00:00Firmó con autoridad de cosas juzgadas internacional que corresponde exclusivamente a Nicaragua
00:07el dominio territorial y el sumo imperio sobre el agua del río San Juan
00:14consolidando un principio jurídico que forma parte del patrimonio histórico y soberano de nuestra nación.
00:23La sentencia reconoció que en virtud de esa soberanía Nicaragua posee la facultad exclusiva
00:33de administrar, regular, fiscalizar la navegación en el río San Juan, preservar el orden jurídico,
00:43proteger el ambiente y los recursos naturales.
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