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  • 16 hours ago
En Tip Legal le explicamos bajo qué condiciones es posible adoptar a una persona mayor de edad y qué requisitos debe cumplir el adoptante.

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00:00Una estudiante de psicología que se encuentra haciendo sus prácticas universitarias
00:06con el fin de atender una consulta de unos pacientes que le fue planteada
00:11nos hace aquí a la sección de tip legal una pregunta muy interesante.
00:17Ella quiere saber hasta qué edad es factible que una persona sea adoptada
00:23y más específicamente la pregunta va dirigida a si es posible adoptar a un mayor de edad.
00:42¿Qué es la adopción de los menores de 18 años?
01:00Es una medida de protección que se tiene establecida para los niños, niñas y adolescentes
01:07cuando estos se encuentran en su situación de vulnerabilidad,
01:11o sea, cuando sus derechos le han sido violentados y hay necesidad de reestablecérselos.
01:17Desde este punto de vista, la adopción por regla general está instituida en favor de los menores de 18 años
01:28con unas condiciones básicamente en materia de edad que son las siguientes.
01:33Los adoptantes o el adoptantes deben tener mínimo 25 años y entre el adoptante y el adoptado o el adoptivo
01:44debe mediar una diferencia de 15 años.
01:49Ahora bien, la excepción que es la que le interesa a nuestra consultante.
01:54El artículo 69 del código de la infancia y la adolescencia permite la adopción de mayores de edad,
02:03de personas mayores de edad, o sea, personas mayores de 18 años,
02:07pero pone unas condiciones para que ello sea factible.
02:11¿Cuáles son esas condiciones para que se dé esa adopción?
02:15Fundamentalmente la siguiente, que entre el adoptivo, o sea, la persona que se va a adoptar
02:22y entre la persona que quiere adoptar, o sea, el adoptante,
02:27haya mediado una relación de convivencia, cuidado inmediato entre ellos,
02:34específicamente del adoptante respecto del adoptivo,
02:37por al menos dos años y que hayan convivido bajo el mismo techo por al menos dos años
02:43antes de que el adoptivo cumpla los 18 años de edad.
02:49Si esa condición de haber estado el futuro adoptante cuidando al adoptivo
02:56durante al menos dos años antes de que éste cumpla los 18 años de edad,
03:02es factible que después, cuando el adoptivo ya tiene la mayoría de edad,
03:07pueda ser adoptado por la otra persona.
03:10En este caso, el trámite tiene una particularidad que lo diferencia sustancialmente
03:16de cuando el adoptivo es un menor de edad.
03:18¿Qué es cuál?
03:19Que en este caso no participa o no interviene el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar,
03:25sino que el trámite de la adopción se da directamente entre el adoptante y el adoptivo
03:32ante un juez de familia, donde simplemente bastará que cada uno de ellos manifieste su consentimiento
03:40para que se dé la adopción.
03:43Esperamos haber llevado luces a nuestra consultante estudiante de psicología
03:48sobre este caso tan interesante.
03:50¡Gracias!
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04:00¡Gracias!
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