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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el amparo que le permitía a Grupo Xcaret el uso de elementos culturales de la civilización Maya en sus parques temáticos.

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Transcripción
00:00La Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó el amparo que le permitía a Grupo Xcaret el uso
00:05de elementos culturales de la civilización maya en sus parques temáticos. El caso se origina en
00:10el expediente 1649-2024, cuando la empresa se ampara contra la orden del Instituto Nacional
00:17del Derecho de Autor, Indautor, de retirar de circulación y exhibición contenidos publicitarios
00:22que utilizaban elementos del patrimonio cultural maya. Durante el juicio, la empresa argumentó
00:27que contaba con una autorización para el uso de los elementos culturales otorgada por
00:31un órgano denominado el Gran Consejo Maya. El juzgado de distrito que conoció el asunto
00:36le concedió la suspensión definitiva a la empresa, permitiéndole continuar con el uso
00:40del patrimonio cultural en su publicidad. En tanto, se resolvía el fondo del asunto.
00:45El caso llegó al Pleno de la Corte, la cual concluyó que el patrimonio material e inmaterial
00:50pertenece colectivamente a los pueblos y comunidades indígenas, por lo que su protección es un
00:55asunto de orden público e interés social. La Corte señaló también que la afectación
00:59alegada por la empresa era de carácter meramente económico, lo cual no puede prevalecer sobre
01:04el interés colectivo de proteger la identidad cultural del pueblo maya.
01:08Con esta determinación, se reafirma que la defensa del patrimonio cultural de los pueblos
01:12indígenas no puede ser debilitada mediante sentencias que desconozcan su carácter colectivo
01:17y su especial relevancia para la identidad de esas comunidades.
01:20Sin embargo, Grupo Xcaret emitió un comunicado en el que adelantan que seguirán peleando
01:25el caso, pues aún tienen recursos legales. La empresa reitera su respeto a la determinación
01:30de las autoridades competentes, fiel a su espíritu de apego a la legalidad. Continuarán
01:34los procesos jurídicos pertinentes. Hasta llegar a la definición final de la controversia
01:39en curso, se lee en el posicionamiento de la empresa. Concluyen que esta resolución
01:43no afecta la operación ni la experiencia de sus visitantes y huéspedes.
01:47Como empresa mexicana, reafirma su compromiso social con México y su convicción de seguir
01:52trabajando de la mano de las comunidades mayas y sus representantes tradicionales desde el
01:56respeto, el diálogo y la colaboración.
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