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  • hace 42 minutos

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00:00Miércoles Jurídico.
00:30También para que usted pueda tomarlos en cuenta.
00:36Mitos legales.
00:38Denunciar y publicar en redes sociales.
00:40¿Trae consecuencias?
00:42Hoy analizamos este tema muy interesante, muy importante para usted que nos está viendo en casita, que tiene sus redes
00:49sociales, por supuesto, y que por ahí en un momento de enojo, de arrebato, decide denunciar a otra persona.
00:57Sea cual sea el motivo, cuáles son los límites, cuáles son las consecuencias, tenemos que saludar a nuestro siguiente invitado
01:03y por supuesto parte de la familia del mañanero hoy en miércoles jurídico, el abogado Arturo Moscoso, doctor, bienvenido como
01:10siempre al mañanero.
01:11Gracias, gracias, y bueno, un placer nuevamente estar acá para romper ese mito, como le decías al principio, ¿no? Hay
01:17que romper ese mito.
01:18O sea, ya lo dijo ella, es un mito.
01:20Es un mito.
01:21¿No deberíamos entonces denunciar a través de redes sociales? Evidentemente las redes sociales ahora se pueden también utilizar para que
01:28sea tu voz, para respaldar, para convocar, para ayudar, pero ¿te puede perjudicar de tal manera si hacemos la denuncia
01:34pública?
01:35Claro, porque en realidad no es una denuncia. Tú estás sacando información.
01:39¿No está validada legalmente?
01:40No está validada todavía legalmente. Tú estás sacando información y estás rompiendo la presunción de inocencia de una persona.
01:48Tú dices, esta persona es estafadora y estás rompiendo su presunción de inocencia sin que haya entrado en un proceso,
01:55sin que tenga una sentencia, sin que hubieras culminado una acción.
01:58¿Podría ser difamación?
01:59También podrías entrar a la difamación, ¿no? Entonces difamación, calumnia, injuria, lo utilizan como una forma de desahogo, ¿no? Para
02:07insultar, para el término que ahora utilizan creo que es funar, ¿no? Para ver a esas personas que ciertas cosas
02:14no han cumplido.
02:15Pero eso nos lleva a un informalismo. Entonces, es decir, si yo quiero que alguien cumpla, lo haré como tengo
02:22que hacerlo. Un contrato escrito, si le presto dinero, si voy a comprar algo, etc.
02:26Entonces hay que tener mucho cuidado porque puede desbordar en un proceso penal o en una acción de protección de
02:33privacidad.
02:33Ahora, ¿qué delitos podrían configurarse por exponer a una persona, a otra persona en redes sociales?
02:40Difamación, calumnia, injuria, mucho depende de cómo lo estés exponiendo a esa persona en redes sociales.
02:48Evidentemente es un proceso penal que hay que hacer, pero antes de hacer ese proceso puedes presentar hasta una acción
02:52de protección de privacidad.
02:54Es decir, me están difamando o están sacando publicación que no es cierta y pido que pare eso y eso
02:59en dos semanas lo resuelves.
03:00Muy bien, pero ahora también hemos visto que muchas veces en las redes sociales, al hacer esta denuncia pública, sí
03:07ha habido respaldo,
03:08sí ha habido incluso una acción inmediata por parte de las investigaciones, el tema legal, el tema policial.
03:14Y quisiéramos saber además, si tal vez tú haces esta denuncia, ¿no es cierto?
03:20¿Podrías tener ese tipo de consecuencias que incluso puedan ser penales? ¿Puedes ir a la cárcel?
03:27No vas a ir directamente a la cárcel, porque al hablar de la información calumnia, injuria, las penas son muy
03:32bajitas.
03:33Estamos hablando de dos años, como máximo hasta tres en algunos casos.
03:36No vas a ir a la cárcel, pero sí vas a tener un antecedente.
03:40Entonces hay que tener mucho cuidado a la persona que yo voy a publicar en redes sociales atribuyéndole algo que
03:46tal vez no es cierto.
03:47Puede ser que sea cierto, pero no es el mecanismo, no es el camino correcto.
03:51Es una forma de desahogo, sí, es una forma de expresar.
03:55¿Puede ser utilizado tal vez como prueba también?
03:57Sí, puedes utilizarlo como prueba en muchas instancias, en muchos momentos, ¿no?
04:02Porque el hecho de que, a ver, en ciertos casos, lastimosamente algunos menores de edad tienen redes sociales y suben
04:08algunos videos.
04:09Y no faltan los comentarios de ciertas personas.
04:12Bueno, eso te puede servir para hacer un proceso penal, ¿no?
04:16Precisamente para resguardar a ese menor de edad.
04:19Y en algunas situaciones de víctimas vulnerables, mujeres, etcétera, también.
04:22Y usted en casa o de donde sea que nos esté viendo, ¿está atravesando o ha atravesado algún tipo de
04:29situación similar sobre este tema?
04:31Bueno, envíenos sus consultas al 772-11113.
04:35Es el número para que usted se pueda contactar inmediatamente con nosotros.
04:39Y el doctor acá está predispuesto a responder todas sus consultas sobre estos mitos legales.
04:45¿Denunciar y publicar en redes sociales trae consecuencias?
04:49Escríbanos, vamos a leer su consulta.
04:51Y, por supuesto, acá el doctor Moscoso va a responder al respecto.
04:54¿Qué es lo que le está ocurriendo?
04:56¿Qué ha pasado tal vez a través de sus redes sociales?
04:59¿Lo han publicado por ahí?
05:00¿Lo están difamando de alguna manera?
05:02Vamos a responder aquí todas sus consultas.
05:05Exactamente.
05:05Bueno, doctor, veíamos que sí tiene estos efectos también emocionales, ¿no?
05:10Este tipo de situaciones que son expuestas en las redes sociales.
05:14Pero para que la gente también sepa y tal vez tenga un poquito más de educación,
05:19al momento de hacer, usted decía, comentarios, comentarios en redes sociales.
05:22Muchas veces uno se lanza lo que se le viene a la cabeza, el odio, qué sé yo,
05:28y ¿podría incurrir en esas consecuencias legales?
05:33O sea, ¿se podría iniciar una demanda?
05:35O si es un perfil falso, definitivamente no se lo puede identificar.
05:39Puedes identificar.
05:40Sacas capturas de pantalla, se supone que ese teléfono está asociado a una cuenta,
05:44a un número, etcétera, etcétera.
05:46Entonces, puedes identificar a esa persona y con una acción de protección de privacidad
05:50pedir que cese eso, ¿no?
05:52Ese acoso, de alguna manera, si es que es constante, de la misma persona.
05:56Cada quien tiene derecho a subir su foto, ¿no?
05:58Y recibes un mensaje de una persona con ciertas características que no son adecuadas
06:03y lo hace constantemente.
06:04Entonces, puedes hacer una acción de protección de privacidad
06:07y el juez te ordena que pare eso.
06:09Eso lo haces en dos semanas, ¿no?
06:11De ahí puedes derivar en el tema del proceso penal.
06:14Una vez que concluyas el proceso penal, puedes derivar en el tema de tu daño psicológico,
06:19emocional, lo que te podría haber causado, al menos si eres una figura pública.
06:23Ya tenemos consultas, doctor Moscoso.
06:25Por favor, atentos entonces a ver qué nos dice la población.
06:30Buen día, doctor.
06:31En algún momento me amenazan con publicarme en el mismo,
06:36cuando si estoy cancelando una deuda y me amenazan por mensajes que no quisieran actuar mal
06:42cuando estoy depositando según lo que puedo.
06:44¿Qué puedo hacer en ese caso, ya que ahora te publican sin miedo, dañando mi imagen?
06:50Bueno, si es que publican a esa persona, hay que hacer una acción de protección de privacidad.
06:55Si tú tienes una deuda y estás cumpliendo la deuda, no hay motivo para que te publiquen.
06:59No habría ningún sentido.
07:00El hecho de que digan que eres un estafador, un incumplido, etc., eso te genera daños.
07:05Hay que hacer una acción de protección de privacidad si es que te van a publicar.
07:10Ahora, si tú tienes una deuda y crees que estás pagando un interés muy elevado,
07:14inicia un proceso, se llama oferta de pago, para decirle, aquí está, yo ya te he pagado,
07:18porque hay intereses que te cobran por el 10, 15% incluso.
07:21Y en esos casos, si se llegara a comprobar que sí evidentemente es difamado
07:26o realmente este tema desde los comentarios, ¿cuáles vendrían a ser las sanciones?
07:30Pues si hay una difamación, si inicia una acción penal,
07:33vas a llegar a una pena privativa de libertad después de un juicio de aproximadamente dos años.
07:38Muy bien, aquí dice otro de los mensajes, buen día del mañanero.
07:40¿Qué debo hacer para cobrar una deuda?
07:43Ya tengo ganado un juicio civil y ni así luego cobrar lo adeudado.
07:48Estoy a punto de ir a panfletear al trabajo del deudor.
07:53¿Estaría haciéndolo correcto?
07:55No lo hagas.
07:56¿Por qué?
07:56No lo hagas.
07:57Si ya has ganado el juicio civil, el proceso ejecutivo,
08:00se te habilita para que vayas a la vía penal por estafa.
08:04Pero es que es la impotencia, ¿no?
08:05Claro, entiendo la impotencia, pero no hagas eso.
08:09No hagas eso.
08:10En el proceso penal lo vas a llamar a declarar, incluso lo puedes hacer detener preventivamente,
08:16porque puede ser que sean diferentes personas y no sea la única.
08:19Entonces, yo recomiendo que no hagas eso.
08:22Siguiente consulta, por favor, que nos envíen al 772-11113, el número para que usted se comunique con nosotros.
08:28Buenos días.
08:28Mi consulta, si me panfletean en el lugar de mi trabajo, tachándome de ladrón y vienen a mi domicilio y
08:36lo mismo hacen en mi puerta,
08:38¿cómo puedo actuar?
08:39¿Están medio conectados?
08:39Pareciera que sí, bueno.
08:41Sí, está bueno.
08:42Pero es muy común.
08:43Pero es muy común.
08:45¿Qué dice?
08:45Claro, tendrías que hacer una valoración psicológica para demostrar tu daño y, bueno,
08:49tenemos que identificar a la persona o a las personas que están haciendo esa situación,
08:52porque tú no tienes esa condición, no tienes una sentencia que establezca que tú tienes esa condición de condenado por
08:59un delito.
09:00Entonces, hay que ver esa situación.
09:01Puede ser una acción de protección de privacidad o puede ser un proceso penal.
09:05Como veíamos, es algo muy común y antes era pamfletear, pero es que ahora todo está en tus manos, en
09:10las redes sociales,
09:11y lo haces al instante y, como dicen, sin temor, sin miedo.
09:15¿Qué puedes hacer?
09:16Enseguida la consulta vamos a ir con esta, porque estamos atentos a lo que nos escriben.
09:21Buen día.
09:21Si se publica una foto sin mencionar nombres, pero difamando a todos los que aparecen en la foto, ¿qué se
09:27puede hacer?
09:28Vas a identificar, ¿no? La persona que está publicando, tanto la persona como está comentando, se puede identificar.
09:34Tenemos el análisis cibercrimen, tenemos acá en Bolivia, en la policía.
09:38Entonces, pueden identificar quién es la persona, porque va desde un dispositivo en específico.
09:43Entonces, se puede lograr identificar a esa persona para iniciar esa acción de protección o el proceso penal.
09:50Bien. ¿Cuál es el procedimiento, doctor, correcto para denunciar un hecho sin exponernos a problemas legales?
09:56Bueno.
09:57Evidentemente, las redes sociales no lo son.
10:00Van a fletear tampoco. ¿Cuál sería el procedimiento adecuado?
10:03Si tú tienes algún inconveniente con alguna persona, bueno, denúncialo a través de la vía penal,
10:09si corresponde a través de la vía civil, bueno, presenta una demanda, si corresponde dependiendo la situación.
10:16Hay que tener mucho cuidado, ¿no?
10:17Todos somos inocentes, en tanto no se demuestre lo contrario.
10:21Entonces, hay que mantener esa premisa que está en la constitución política.
10:24Lo que pasa es que también no hay todavía normas específicas, ¿no?
10:28No hay esa fiscalización exhaustiva en las redes sociales.
10:31Entonces, eso también está generando que a veces cometan algunas imprudencias y, en este caso, también acusaciones.
10:37Otra de las consultas.
10:38Buenos días, doctor.
10:39Publicé a unos inquilinos que me dejaron con deudas de servicios y destrozos en la vivienda.
10:44Y lo peor que otras personas, sacaron préstamos de diferentes entidades financieras.
10:49Hasta ahora son cinco personas que ni las conozco y dieron referencias de mi casa, como si vivieran ahí.
10:56Bueno, aquí ya es un proceso penal, ¿no?
10:58Porque yo estoy usurpando tal vez funciones, estoy sacando, me estoy beneficiando de un crédito.
11:03Tal vez hay falsificación hasta de documentos, ¿no?
11:05Para señalar esta vivienda como garantía, señalar como mi domicilio.
11:10Entonces, el dueño de casa tiene todas las prerrogativas, las facultades para personarse a la entidad financiera
11:16y poner en conocimiento de que esa no es su caso, que les doy.
11:19Ahora, si identifica algún documento falsificado, un contrato de antícresis, alquiler, etc.,
11:24o tal vez hasta una minuta de compra y venta, iniciar el proceso penal, dependiendo del hecho.
11:30Bien, tenemos más consultas entonces de la gente que nos envía la siguiente.
11:34Buenos días.
11:35Por contrato de alquiler de una retroexcavadora, me debe una persona.
11:40¿Dónde debo ir a hacer la denuncia?
11:42Bueno, es contrato de alquiler, no es un proceso penal.
11:46Contrato de alquiler es un proceso civil.
11:48Entonces, inicia por una conciliación para identificar dónde vive esa persona si no tienes datos.
11:54Y la conciliación te va a dar CIGI, CERESI, y posteriormente puedes iniciar la demanda civil.
11:59Hay que tener mucho cuidado con eso.
12:01Cualquier contrato de alquiler tiene que ser escrito, no verbal.
12:04¿Usted aconsejaría, doctor, que en caso de estar en este tipo de situaciones,
12:08uno, siga por esta línea de las redes sociales y, por ejemplo, desmienta?
12:13O sea, y diga, miren, no soy culpable de lo que me están acusando.
12:15Pero responda, digamos.
12:16O responda a través de las redes sociales.
12:18¿O es mejor guardar silencio?
12:20Mira, para mí lo mejor es presentar una acción de protección de privacidad.
12:24Porque si, pongamos un ejemplo, si tú me difamas a mí, me dices que yo soy un estafador, etc.
12:29Yo agarro, presento una acción de protección de privacidad, te convoco a una audiencia en menos de una semana,
12:33y en una semana y media, el juez te va a ordenar que dejes de hacer esas publicaciones.
12:39Entonces, ahí ya hemos demostrado que tú hacías esas publicaciones, y de ahí puedo habilitarme a iniciar un proceso penal,
12:44porque voy a decir, tus publicaciones me han generado que yo tenga este problema, ¿no?
12:49Aparte, perdí mi trabajo, etcétera, etcétera, etcétera.
12:52Entonces, de ahí inicia un proceso penal.
12:53La acción de protección de privacidad es una acción rápida que se lleva, como les digo, en dos semanas máximas
13:00se va a resolver.
13:00Siempre y cuando puedas identificar ciertos antecedentes.
13:04Última consulta.
13:05Buen día, doctor.
13:06Tienen videos míos cuando me alteré, pero no las toco.
13:11Hicieron una demanda a mi pareja, pero se rechazó por falta de pruebas.
13:15Mintieron en las declaraciones y fueron muy contradictorios en sus mentiras.
13:19Pero tengo miedo que en algún momento suban mis videos.
13:23Si lo hacen, ¿debo realizar una demanda?
13:26Una acción de protección de privacidad, si es que suben esos videos.
13:29No es un momento de ofuscación, que has perdido el control.
13:32Si no ha habido ningún tipo de agresión y lo suben a las redes sociales, acción de protección de privacidad.
13:39Ojo, hay que tener mucho cuidado y identificar estas dos cosas.
13:41Una cosa es la difamación, calumnia e injuria.
13:44Y otra cosa son los videos pornográficos o los videos íntimos que se hacen a tu pareja, etcétera.
13:51Entonces, son dos cosas muy distintas que también lo hacen en las redes sociales.
13:57Denunciar es un derecho, pero hacerlo sin pruebas y a través de las redes sociales tiene las consecuencias que hoy
14:04nos acaba de informar el doctor Arturo Moscoso, que siempre nos visita en este miércoles jurídico.
14:09Siempre bienvenido, querido doctor.
14:11Muchas gracias.
14:12Gracias, doctor. ¿Dónde lo pueden ubicar?
14:13Estamos en el edificio Arcoiris, en el piso 9, oficina 901, o al celular 680-722-24, con gusto los
14:21atendemos.
14:21Gracias, gracias por esas aclaraciones.
14:23Y bueno, hay que tener paciencia, hay que tener cautela y sobre todo responsabilidad al momento de publicar, escribir o
14:31hacer algo a través de las redes sociales, porque sí, existen consecuencias.
14:35Gracias, gracias.
14:36Nueve con dos minutos avanzamos en el mañanero.
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