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  • hace 8 minutos
Después de que Rubén Rocha dimitiera temporalmente como gobernador de Sinaloa tras las acusaciones de EU, el Congreso local eligió a Bonilla.

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Transcripción
00:00Bueno, regresamos al Congreso de Sinaloa, donde se hizo la solicitud de licencia temporal al gobernador Rubén Rocha Moya en
00:07medio de las investigaciones y acusaciones en su contra por parte de Estados Unidos. Escuchamos.
00:30La comisión.
00:35Primera distruta de distancia de la comisión de grupos constitucionales y gobernación que propone a la persona que debe ocupar
00:43el cargo de gobernadora o gobernador interino. La secretaría.
00:57Con su permiso, diputado presidente. Honorable Congreso del Estado presente. A la comisión de grupos constitucionales y gobernación que suscríbete
01:09le fue donada para su estudio y determinación oficio asignado por el doctor Rubén Rocha Moya.
01:15Mediante el cual solicitó licencia temporal al cargo de gobernador constitucional del Estado de Sinaloa.
01:24Resultado. Uno. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo cincuenta y ocho de la Constitución Política del Estado de
01:32Sinaloa, en fecha primero de mayo del año dos mil veintiséis, el doctor Rubén Rocha Moya solicitó licencia temporal a
01:42este órgano parlamentario al cargo de gobernador constitucional del Estado de Sinaloa.
01:45Constitucional del Estado de Sinaloa. Para una mayor valoración se transcribe el oficio de mérito.
01:53Unir a Sinaloa a primero de mayo del año dos mil veintiséis, ciudadanas y ciudadanas inmigrantes del honorable Congreso del
02:02Estado de Sinaloa.
02:03Por medio de la presente, con lo dispuesto por el artículo cincuenta y ocho de la Constitución Política del Estado
02:10de Sinaloa,
02:11presento ante esta soberanía popular solicitud de licencia temporal por más de treinta días al cargo de gobernador constitucional del
02:21Estado de Sinaloa.
02:22Lo hago desde mi profunda convicción republicana, por la confianza de que las instituciones del Estado mexicano cumplirán su función
02:31constitucional en relación a los hechos en los que se me concierne,
02:36y que son de dominio público, a fin de que no quede duda alguna de la legalidad e integridad de
02:43mi conducta.
02:44Como lo ha expresado nuestra Presidenta de la República, la doctora Claudia Shevon Bardo,
02:49a quien expreso mi reconocimiento invariable, verdad, justicia y defensa de la soberanía nacional.
02:57Atentamente, el doctor Rubén Rocha Moya.
03:00Punto número dos, en sesiones ordinarias de fecha dos de mayo del año dos mil veintiséis,
03:06se hizo de conocimiento del pleno del honorable Congreso del Estado la solicitud de licencia temporal referida,
03:12misma que fue concebida en el pleno, y cuya presidencia de la mesa directiva
03:18acordó turnarla a la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación,
03:23para que enica de inmediato el dictamen que conforme el derecho corresponda.
03:28Y considerando, punto número uno,
03:31de conformidad con lo dispuesto en el artículo cuarenta y tres, fracción diecinueve de la Constitución Política,
03:37es apuntar del Congreso del Estado,
03:40conceder licencia y admitir las renuncias a los diputados y demás servidores públicos de su propia dependencia,
03:47al gobernador y a los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia,
03:51a los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado,
03:55así como a los servidores públicos de esta Constitución y sus propias leyes lo determinan.
04:01Dicho precepto, otorga competencia al pleno de este H-Congreso del Estado,
04:07para conceder licencia al gobernador constitucional del Estado,
04:12y para resolver o poner las disposiciones constitucionales.
04:16Punto número dos,
04:17esta Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación,
04:20realizó un análisis a la solicitud de licencia temporal referida,
04:25de la cual se advierte que el doctor Rubén Rochamoya,
04:29con fundamento en el artículo cincuenta y ocho de la Constitución Política del Estado de Sinaloa,
04:36presenta solicitud de licencia temporal por más de treinta días
04:40al cargo del gobernador constitucional del Estado de Sinaloa.
04:44Punto número tres,
04:46en virtud de haberse concedido licencia temporal al doctor Rubén Rochamoya,
04:50al cargo del gobernador constitucional del Estado de Sinaloa,
04:54con conjuntamente lo dispuesto en el artículo cuarenta y tres,
04:58fracciones trece y diecinueve,
05:00y cincuenta y ocho de la Constitución Política del Estado de Sinaloa,
05:04resulta conforme a derecho que el Congreso del Estado
05:07proceda a elegir gobernador interino,
05:11para sustituir al gobernador con tal carácter,
05:15hasta que el doctor Rubén Rochamoya
05:17se incorpore a sus funciones constitucionales y legales.
05:21A efecto de esclarecer la exposición,
05:24se transcribe las disposiciones constitucionales antes mencionadas.
05:29Constitución Política del Estado,
05:31artículo cuarenta y tres,
05:34son facultades exclusivas del Congreso del Estado las siguientes.
05:39Fracción doce,
05:41elegir al ciudadano que deba sustituir al gobernador del Estado,
05:46en el carácter de sustituto o de interino,
05:49en términos que esta Constitución señala.
05:54Fracción diecinueve,
05:55conceder licencia y admitir las denuncias a los diputados
05:59y demás servidores públicos de su propia dependencia,
06:02al gobernador y a los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia
06:05y a los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado,
06:10así como a los servidores públicos que esta Constitución
06:13y sus propias leyes lo determinan.
06:16En la fracción diecinueve a la fracción cuarenta y uno,
06:21en el artículo cincuenta y ocho,
06:22las faltas temporales del gobernador del Estado
06:25hasta por treinta días serán subidas por el secretario de gobierno,
06:29con el carácter de encargado y el despacho.
06:32Las que excedan de tal periodo serán cubiertas por un gobernador interino
06:36que nombrará el Congreso por mayoría absoluta de votos de los diputados presentes.
06:41Si este estuviera en receso, algo por otra falta,
06:47la diputación permanente logrará un no provisional.
06:51En este orden de ideas se advierte procedente la aplicación
06:55de lo establecido en los referidos artículos,
06:58de los que se advierte expresamente la facultad del Congreso del Estado
07:03para nombrar a un gobernador interino,
07:06por mayoría absoluta de votos de las diputadas y los diputados presentes.
07:12Cinco, en razón de los argumentos anteriormente vertidos,
07:16esta Comisión de Juntos Constitucionales y Gobernación resuelve.
07:21Punto número uno,
07:23a la vez de aceptado la licencia temporal del doctor Rubén Rochamoya
07:27al cargo del gobernador constitucional del Estado de Sinaloa,
07:31esta Comisión de Juntos Constitucionales y Gobernación
07:34ha determinado que en virtud de su trayectoria laboral,
07:38por su experiencia y responsabilidad que le ha distinguido,
07:42es procedente proponer para que sea electa por el pleno del Congreso del Estado
07:47como gobernadora interina del Estado de Sinaloa,
07:52a la ciudadana Gerandín Bonilla Valverde.
07:55A su concluyo y gracias a las manifestaciones a las instituciones y a través de su trayectoria profesional
08:03para el efecto,
08:05quien además cumple con los requisitos constitucionales para ocupar la gubernatura del Estado de Sinaloa
08:12de manera interina,
08:15por lo que se le considera suficientemente capacitada
08:18para la conducción del gobierno del Estado de Sinaloa.
08:22Por lo anteriormente expuesto y fundado,
08:24esta Comisión de Juntos Constitucionales y Gobernación
08:27se permite someter a consideración de este honorable Congreso del Estado
08:32para su discusión y aprobación en su caso,
08:36el siguiente acuerdo.
08:38Artículo único.
08:41Con fundamento a lo dispuesto por los artículos 43,
08:44fracción 13 y 58 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa,
08:50se nombra gobernadora interina del Estado de Sinaloa
08:53a la ciudadana Gerandín Bonilla Valverde,
08:58quien deberá encerrar su cargo a partir de su cosa de procheza.
09:02Artículo único para los ciudadanos.
09:05Primero, el presente acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación en el pleno.
09:11Segundo, notifíquese el presente acuerdo a los archaayuntamientos del Estado de Sinaloa
09:17y al ordorable Supremo Tribunal de Justicia del Estado
09:21para los efectos administrativos y jurídicos procedentes,
09:25así como a la persona designada,
09:27y síguese para que venga protesta de ley.
09:31Tercero, publíquese en el periodo oficial del Estado de Sinaloa.
09:36Es dada en el salón de comisiones del honorable Congreso del Estado
09:40de la ciudad de Culiacán, Rosales, Sinaloa,
09:42a los dos días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.
09:47Firma la Comisión de Juntos Constitucionales y Gobernación,
09:51diputada Juana Minerva Vázquez González,
09:54diputado César Ismael Guerrero Alarcón,
09:58diputado Rotorjo Valenzuela Sánchez,
10:00diputada Arevi Berenice Ruiz López,
10:04y diputado Jorge Antonio González Flores.
10:07Es cuanto, diputado presidente.
10:12Bueno, ya lo escucharon, ya es especial,
10:14Geraldine Comilla Valverde,
10:15y se ha propuesto.
10:18Gracias, diputado.
10:19La diputada Arevi Berenice Ruiz López,
10:22ha solicitado la palabra desde su grupo de objeto, diputada.
10:25Buenas, chamoyas.
10:26Solicito la impensa a la segunda de la fiscalía.
10:30Gracias, diputada.
10:31Muy buenos días a todos.
10:32Con su permiso, diputado presidente,
10:35en mi calidad de diputada,
10:36y con fundamento a los artículos 158, 214,
10:41y demás relativos de la ley orgánica del Congreso del Estado,
10:45solicito que cometa a consideración del pleno
10:48si se aprueba la dispensa de la segunda lectura
10:50y que se obvien los trámites subsecuentes al presente dictamen,
10:55al efecto de que se cometa a análisis, discusión,
10:59y en su caso, aprobación en esta misma sesión.
11:03El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación
11:07que propone a la persona que habrá de ocupar el cargo
11:11de gobernadora o gobernador interino.
11:14Es cuanto, diputado presidente.
11:18Gracias, diputada.
11:19Habíamos le dado la primera lectura al dictamen
11:22de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación
11:25y hiciste la propuesta de la diputada Aide Corrales Corrales
11:28para que, con fundamento de los impuestos,
11:30los artículos 158 y 214 de la ley orgánica del Congreso del Estado de Sinaloa,
11:37sea desprezada la segunda lectura
11:39y se obvien los trámites subsecuentes a este dictamen,
11:43al efecto de que se someta a análisis, discusión,
11:46y en su caso, aprobación en esta sesión,
11:50por el objetivo de lograr a la gobernadora
11:52o gobernadora o gobernadora interino del Estado de Sinaloa.
11:56En razón de ello, se pregunta el pleno en votación económica
11:59si se dispensa la lectura a este dictamen,
12:03así como los trámites subsecuentes por obvia y urgente resolución.
12:09Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa,
12:12sírvanse a manifestarlo, levantando su mano, por favor.
12:19Las diputadas y diputadas que estén por la afirmativa,
12:23manifiestenlo, por favor.
12:27Por unanimidad, se aprueba la dispensa de la segunda lectura
12:31a este dictamen, por lo que procede ponerlo a discusión.
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