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📄 El síndico de AHMSA y MINOSA, Víctor Manuel Aguilera Gómez, revocó los poderes de siete representantes legales y solicitó al Juzgado Segundo de Distrito que un recurso judicial promovido por uno de ellos se tenga por no presentado. Argumentó que la actuación no fue autorizada por su parte. La petición deberá ser analizada por la autoridad judicial dentro de los procedimientos concursales de ambas empresas.

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Transcripción
00:00El síndico de Altos Hornos de México y Minera del Norte, Víctor Manuel Aguilera Gómez,
00:06revocó formalmente los poderes otorgados a siete representantes legales de ambas empresas
00:10y solicitó al juzgado segundo de distrito en materia de concursos mercantiles que se
00:15tenga por no presentado un recurso de revocación promovido por uno de ellos.
00:19Mediante un escrito dirigido a la jueza encargada de los procedimientos concursales, Aguilera
00:23Gómez informó que el pasado 27 de octubre de 2026 formalizó la revocación de los poderes
00:28mediante las escrituras públicas 9.481 y 9.482 expedidas ante el notario público Víctor
00:35Manuel Martínez Morales, titular de la Notaría Pública número 108 de Nuevo León.
00:40La medida comprende a Jaime René Guerra González, Sergio Cabañas Mier, Román Salazar Castillo,
00:45Brandon Alejandro Salgado Díaz, Octavio Ochoa Huerta, Arturo Ramírez Carlock y Gabriel Iván
00:51Saravia Zúñiga, quienes contaban con facultades para actuar en representación de AMSA y Minosa.
00:56En el mismo documento, el síndico solicitó que se deje sin efectos procesales un recurso
01:01de revocación presentado por Gabriel Iván Saravia Zúñiga contra un acuerdo judicial del 14 de
01:06octubre de 2026 al sostener que dicha actuación no fue autorizada previamente. Aguilera Gómez
01:11argumentó que desde el 10 de septiembre había instruido expresamente a los apoderados para que
01:16se abstuvieran de realizar gestiones, trámites, negociaciones o actuaciones en nombre de ambas
01:21compañías sin contar con su autorización. Señaló que esta instrucción fue notificada mediante un
01:25instrumento público y presentada ante el órgano jurisdiccional el 29 de septiembre.
01:30Respecto al recurso promovido por Saravia Zúñiga, el síndico aseguró que no autorizó su presentación
01:35y que tampoco fue informado de dicha actuación. Para sustentar su petición, invocó el artículo
01:392.562 del Código Civil Federal, que establece la obligación de los mandatarios de sujetarse
01:45a las instrucciones recibidas y no actuar en contra de las disposiciones expresas de que les
01:49otorgó el mandato. Por ello, solicitó al juzgado que el recurso se tenga por no presentado,
01:53al considerar que fue promovido sin la autorización correspondiente. El escrito forma parte de los
01:58procedimientos concursales de AMSA y Minosa, identificados con los expedientes 19-2023
02:03y 77-2022. La solicitud deberá ser valorada por la autoridad judicial, por lo que el documento
02:09no constituye por sí mismo una resolución que invalide el recurso presentado.
02:13En las imágenes, Alberto Ali reportó para NRT México, cobertura total 360 grados, Wendy Vázquez.

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