La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictado una sentencia histórica contra el futbolista Rafa Mir, condenándolo a un total de 8,5 años de prisión por un delito de agresión y otro de lesiones. El tribunal también ha impuesto penas de cárcel a su amigo y también futbolista, Pablo Jara, en relación con los hechos ocurridos en el chalé del jugador en la localidad de Bétera durante el verano de 2024.
El fallo judicial, que ha sido notificado este lunes a las partes, considera a Rafa Mir autor de un delito de agresión, por el que le impone siete años de cárcel, y de un delito de lesiones, para el que fija un año y seis meses de cárcel. Por su parte, Pablo Jara ha sido condenado a dos años y medio de prisión por delitos de agresión, contra la integridad moral y lesiones leves a una segunda joven.
Los hechos probados se remontan a la noche del 31 de agosto al 1 de septiembre de 2024. Tras conocer a dos jóvenes en una discoteca de Valencia, los condenados se dirigieron al domicilio de Mir para continuar la fiesta. Según la resolución, Rafael Mir agredió en la piscina y en un cuarto de baño a una de las chicas, mientras que Jara agredió a la segunda joven en la piscina, para después echarla del chalé a empujones y dejarla en la calle semidesnuda.
A pesar de que Rafa Mir afirmó en el juicio que "todo fue consentido" y que la noche "fluyó así", el tribunal ha rechazado tajantemente su versión. La sala considera que la prueba practicada ha servido "para acreditar sin fisuras la comisión de los hechos propuestos por las acusaciones".
Los magistrados han destacado la declaración de las víctimas, calificándola de "convincente, consistente y coherente". Esta versión ha sido "mantenida de forma invariable a lo largo de toda la tramitación de la causa" y cuenta con el respaldo de informes periciales y declaraciones de testigos. En contraste, la sentencia señala que "ninguna de las alegaciones defensivas ha tenido un sustrato fáctico en el que apoyarse ni un razonamiento lógico al que tener en cuenta".
Además de las penas privativas de libertad, Mir deberá indemnizar a la víctima con 64.000 euros por lesiones y daños morales, y se le impone una prohibición de comunicación y aproximación por 13 años. Jara, por su parte, deberá pagar 6.280 euros a la segunda denunciante.
Un aspecto relevante del caso es que el tribunal ha acordado deducir testimonio de tres policías locales de Bétera por si hubieran incurrido en un delito de falso testimonio. El tribunal apunta a una "dada la flagrante contradicción de su versión con la de las denunciantes", a las que los magistrados atribuyen "prevalencia probatoria". La sentencia, aunque contundente, no es firme y puede ser recurrida ante instancias superiores.
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