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  • hace 7 horas

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00:00¿Qué cambia desde hoy, viceministro, con la aplicación del Decreto Supremo 5600 respecto a cómo el Estado contrataba antes?
00:07Volvemos a la contratación pública a través de convocatoria.
00:12Lo que cambia es la excepcionalidad a través de la cual, por Decreto Supremo,
00:17se invitaba de forma directa a alguna empresa bajo criterios que definía solamente la entidad contratante.
00:26Cambia que a partir de esta fecha, 161 decretos que autorizaban contrataciones directas han quedado derogados y abrogados.
00:38Lo que cambia a partir de ahora es que se restablece nuevamente el cumplimiento de todos los requisitos previos para
00:47una contratación.
00:48Por ejemplo, y es importante graficarlo con ejemplos concretos.
00:53Cuando se va a generar un proceso de contratación sobre un proyecto de inversión pública,
00:58en primer lugar se tiene que analizar si este proyecto es factible, si es económicamente justificable.
01:06Dos, se tienen que cumplir algunos requisitos como tener los predios identificados, saneados, registrados,
01:14e incluso si estos han sido objeto de estudios de suelos que habiliten la ejecución de un proyecto.
01:22Queremos volver a que se generen las convocatorias públicas, a que todas las empresas puedan participar,
01:29a que hayan impugnaciones, a que hayan revisiones, y ya no se decida entre cuatro paredes
01:36a quién se le va a entregar una determinada obra o una provisión.
01:42Y el plazo estimado que establece este decreto supremo es de 30 días.
01:48En 30 días tenemos que llevar adelante este trabajo interministerial con la finalidad de dar a conocer cuáles son los
01:56resultados.
01:57Sin embargo, estos plazos no son definitivos, no son mínimos, por lo que en los siguientes días nosotros también vamos
02:05ya a presentar las primeras denuncias.
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