00:00El día de ayer se produjeron tres actos con respecto a la sentencia al fallo de la Corte Constitucional
00:04sobre la reforma pensional producida hace una semana.
00:07Los tres actos vienen de tres entidades diferentes.
00:10El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, un incidente de impacto fiscal,
00:13Colpensiones, una solicitud de modulación de fallo de la temporalidad de la entrada en vigor de la reforma
00:19y el Banco de la República, una solicitud de aclaración jurídica.
00:22Con respecto a la solicitud de aclaración jurídica del Banco de la República,
00:25lo que pretende el Banco es que se aclare los plazos de la entrada en vigencia de la ley,
00:30ya que esta entidad tiene que tener claro a partir de cuándo es posible hacer inversiones y gastos
00:36en la preparación del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo,
00:39que es responsabilidad según la Ley 2381 Pensional del Banco de la República.
00:43Esta es una aclaración de tipo jurídico.
00:45La solicitud de Colpensiones tiene una naturaleza diferente,
00:48tiene una naturaleza operativa, de capacidad operativa,
00:50de la necesidad de estar listos y de implementar los cambios tecnológicos necesarios en la entidad
00:56para poder atender a la totalidad de la población colombiana,
00:59que los trabajadores estaremos afiliados todos a Colpensiones según la ley
01:02para el Pilar Básico Contributivo.
01:04Colpensiones aduce que necesita al menos hasta el 1 de abril del año 2028
01:09para estar listo operativamente para poder ejercer esa función a cabalidad.
01:14Con respecto a la solicitud del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
01:16el incidente de impacto fiscal es una herramienta que está consagrada en la normatividad colombiana
01:21para buscar modular efectos de los fallos de la Corte Constitucional.
01:25En este caso, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público aduce dificultades fiscales de caja
01:30para cumplir con las erogaciones que la sentencia implicaría
01:33con la entrada en vigor de la reforma pensional a partir del 1 de abril.
01:36En particular, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público reconoce que la reforma
01:40costaría cerca de 5 billones de pesos que no habrían estado incluidos
01:43en el presupuesto general de la Nación del próximo año,
01:46debido a que el monto fue aprobado un día antes de que la sentencia fuera conocida por los colombianos.
01:52La industria de los fondos de pensiones y las entidades privadas
01:55y la agremiación de esos fondos entiende las razones que las tres entidades
02:00llevan a la Corte Constitucional para solucionar estos problemas
02:04que son de carácter fiscal, de caja, de carácter jurídico y de carácter operativo.
02:09El sistema pensional es un sistema que tiene que funcionar en coordinación de muchas entidades,
02:14entre ellas estas tres, para que pueda tener un desarrollo exitoso.
02:18El incidente de impacto fiscal que solicita sea considerado en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público
02:23tiene unos tiempos. Dependiendo de la respuesta de esos tiempos,
02:26el Congreso de la República deberá tramitar la subsanción de los nueve artículos
02:31y la proposición del artículo nuevo, debido a que la sentencia de la Corte Constitucional
02:36da un tiempo de 30 días a partir del fallo que se vence en el 29 de octubre
02:41para ejercer esta subsanción. Desde el punto de vista del procedimiento que continúa ahora,
02:47dependerá de los tiempos de la Corte en el proceso de análisis del incidente de impacto fiscal
02:52para saber si existe una suspensión adicional de la reforma o si entrará en vigor a partir del 1 de
02:57abril.
02:58Con respecto a la solicitud operativa de colpensiones, la Corte Constitucional deberá analizar
03:02la modulación del fallo que requiere esta entidad para saber si aplaza la entrada en vigor
03:06hasta el 1 de abril del próximo año. Con respecto al requerimiento de aclaración del Banco de la República,
03:11ese es un proceso que deberá tomar también algunas semanas por parte de la Corte Constitucional
03:15para responderlo. En este momento, lo que los colombianos debemos entender es que existe un fallo.
03:21El fallo implica una necesidad de subsanación de nueve artículos en la Cámara de Representantes
03:26y la entrada en vigor de la reforma pensional del 1 de abril.
03:28Sin embargo, estas tres actuaciones del día de ayer podrían cambiar este panorama temporal
03:33y, por lo tanto, desde la industria de fondos de pensiones y esas entidades estaremos atentos
03:38a las decisiones que tome este alto tribunal con respecto a los tiempos de la reforma.