00:00¿Qué tal? Muy buenas noches, Jason.
00:02Estefanía, ¿qué tal? Buenas noches.
00:04El saludo para don Rodolfo, también para nuestros estimados televidentes.
00:09Para la Procuraduría, este reglamento del Ministerio de Salud
00:14infringe el artículo 24 de la Constitución Política
00:18que garantiza el derecho a la intimidad,
00:21porque el reglamento en el artículo 37
00:24obliga a los profesionales en psicología
00:27a que de manera inmediata, sin la autorización del paciente
00:31y bajo la amenaza de sanciones,
00:33le revela al Ministerio de Salud
00:35la identificación de las personas y sus diagnósticos,
00:39incluso de trastornos mentales como ansiedad, depresión
00:43y hasta intentos de suicidio.
00:45¿Qué dijo la Procuraduría? Lo vemos a continuación.
00:50Se trata de este decreto que contiene el Reglamento de Vigilancia de la Salud
00:54que fue firmado en el 2025 y con el que el Ministerio
00:58enumera las enfermedades de notificación obligatoria,
01:02para los cuales los centros médicos deben proveer al ente rector
01:05información como el nombre del paciente,
01:09su nacionalidad, el número de cédula,
01:12la fecha de inicio del cuadro,
01:14síntomas y el diagnóstico específico de la afección.
01:17La obligatoriedad es para enfermedades infecciosas transmisibles,
01:22pero también obliga a reportar casos de intentos de suicidio,
01:26depresión y casos de ansiedad, entre otros.
01:30El ministerio argumenta un control epidemiológico,
01:33vigilancia sanitaria y manejo de enfermedades en la salud pública,
01:38pero la Procuraduría General de la República
01:41encontró roces con la Constitución,
01:43ya que el reglamento configura, según ellos,
01:46una infracción al artículo 24 de la Constitución Política
01:50que garantiza el derecho a la intimidad.
01:53La Procuraduría señaló,
01:55se trata inequívocamente de datos sensibles,
01:59cuya revelación puede exponer a la persona
02:01a estigmatización, discriminación o afectación de su vida privada,
02:07especialmente si esos datos no son administrados,
02:10con las respectivas salvaguardas establecidas por ley.
02:15La intimidad y la autodeterminación informativa
02:19está protegida por los artículos de la Constitución Política
02:24y la limitación que requiere una ley formal de la Asamblea Legislativa
02:30para poder acceder a la información.
02:33La Procuraduría agrega que del reglamento
02:36no se desprende ninguna base legal expresa
02:39para acceder a este tipo de información sensible,
02:43tratándose de diagnósticos de salud mental.
02:45Incluso, en sus consideraciones,
02:48tampoco se invoca algún motivo específico,
02:51puntual y objetivo que justifique y fundamente
02:55someter a este tipo de pacientes
02:57a las medidas tan drásticas de revelación de datos sensibles,
03:01junto con su identidad personal,
03:04como lo exige ese reglamento.
03:06Para el ente procurador,
03:08la Ley General de Salud autoriza la vigilancia epidemiológica,
03:12pero no autoriza expresamente que esa vigilancia
03:15se realice con datos nominales
03:17de pacientes psicológicos o psiquiátricos
03:20sin su consentimiento.
03:22La entrega de datos nominales de estas personas
03:25hacia un sistema de información de alcance indeterminado,
03:30sin su consentimiento
03:32y sin las garantías individualizadas de seguridad,
03:37representan uno de los escenarios
03:40de mayor gravedad deontológica
03:43contemplados en nuestro Código de Ética y deontológico.
03:47El criterio de la Procuraduría
03:49fue solicitado por la Sala Constitucional
03:51que estudia actualmente
03:53un recurso interpuesto por un psicólogo
03:55contra ese decreto.
03:56El procurador recomendó a los magistrados
03:59declarar con lugar la acción
04:01únicamente con respecto
04:03a los trastornos mentales
04:05incluidos en el artículo 37
04:07del reglamento.
04:10Quiero ser muy claro
04:11con esto último que menciona la nota.
04:14El procurador lo que establece
04:15en el criterio es que los vicios
04:17o los roces con la Constitución
04:19se encontraron en ese artículo
04:20propiamente en la parte
04:21que habla sobre los trastornos mentales
04:24y no las otras enfermedades
04:25que sí debe llevar el control
04:27el Ministerio de Salud,
04:28pero que no implican
04:29vulnerar la información sensible
04:31de los pacientes
04:32como sí ocurre con esas enfermedades mentales.
04:36Compañeros,
04:37continúan ustedes con más
04:38en el estudio de Telenoticias.
04:39Muchas gracias por la información, Jason.
04:41¡Sí!
04:41¡Sí!
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