefensión pero también como una oportunidad para mejorar la gestión
01:57realmente pues aceptamos y respetamos porque somos respetuosos de las leyes y los reglamentos
02:02somos escuelas y es lo que tenemos que estar promoviendo. Su vocera Betsaida González
02:07Britón señaló que seguirán mejorando su sistema administrativo y la relación con
02:12los padres de familia. Cada padre de familia sepa que hay una diversidad de opciones en
02:19un menú de opciones de colegios que se ajusta a sus necesidades sin embargo realmente pues
02:27hicimos lo que la constitución nos permite que es si hay si algo atenta contra la empresa
02:34privada pues tenemos todos los recursos para para interponer y en este caso pues no favoreció
02:40a las escuelas particulares. Además la demanda incluía los artículos 166 derecho a la continuidad
02:46educativa el niño niña o adolescente tiene garantizado el derecho a la educación aun
02:52cuando sea objeto de medida disciplinaria en el centro educativo que conlleva el cambio del
02:57plantel educativo. La medida disciplinaria no se hará efectiva hasta que el acudiente en
03:02coordinación con el ministerio de educación matricula al estudiante en un nuevo centro
03:07educativo oficial o particular en el mismo año lectivo. ¿Qué hacen los colegios? Los colegios
03:14toman de rehenes a los estudiantes porque eso es tomar de rehén a los estudiantes y decirte o tú
03:20me pagas o yo no suelto el boletín para tu hijo entonces lo que se quiere proteger el derecho
03:28humano en la educación y la ley 285 como bien tú lo dices eso es lo que estipula. Mientras que el
03:34artículo 222 se refiere a impedir ingreso a clases o acceso a asignaciones escolares el
03:41director de un centro educativo particular u oficial que por cualquier motivo retenga boletines
03:47créditos académicos o impida el ingreso a clases o el acceso a asignaciones escolares a un niño niña
03:54o adolescente será sancionado por el ministerio de educación con multas de 500 balboas a mil
04:00balboas el director de educación se refirió al proceso para aplicar esta sanción. El padre de
04:05familia puede mantener una denuncia ante estos centros educativos viene al ministerio de educación
04:13va a la dirección nacional particular lo llevamos a asesoría legal y asesoría legal entonces a
04:19través de este resuelto del acuerdo suprema y nuestras normativas que tenemos aquí vigente en
04:25la ley orgánica hacen la resolución de sanción. El fallo contó con siete votos a favor un salvamento
04:31o voto de desacuerdo por el magistrado Cecilio Sedalice y un voto concurrente de la magistrada
04:37Maribel Cornejo. El voto concurrente hace referencia a que la magistrada está de acuerdo con la decisión
04:42pero no con los argumentos del fallo. Angie de Gracia, Telemetro, reporta.
04:49El fallo contó con siete votos a favor un salvamento o voto de desacuerdo por el magistrado
04:53Cecilio Sedalice y un voto concurrente de la magistrada Maribel Cornejo. El fallo contó con siete votos a favor
04:59un salvamento o voto de desacuerdo por el magistrado Cecilio Sedalice y un voto concurrente de la
05:04magistrada Maribel Cornejo. El fallo contó con siete votos a favor un salvamento o voto de desacuerdo
05:10por el magistrado Cecilio Sedalice y un voto concurrente de la magistrada Maribel Cornejo.
Recomendada
4:00
2:25
0:56
1:00
1:04
3:10
1:54
2:44
1:31
1:17
0:29
1:04
3:48
0:23
8:27
2:20
1:00
41:40
1:23
Sé la primera persona en añadir un comentario