00:00¿Quién nos informa?
00:03Gracias, buenas noches doctor. ¿Cuál fue la determinación?
00:05Acaba de concluir la audiencia de medidas cautelares.
00:09Luego de interponer incidentes con fines procesales,
00:14se ha refutado también la probabilidad de autoría para los cuatro delitos
00:18y también los riesgos procesales.
00:21Y en este caso, la autoridad jurisdiccional,
00:23luego de verificar las contradicciones incurridas en el Ministerio Público
00:28en su argumentación en cuanto a la subsunción y la adecuación
00:32de los cuatro tipos penales o de los cuatro delitos,
00:34solo dio por concurrente uno de ellos,
00:36y de igual manera también un peligro procesal de los cuatro
00:39que fundamentó la autoridad fiscal.
00:41En este sentido de que se hizo notar también las contradicciones
00:45en base a la normativa, las funciones de mi defendido
00:48como ayudante en órdenes del Ministro de Gobierno
00:50y también las omisiones en el cumplimiento de su deber
00:53y de sus funciones del otro.
00:56La razón de que se determinó la adopción de medidas cautelares
01:00de carácter personal.
01:01¿Qué medidas?
01:04Bueno, se determinó el arraigo,
01:06se determinó la presentación ante el Ministerio Público
01:08una vez por semana,
01:09una detención domiciliaria con permiso laboral
01:12y la provisión de comunicarse con dos personas
01:15que tienen que prestar su declaración en la vía testifical
01:17y de concurrir a determinados lugares.
01:19¿Declaró la audiencia?
01:20¿Qué declaró?
01:21Bueno, sí, evidentemente no parte de ejercer el derecho
01:24a la defensa de manera eficaz y restricta,
01:27también hacer uso de la defensa material.
01:29¿Va a salir libre en este momento o van a pagar las fianzas?
01:31Y en este caso, mi defendido, el Capitán Rodríguez,
01:36hizo uso de su derecho a la defensa material
01:39y también exhibimos todos los reconocimientos
01:42y demás a lo largo de los 17 años
01:44que él viene fungiendo como funcionario de la Policía Boliviana.
01:47¿Es decir que da libertad?
01:49¿En este momento?
01:49¿Defenderá en libertad?
01:50¿Tiene que jugar la fianza antes?
01:51No, ya se emitió lo que corresponde,
01:54que es el mandamiento,
01:55y en este caso le está siendo conducido a la FELCC
01:57para que se ejecute el mismo.
02:00¿Tiene otro procedimiento de continuar el proceso?
02:02Bueno, esta resolución ha sido apelada
02:05por todos los sujetos procesales
02:06y se tiene que desarrollar la etapa preparatoria
02:09para que cumpla con su finalidad
02:11y ya el Ministerio Público,
02:12cuando llegue el momento correspondiente,
02:14emitirá lo que corresponda
02:15al concluir la etapa preparatoria.
02:18¿Está prohibido de hablar con los medios?
02:22¿Está prohibido de hablar con los medios?
02:24Sí, por la normativa, en la ley 101,
02:26él necesita permiso para dar entrevista
02:29ante los medios de comunicación,
02:31para eso tiene su defensa técnica.
02:32¿Qué sigue aquí más en este proceso?
02:34Bueno, está la voluntad de someterse al proceso
02:37y también prueba de ello
02:39que nos hemos presentado voluntariamente
02:40ante el Ministerio Público,
02:42hemos ofrecido su pasaporte en original
02:44y también su teléfono celular,
02:46que ya está siendo objeto de pericias y demás
02:49y está en custodia del asignado al caso
02:51y él mismo se entregó hasta sin contraseña
02:53porque no hay nada que ocultar.
02:54Muy bien, muchas gracias, doctor.
02:55Ustedes ya lo han escuchado,
02:57medidas personales,
02:57entonces, en el caso de la investigación
02:59por el caso Maletas.
03:01Liberaron al capitán Cristian Rodríguez,
03:04así lo determinó.
03:05La justicia se podrá defender en libertad.
03:08Gracias a Marilín.
03:10Realizamos una breve...
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