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  • hace 3 semanas
El derecho de petición es una garantía fundamental consagrada en el artículo 23 de la Constitución Política colombiana que faculta a toda persona para presentar peticiones o solicitudes ante las autoridades o particulares que deberán ser atendidas en los términos previstos por la Ley.

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00:07En el día de hoy vamos a hablar de un asunto muy importante para cualquier persona que resida o sea
00:15habitante del país de Colombia. Vamos a hablar del derecho de petición. ¿Qué es el derecho de
00:22petición? El derecho de petición es una de las manifestaciones más evidentes, más prácticas de
00:29lo que es un sistema democrático. ¿Por qué razón? Porque es la posibilidad, es la facultad que tienen
00:37todas, absolutamente todas las personas de pedirle a las autoridades e inclusive a algunos particulares
00:46que ejercen básicamente funciones públicas, lo que estimen que esas autoridades o esas personas les
00:53deben brindar, les deben suministrar, les deben aportar. El derecho de petición está consagrado
01:00en la constitución política y está consagrado como un derecho fundamental. ¿Por qué? Porque repito,
01:08hace parte de lo que comprende un sistema realmente democrático. ¿Cómo se ejerce el derecho de petición?
01:15El derecho de petición, por su misma naturaleza, no está sometido a ninguna formalidad ni ninguna
01:23ritualidad de carácter específico. No se necesita ser abogado para ejercerlo. Basta simplemente ser
01:30persona. Debe, por razones de orden práctico, eso sí, cumplir con algunas cuestiones básicas en
01:39aras de que la respuesta pues llegue a ser realmente eficaz. ¿Cuáles son esas consideraciones o esas
01:45cuestiones básicas que debe contener el derecho de petición? En primer lugar, la autoridad a la que
01:51se pide. En segundo lugar, y esto es muy importante, lo que se pide, tratando de que sea lo más
01:58claro en
01:59aras de que la respuesta también sea lo que la persona realmente está pidiendo. Deben indicarse las
02:05razones o fundamentos de lo que se pide y por qué se pide. Eventualmente, la ley puede exigir algunos
02:15requisitos que no es algo que se ve en todos los casos. Y finalmente, muy importante también, debe
02:22indicarse la dirección para efectos de la notificación a la persona que hace la petición. O sea, a dónde se
02:30le
02:30debe dirigir la respuesta respecto de lo que la persona pidió. ¿Cuál es el término que la ley establece
02:38para que se resuelva el derecho de petición? Por regla general, son 15 días hábiles. Eventualmente, cuando
02:47la petición es difícil o se presentan algunas circunstancias, la autoridad puede prolongar este
02:54término, pero en todo caso debe avisarle al peticionario que dicha circunstancia sea presentado
03:02para que el peticionario esté enterado de que no se le va a dar dentro del término. ¿Qué pasa si
03:08la
03:08petición se dirige a la autoridad que no corresponde? No pasa nada. Si el derecho de petición se radica o
03:16se
03:16formula ante la autoridad que no es competente para resolver, el ciudadano puede quedarse tranquilo
03:21porque es carga de la autoridad dar traslado a quien sí corresponde la respuesta e informar
03:28de dicha circunstancia al petición. Finalmente, ¿qué pasa si las autoridades no atienden el derecho
03:35de petición? En principio, se ven sometidas a las sanciones de orden disciplinario que les corresponden
03:43pues están omitiendo con el cumplimiento de su función. Y respecto del ciudadano, de la
03:50persona que hace la petición, le queda una herramienta muy importante como es la acción
03:55de tutela. Por ser un derecho fundamental, es posible acudir a la acción de tutela buscando
04:02que el juez le garantice que se le va a respetar el derecho de petición. Hagan uso del derecho
04:09de petición. Utilícenlo porque todos como personas, habitantes de Colombia, tenemos esa
04:16posibilidad.
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