00:00Por instrucción de la presidenta encargada del C. Rodríguez Gómez y el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 244
00:08de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el ordenamiento legal en materia de administración financiera del sector
00:15público,
00:15hemos consignado en la Asamblea Nacional la memoria y cuenta de los órganos y entes de la Administración Pública Nacional
00:23centralizada y descentralizada en el marco de la defensa e integridad de la institucionalidad,
00:31en plena atención a los parámetros constitucionales y las garantías de plena soberanía de la República.
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