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  • hace 11 años
El colectivo de trabajadores postocupacionales que han estado expuestos al amianto, solicitan que se les incluya dentro de los colectivos que gozan de jubilación anticipada, entendiendo que la exposición al amianto implica el sometimiento a un excepcional índice de penosidad, peligrosidad, insalubridad o toxicidad y en las que se han comprobado unos elevados índices de morbilidad o mortalidad o la incidencia de enfermedades profesionales; además, teniendo en cuenta la morbilidad y mortalidad por enfermedad y su relación directa con el trabajo, y la incapacidad permanente derivada de enfermedad en los términos indicados en el artículo 115.2.e) de la Ley General de la Seguridad Social, que se produzcan en grado superior a la media.
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