00:00Escuchamos en estos momentos a Ulises Lara, vocero de la Fiscalía General de la República.
00:03...a la que está adscrita la Fiscalía Especial de Asuntos Internacionales.
00:10Doctor, por favor, haga uso de la palabra. Muchas gracias.
00:18Muchas gracias. Buenas tardes a todas, a todos los presentes.
00:24Entonces, agradezco su interés en esta conferencia que la Fiscalía General de la República está ofreciendo al pueblo de México.
00:38Esta tarde informamos que la Secretaría de Relaciones Exteriores turnó a esta Fiscalía General de la República
00:52la solicitud de la Fiscalía Federal del Distrito Sur de Nueva York, dependiente del Departamento de Justicia de los Estados
01:05Unidos,
01:07para efectos de detener en forma provisional, con fines de extradición internacional, a 10 ciudadanos mexicanos.
01:19Es importante aclarar a la opinión pública nacional que no se trata de un procedimiento de extradición formal como tal,
01:33sino que estamos en presencia de una solicitud de otorgamiento de una medida cautelar con fines de extradición.
01:45Nuestra obligación es la procuración de justicia con base en las atribuciones y facultades que nos otorgan
01:59la constitución política de los Estados Unidos mexicanos, el Código Nacional de Procedimientos Penales,
02:10nuestra ley de extradición internacional y naturalmente los tratados internacionales, bilaterales y multilaterales aplicables a la materia.
02:25Nuestro compromiso es, sin lugar a dudas, el cumplimiento a cabalidad de esa normatividad
02:36y la protección de las mexicanas y los mexicanos sin distinción de ningún tipo.
02:46Afirmamos categóricamente, nada ni nadie por encima de la ley.
02:54Sobre el tema que nos ocupa, explicamos lo siguiente.
02:58Uno, la solicitud en cuestión está referida exclusivamente al posible otorgamiento de una medida cautelar
03:14consistente en la detención provisional de las personas reclamadas.
03:21Dos, dicha medida cautelar, importante destacar, se rige por lo dispuesto en el artículo once del tratado de extradición bilateral
03:39México-Estados Unidos
03:41y asimismo, se marca en lo previsto en el artículo diecisiete de nuestra ley de extradición internacional.
03:55Tres, igualmente es oportuno resaltar que la detención provisional, materia del pedimento,
04:05constituye una restricción a los derechos humanos.
04:12Por ello mismo, solo puede ser otorgada si existen motivos, fundamentos y pruebas sólidas encuadrables en la normatividad nacional e
04:28internacional antes mencionada.
04:30Cuatro, la esencia de esa medida cautelar es evitar la sustracción de la acción de la justicia por parte de
04:46las personas reclamadas.
04:48Y en razón de ello, lógicamente y jurídicamente, se tiene que acreditar, más allá de toda duda razonable,
05:00la urgencia de la autorización de la detención provisional.
05:07Cinco, el pedimento de esta detención provisional fue examinado por el área de asuntos internacionales
05:21con estricto apego a la normatividad derivada del tratado bilateral de extradición con Estados Unidos
05:32e igualmente con estricto apego al derecho aplicable a la materia vigente en nuestro país.
05:42En el pedimento que nos ocupa, no hay ninguna referencia, no hay ningún motivo, no hay ningún fundamento,
06:02no hay ninguna evidencia que nos permita apreciar el porqué de la urgencia de la detención provisional.
06:16B, igualmente advertimos en una primera instancia que no existen pruebas anexas al pedimento de referencia
06:28que acrediten la comisión de un presunto delito que haga impostergable el otorgamiento de la medida cautelar.
06:42C, la difusión pública de la información base de este pedimento pone en riesgo el debido proceso.
06:54Por las razones anteriores, la Fiscalía General de la República enviará una comunicación a la Cancillería
07:07para que se solicite a la autoridad requiriente todas las pruebas, argumentos, informes, documentos que sean necesarios.
07:21Por las vías que garanticen la confidencialidad de la información para que la Fiscalía esté en aptitud de analizar la
07:36documentación
07:37y con ello fijar un posicionamiento de carácter institucional.
07:45Reiteramos que por nuestra parte se llevan a cabo las investigaciones correspondientes
07:52sobre los posibles hechos referidos, ocurridos en territorio nacional, en términos de nuestra legislación
08:04y de acuerdo al paradigma del Estado constitucional y democrático de derecho.
08:13Para concluir, sostenemos categóricamente que el pueblo de México debe saber que nuestro compromiso
08:23es con la verdad, la justicia y la defensa de la soberanía nacional.
08:30Muchas gracias.
08:34Muchas gracias.
08:35Muchas gracias. Si nos permite, vamos a pasar una ronda de preguntas y respuestas.
08:39Tenemos a nuestro compañero Arturo Sierra, por favor.
08:45Arturo Sierra de NMAS.
08:46Solo preguntar, ¿cuál es la postura final del gobierno mexicano sobre esta solicitud de extradición?
08:55Perdón, nuevamente, compañero.
08:57Arturo Sierra de NMAS.
08:58¿Cuál es la postura final del gobierno mexicano sobre esta solicitud de extradición?
09:03Muchas gracias.
09:05Esta pregunta nos permite clarificar un poco en el contexto en el que se encuentra en tiempo presente
09:14ubicado el pedimento que nos ocupa.
09:18Es importante entender que el procedimiento de extradición contempla dos tipos de acciones
09:27que se desarrollan en diferentes tiempos o etapas.
09:32Por un lado, el otorgamiento de una medida cautelar consistente en la detención provisional
09:41de las personas reclamadas.
09:44Pero, por otro lado, tenemos el procedimiento de extradición formal como tal, que implica
09:55el desahogo de toda una secuela de actos ante la Secretaría de Relaciones Exteriores.
10:03Posteriormente, ante el Poder Judicial, para obtener una opinión de un juez de control.
10:11Y todo esto desemboca, finalmente, en la emisión de un acuerdo de la Cancillería
10:20acerca de si se accede o no a la petición de extradición internacional.
10:27Importante subrayar que esta determinación en sede de Cancillería puede ser objeto de
10:36un juicio de amparo indirecto ante el Poder Judicial de la Federación.
10:41Y un trámite de estas características en cada una de sus etapas
10:47conlleva tiempos y movimientos que no son factibles de meter en una ruta crítica de temporalidad.
10:57Me quiero referir a la etapa relativa a la medida cautelar.
11:04Lo que se planteó por las autoridades estadounidenses no es la petición formal de extradición.
11:13Única y exclusivamente, el pedimento se centra en la pretensión de otorgamiento de la medida cautelar
11:22de la detención provisional de las personas objeto de la acción de reclamación.
11:31Consecuentemente, la decisión, el pronunciamiento que haya de emitir en su momento
11:41la Fiscalía General de la República se va a circunscribir únicamente, exclusivamente
11:49al pedimento de la medida cautelar.
11:53Si en un momento posterior a la decisión de la Fiscalía por conducto de la Cancillería,
12:02el gobierno de Estados Unidos a través de la Fiscalía correspondiente
12:07en materia del requerimiento, inicia el procedimiento formal de extradición internacional,
12:16México se apegará estrictamente a las reglas previdas para este propósito,
12:23tanto en el Tratado Bilateral de Extradición, como en la normatividad
12:29proveniente de nuestra Ley de Extradición Internacional.
12:37Bien, ahora damos paso a la pregunta de nuestro compañero René Cruz de MBC Noticias.
12:43Por acá, señor fiscal, muy buenas tardes.
12:46Entonces, en dado caso, ya una vez que se reciba la documentación que se está solicitando,
12:52¿va a ser procedente a nuestra decisión, por favor?
12:54Con mucho gusto. Naturalmente, nosotros estaríamos en espera de la respuesta
13:04por parte de las autoridades estadounidenses.
13:07Y en función de la documentación, informes, evidencias que nos aporten,
13:14realizaremos un segundo análisis, y de ese análisis derivará la conclusión acerca de sí o no.
13:25La petición encuadra exactamente en los requisitos y elementos formales
13:32del artículo 11 del Tratado Bilateral de Extradición.
13:37De tal manera que en este momento, imposible emitir un juicio
13:43que pudiera conllevar un posicionamiento institucional.
13:51Agradecemos a todos la presencia de todos a la Fiscalía General de la República.
13:57También fueron, y en otros casos, se ha procedido a la detención cuando lo ha solicitado nacionalmente.
14:05La Fiscalía va a proceder, y en otros casos, también ha ocurrido que con el argumento
14:12de la seguridad nacional, con el Estado de la Ciudad, con un grupo considerado narcoterrorista,
14:19se ha enviado a presuntos delincuentes mexicanos a Estados Unidos,
14:25estando o no en proceso, un juicio de extradición, y la Fiscalía los ha abogado.
14:32En este caso, los primeros ciencias, en los cuales no quiero...
14:37Pero para reiterarle, es la respuesta que estamos dando por la petición de estos discasos,
14:43y estamos esperando que nos den información.
14:45Es a través...
14:48Es correcto, eso es lo que le estamos comentando.
14:50Nosotros estamos solicitando que sea...
14:52Solo para reiterarle.
14:53Exactamente.
14:54Y lo estamos haciendo, además, que sea por las vías correspondientes y de manera confidencial.
14:59Muchas gracias.
15:00Bien, agradecemos a todas y a todos su presencia en esta conferencia de prensa en la Fiscalía General de la
15:04República.
15:05Buenas tardes a todos.
15:08Ahí escuchábamos hace unos momentos a Raúl Armando Jiménez,
15:11exfiscal especializado de control competencial de la Fiscalía General de la República,
15:16básicamente concluyendo que no hay evidencia que sustente la solicitud provisional de los funcionarios
15:21y exfuncionarios mexicanos acusados en Estados Unidos,
15:24y que además están pidiendo las pruebas ante la solicitud de extradición,
15:28que aclaran, no es una solicitud formal.
15:32Este, mucha más información, más adelante, aquí en Milenio Televisión.
15:35Gracias.
15:36Gracias.
15:36Gracias.
15:37Gracias.
15:38Gracias.
15:41Gracias.
15:42Gracias.
15:43Gracias.
15:43Gracias.
15:44Gracias.
15:44Gracias.
15:44Gracias.
15:44Gracias.
15:44Gracias.
15:45Gracias.
15:45Gracias.
15:45Gracias.
15:45Gracias.
15:45Gracias.
15:45Gracias.
15:45Gracias.