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¡Gran noticia para la libertad de expresión! La Sala Constitucional ha anulado la subasta de frecuencias de radio y televisión, defendiendo el pluralismo y la diversidad de voces.

Tras una exhaustiva revisión de 17 recursos de amparo, el alto tribunal determinó que la asignación de concesiones basada únicamente en la oferta económica más alta es inconstitucional. Esta decisión protege el derecho a la libre comunicación y asegura que diferentes perspectivas puedan ser escuchadas en nuestra sociedad.

El abogado activista Giovanni Delgado celebró la decisión, destacando que este fallo va más allá de la simple pluralidad de medios; representa la libertad de escuchar diversas formas de pensar. La Superintendencia de Telecomunicaciones y el Estado fueron condenados al pago de costas, daños y perjuicios.

#LibertadDeExpresión #PluralismoMediático #CostaRica #DerechosDigitales

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Transcripción
00:00Comunicó el alto tribunal al resolver 14 de los 17 recursos de amparo que ciudadanos y organizaciones religiosas plantearon contra
00:07la licitación.
00:08En noviembre, emisoras de radio informaron que apagarían su voz, mientras que televisoras anunciaron que no podrían participar en el
00:15concurso.
00:16Argumentaron en ambos casos que el costo económico era inalcanzable.
00:20Esto motivó al abogado activista Giovanni Delgado a presentar un recurso ante la sala.
00:25Hoy me siento orgulloso de la sala de la independencia de poderes.
00:32Tal vez uno puede pensar que este recurso solo es sobre el tema de la pluralidad, de la libre comunicación,
00:39pero va más que eso, porque los medios de comunicación muchas veces son la voz del pueblo,
00:46de aquellos que no se pueden expresar o no saben cómo expresarse.
00:49Y para mí este recurso en especial significa libertad, libertad de poder escuchar diferentes voces, de escuchar diferentes formas de
01:00pensar.
01:01En el por tanto se detalla que por unanimidad se admiten las coadyuvancias planteadas.
01:06Por mayoría se declara con lugar el recurso en cuanto a la inconstitucionalidad de los procedimientos de licitación en AM,
01:14FM y televisión
01:15por establecer la oferta económica más alta como único criterio para la asignación de concesiones de radiofrecuencias
01:22sin tomar en consideración ni garantizar el pluralismo tanto de medios como de contenidos
01:29que debe existir en un Estado democrático de derecho y en una sociedad de la información libre y plena.
01:35El fondo del fallo del pluralismo es que la actuación del gobierno y de las instituciones públicas
01:43tiene que velar por todos los costarricenses.
01:46Tras anular las licitaciones, los magistrados resolvieron condenar a la Superintendencia de Telecomunicaciones
01:51y al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados.
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