00:00Esa sentencia del 2001 dice, la locución presidencial es un instrumento legítimo de comunicación institucional
00:11siempre que no se utilice con fines proselitistas.
00:15O sea, yo no puedo hacer campaña en una locución, no para uno porque no sería uno candidato per se,
00:21sino para otras personas, etcétera, sino temas, y aquí viene lo que temas.
00:28Entonces, lo que dice el Consejo de Estado es urgentes, urgencia, urgentes, y aquí también lo dice.
00:39Además, aclaró que no se requiere un desastre natural para que haya urgencia, ojo, la Corte Constitucional,
00:49que era más o menos como creí que interpretaban algunas personas, no, pues hay que esperar a Armero para que
00:55el presidente hable,
00:56no, no, aclaró que no se requiere un desastre natural para que haya urgencia, dos puntos,
01:05basta con que el mensaje tenga relevancia inmediata para la vida nacional o el interés público, relevancia inmediata.
01:16Ese es el punto, de interés público.
01:20Entonces, esa es la urgencia, que a locución mía no ha tocado un tema de interés inmediato,
01:30de relevancia inmediata y de interés público.
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