00:00Miércoles Jurídico en el Mañanero, hoy para hablar de un tema muy interesante,
00:04porque si usted debe impuestos y no los paga, puede verse sometido a un arraigo
00:10o incluso también el congelamiento de sus cuentas bancarias.
00:13¿Qué hacer ante esta situación?
00:15Se lo vamos a consultar a la doctora Pamela Caballero, que nos acompaña esta mañana.
00:19Doctora, bienvenida nuevamente, es un gusto estar con usted.
00:22Gracias, Robert.
00:22Acá, sobre un tema que estoy seguro nos ha pasado a todos algún día.
00:26Nos han arraigado, nuestras cuentas están congeladas y nosotros decimos, ¿pero por qué?
00:31Ojo, es porque no hemos cumplido con pagar los impuestos.
00:35Doctora, este es un tema muy importante, porque todos nos vemos en la obligación de pagar los impuestos.
00:41Si sucede esto que usted nos dice, ¿cómo debemos proceder?
00:46Bueno, primeramente a tener en cuenta que si uno tiene bienes, muebles, inmuebles, sujetos a registro,
00:53si uno tiene patentes en el municipio, uno tiene que saber que tiene que pagar los impuestos.
00:58Muchos años la gente no pagaba impuestos e incluso iba y decía prescripción por el paso del tipo para no
01:04pagarlos.
01:05Pero ahí el municipio dijo, no, si ustedes no pagan, son deudas al Estado,
01:10nosotros procedemos con las retenciones tal como vemos en el cuadro.
01:13Perfecto, entonces vamos a observar justamente las características que tienen cada uno de estos casos.
01:19Bueno, primeramente te pueden hacer estas retenciones por impuestos de vehículos, bienes inmuebles,
01:24actividades comerciales o en su caso otras deudas tributarias.
01:27¿Quiénes intervienen para pedir estas retenciones?
01:30Impuestos nacionales, los gobiernos autónomos municipales a través de la ASFI y las demás entidades financieras.
01:36Si yo he sido arraigado y digo, no puedo viajar, pero ¿por qué?
01:41Tengo que averiguar previamente de dónde proviene la orden de este arraigo o de la retención de los fondos,
01:49verificar que evidentemente yo soy deudora y puedo realizar, Robert, un plan de pagos con las instituciones públicas
01:56a efecto de que si bien no voy a cancelar el 100% de toda mi deuda,
02:00pero se vaya flexibilizando esta situación y que se levante tanto el congelamiento de cuentas como el arraigo.
02:06¿Este plan de pago, doctora, es negociado, es conciliado o prácticamente es impuesto como la única alternativa de solución?
02:13Bueno, acá lo que se debe se paga y al Estado se ve que se tiene que pagar,
02:17pero sí, Robert, uno puede hacer estos planes de pago, por ejemplo, desde un pago inicial del 10%
02:23y ya el total se puede diferir en 30 meses incluso, te dan ese beneficio,
02:29para que uno vaya cancelando lo que sea deuda, pero no en todos los casos, por si acaso, se levanta
02:34automáticamente.
02:35Existen algunos impuestos que uno debe de muchos años y ya están en fase de una ejecución coactiva.
02:41En esos casos en concreto, bueno, se ve que la entidad pública te exige que tengas que hacer un pago
02:47más fuerte
02:48que aquel que es el 10% para poder habilitar tus cuentas y bueno, que ya no estés arraigado.
02:54Ahora, por ejemplo, doctora, en el caso de llegar a un financiamiento acordado, en este caso hasta de 30 meses
03:01para poder hacer el pago
03:02y que pasado ese tiempo no se haya hecho el pago, ¿esto puede convertirse en un agravante jurídicamente posterior?
03:10Totalmente, porque estas entidades públicas le van a hacer un proceso coactivo a esa persona que no paga los impuestos
03:18al contribuyente
03:18y ahí no solamente va a quedar en un congelamiento estas cuentas que tiene en el sistema bancario,
03:25sino que se ve que va a pedir la adjudicación de estos dineros a favor del Estado o incluso remate
03:32de los bienes,
03:32ya que estas deudas deben ser cumplidas a favor del Estado.
03:35Ahora, una persona, por ejemplo, doctora, que debe los impuestos, que se le ha aplicado el arraigo
03:40y que vulnera de alguna manera el control y sale del país, ¿es sujeta a una aprehensión, por ejemplo?
03:46Bueno, esta es una pregunta interesante.
03:49Si una persona está arraigada, se ve que por punto migratorio regular no puede salir porque lo van a detener
03:54inmediatamente.
03:55Pero Bolivia es un país muy grande y no tiene mucho control fronterizo
04:00y se ve que las personas a veces salen por puntos irregulares.
04:02Si fueran encontrados en otros países y, bueno, fueran sorprendidos por la policía
04:08y le digan dónde están sus documentos y se verifica que esta persona tenía un arraigo en Bolivia,
04:13inmediatamente son deportados y puestos a territorio nacional para una investigación también en Bolivia
04:18por la posible comisión de un hecho ilícito.
04:20Ahora, ¿qué es lo que sucede, doctora, después del pago o el acuerdo, por ejemplo?
04:25Bueno, si uno cumple con el acuerdo, ha cumplido con la obligación tributaria respectiva,
04:31el municipio o en todo caso impuestos nacionales va a dar por concluida esta obligación que se tiene
04:38y merced de aquello pues uno ya va a poder gozar del movimiento sin ningún tipo de arraigo
04:44y lo más importante, poder tener a disposición de las cuentas porque muchas veces las personas dicen
04:48¿yo cómo voy a pagar lo que debo en impuestos si mis cuentas están congeladas?
04:53Y ahí viene pues el impedimento porque luego tendrán que buscar dinero para alcanzar el 10%
04:58y con ese 10% implorar tributariamente un acuerdo negociado para ya ir cumpliendo con los saldos adeudados.
05:06Bien, doctora, gracias por acompañarnos.
05:08Un tema muy importante e interesante que usted lo toma en cuenta.
05:12Sea responsable con el pago de sus impuestos, evite este tipo de situaciones
05:16y si llega a las mismas, proceda de acuerdo a la ley y a la normativa.
05:20Continua.
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