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  • hace 7 semanas

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Transcripción
00:00¿Por qué? Porque el monto de su pena, por el monto de la pena preacordada. Y aquí quiero ser muy
00:07claro con usted, la conducta por la cual usted está siendo condenada afectó de manera severa la fe pública,
00:15afectó de manera severa a las comunidades educativas de este país y afectó de manera severa a todas aquellas personas
00:24que de una u otra manera han tenido que hacer esfuerzos para obtener un cartón profesional.
00:32Por esa razón, usted está siendo condenada. No obstante, el Estado colombiano, en la forma en la cual se pagan
00:44ese tipo de conductas, le va a otorgar a usted un beneficio con unas condiciones.
00:50Esas condiciones deberán ser cumplidas su pena de revocar ese beneficio. Y ese beneficio no implica ni que usted no
01:01va a tener un antecedente, ni que usted no va a estar condenado por estos hechos y por este preacuerdo.
01:09Esa rebaja es una rebaja que su defensor, estoy seguro, que le señaló que es de manera objetiva. Es decir,
01:18presentado el requisito, esa rebaja, perdón, ese beneficio es objetivo.
01:24Esto es, fijada la pena por debajo de ese requisito, este juez de conocimiento no puede hacer otra cosa que
01:32obedecer el principio de legalidad, obedecer y respetar sus derechos fundamentales y otorgar.
01:40Pero quiero ser absolutamente claro con usted.

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