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  • 30/9/2009
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El matrimonio por poderes va a tener lugar cuando dos personas quieren celebrar matrimonio pero por cuestiones varias se encuentran cada uno en lugares/países distintos y no pueden estar los dos cónyuges presentes en el momento de la celebración del mismo. Se usa generalmente para poder contraer matrimonio entre español y extranjero al que por diferentes motivos no ha podido serle concedido un visado para poder estar en España. Así de esta manera podrán casarse gracias a un poder notarial que sustituye la presencia fisica del que está lejos. Se regula en el artículo 55 del Codigo Civil:

“Podrá autorizarse en el expediente matrimonial que el contrayente que no resida en el distrito o demarcación del Juez, Alcalde o funcionario autorizante celebre el matrimonio por apoderado a quien haya concedido poder especial en forma auténtica, pero siempre será necesaria la asistencia personal del otro contrayente.

En el poder se determinará la

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