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Venezuela ha tomado un camino decisivo para la consolidación de la paz. Aprobada por unanimidad en la Asamblea Nacional y remitida inmediatamente a la presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, para su promulgación, tras un amplio proceso de consulta y debates parlamentarios, la ley de amnistía para la convivencia democrática se erige como un importantísimo aporte a la estabilidad política y social del pueblo venezolano, a la ardua tarea de encauzar las diferencias por la vía de la institucionalidad y de la convivencia democrática. Me acompaña el diputado Jorge Arreaza, presidente de la Comisión de Seguimiento de la ley de Amnistía.

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Transcripción
00:00Como decías, ¿quién está excluido?
00:01Correcto.
00:02Entonces, en el artículo 9 están claramente establecidas las violaciones a los derechos humanos,
00:07los crímenes de guerra, como lo contempla la Constitución,
00:10pero también está el homicidio intencional y lesiones gravísimas.
00:14Quien haya matado a alguien no puede ser sujeto de amnistía.
00:17El tráfico de drogas, de estupefacientes, los delitos de corrupción,
00:23o sea, la corrupción no entra en la amnistía.
00:25Y hay un párrafo especial para quienes promovieron, facilitaron, instigaron
00:30financiaron, apoyaron agresiones armadas contra el país,
00:34bien fuera por parte de un tercer Estado o de corporaciones,
00:37que hemos visto sobradas veces políticos venezolanos pedir invasiones, pedir agresión,
00:42o incluso participar de conspiraciones, de mercenarios que vienen con armas,
00:47pretender firmar o firmaron contratos con contratistas de armas de guerra
00:53para poder tomar el control del país, matar a sus dirigentes.
00:57Esos casos muy excepcionales dentro de la política venezolana están excluidos.
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