00:00Luego de que Evo Morales fuera declarado en rebeldía, se ha dado a conocer el mandamiento de arraigo en su
00:05contra a través de la siguiente notificación que vamos a dar lectura.
00:09Mandamiento de arraigo.
00:10Los doctores Irma Castellanos y Carlos Andrés Ovitas, jueces técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Anticorrupción y contra la Violencia
00:19hacia la Mujer Primero de la Capital,
00:21por el presente mandamiento a nombre de la ley, mandan y ordenan a la Dirección Nacional de Migraciones para que
00:27procedan al arraigo a nivel nacional de Juan Evo Morales Aima,
00:32por tenerse así ordenado mediante autointerlocutorio de fecha 11 de mayo, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público
00:40en su contra por el delito de trata de personas, artículo 281 del Código Penal.
00:46Es el mandamiento de arraigo emitido en contra de Evo Morales.
00:50Ante la inasistencia injustificada de los acusados al llamado de la autoridad judicial y además verificándose que no fue presentado
01:04ninguna clase de justificativo de manera directa o por tercera persona,
01:10es que el Ministerio Público solicitó ratificar la declaratoria de rebeldía.
01:18En aplicación al artículo 89 del mismo compilado penal, fueron ordenados nuevos requerimientos y fueron ordenados nuevos mandamientos de aprehensión,
01:38encomendando su ejecución a la Fuerza Pública, es decir, a la Policía Nacional.
01:46Asimismo, informar que fue ratificada la defensa pública para Juan Evo Morales Aima,
01:52recayendo esta designación ante el Servicio Nacional de Defensa Pública.
01:58Y para la señora Ideles Aposo Saavedra, se designó al abogado José Luis Martínez.
02:05Esta audiencia queda suspendida sin fecha porque deben pasar dos circunstancias particulares,
02:11o la aprehensión con los mandamientos de aprehensión librados por el tribunal,
02:16o la comparecencia voluntaria de estas personas al juicio para que se le inicie la audiencia.
02:21Gracias.
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