00:00...de la presente audiencia a fin de dar oportunidad, por un lado, de que Manuel Eduardo Mora Vásquez
00:10pueda estar representado por su defensa técnica, tomando en cuenta de que el abogado que le representaba
00:21o la barra de abogados que le representaba ha informado que no continuará asistiendo a los medios de defensa
00:27se le otorga un plazo a Manuel Eduardo Mora Vásquez de 48 horas a fin de que pueda presentar a
00:37la Secretaría del Tribunal
00:39el nombre y el domicilio del nuevo abogado para fines de convocatoria.
00:44Si vencido este plazo, el Tribunal no recibe respuesta, se le ordena a la Secretaría a requerir los servicios de
00:52un defensor público
00:53que lo asista en sus medios de defensa.
00:57En cuanto a la situación del plazo para ejercer la oposición, todos los imputados de este proceso
01:09de los cuales el Tribunal ha corroborado su presencia, quedan debidamente y formalmente notificados
01:17de la resolución incidental número 249-05-2026-SADM-00022, dada por este tercer tribunal colegiado,
01:30para que termine de correr el plazo que aún se encuentra abierto y si lo entienden pertinente,
01:39puedan interponer el correspondiente recurso.
01:46La nueva fecha queda fijada para el día que contaremos a 3 de septiembre del año 2026,
01:53tiempo en el cual las defensas que necesiten armonizar defensa técnica con defensa material
02:00tendrán esa oportunidad.
02:03En cuanto a la reposición de plazos que han sido solicitados por las razones que hemos expuesto,
02:10se rechaza la dicha solicitud por improcedente y en virtud de lo que establece el artículo 1334
02:17del Código Procesal Penal, el Tribunal va a dictar orden de conducencia contra todos aquellos testigos
02:25que fueron convocados, que no comparecieron o que no presentaron alguna excusa formal.
02:32Respecto de los demás, pues se ordenaría su convocatoria.
02:37Y dejando a cargo del Ministerio Público la presentación de sus testigos, tal como lo ha solicitado.
02:48Acerquense de cada Ministerio Público, la parte creyente y un abogado de esa campaña.
02:57Y la decisión que se permite descender de estrado al abogado que se presentaba a los imputados,
03:06Mariano Justini Ponce, Manuel Eduardo Mora Vázquez y la sociedad Parvo, Parvo Etreme Eche.
03:16Gracias.
03:16Gracias.
03:16Gracias.
03:18Gracias.
03:19Gracias.
03:19Gracias.
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