00:00Tenemos información de última hora con nuestro compañero Andrés Martínez.
00:04Andrés.
00:04Así es, Don Ignacio. El Tribunal Supremo de Elecciones ha emitido una medida cautelar
00:08contra Laura Fernández de Pueblo Soberano, Fabricio Alvarado, de Nueva República,
00:12para que se abstengan de utilizar motivos religiosos en campaña.
00:16Esto a raíz de dos recursos que se plantearon ante el Tribunal Supremo de Elecciones
00:21y lo resolvió de esta manera a raíz de esto que estamos viendo en pantalla,
00:25que fueron los folletos que trascendieron en los últimos días
00:28luego de que, en apariencia, Pueblo Soberano había convenido con parte de la Iglesia Evangélica
00:33algunos puestos, candidaturas para diputados y también otros cargos públicos
00:37en caso de llegar a un eventual gobierno.
00:39Dice el comunicado de prensa del Tribunal Supremo de Elecciones
00:41que ordena la medida cautelar contra Pueblo Soberano, Laura Fernández y Fabricio Alvarado.
00:48Esta medida cautelar incluye detener la difusión del folleto denominado
00:51¿Por qué los cristianos evangélicos deben votar por el partido Pueblo Soberano?
00:55Así se titulaba. También debe ser acatada por los señores Reinaldo Salazar Salazar,
00:59mi ex pastor, Francisco Gamboa Soto de Pueblo Soberano
01:03y también debe ser acatada por la Federación Alianza Evangélica Costarricense,
01:08la Asociación Templo Bíblico Internacional y por el foro Mi País.
01:13Dice el comunicado de prensa que la medida cautelar lo que indica es que se abstengan de realizar manifiestos públicos
01:20que directa o implícitamente representen un llamado a votar por ciertas agrupaciones partidarias
01:26apoyando en razones o símbolos religiosos o de no hacerlo por otras,
01:31aunque no se identifiquen, pero resulten identificables según coincidan o no con sus posiciones.
01:37Es lo que dice el Tribunal Supremo de Elecciones, la medida cautelar debe ser acatada de inmediato
01:42tanto por las personas físicas como por las organizaciones recurridas
01:47y esto de acuerdo a lo establecido por el artículo 284 del Código Electoral.
01:53El Tribunal Supremo de Elecciones resolvió lo anterior, dice el comunicado de prensa,
01:56ante dos recursos de amparo electoral presentados por los señores Marco Antonio Morales Albertazzi
02:02y Mauricio Ordóñez Chacón relacionados, entre otros temas, con la presunta entrega de material propagandístico
02:08a favor de la candidata Fernández Delgado en un encuentro el pasado 15 de enero con pastores evangélicos.
02:15Se recurre a la candidata de Pueblo Soberano y también Fabricio Alvarado,
02:18quien respondió ante esto el fin de semana y reclamó la posición incluso de Pueblo Soberano.
02:24El mismo Fabricio Alvarado envió un video de unos cinco minutos de extensión
02:28a diferentes pastores de iglesias evangélicas aduciendo que no debían atender el llamado
02:36de Pueblo Soberano y Laura Fernández a raíz de estos folletos.
02:40Así que es la medida cautelar, se debe tener de utilizar motivos religiosos,
02:44tanto Laura Fernández como Fabricio Alvarado y también el partido Pueblo Soberano.
02:48Por supuesto estaremos ampliando en nuestra edición de las siete de la noche, don Ignacio.
02:51Gracias Andrés.
02:52Gracias Andrés.
Comentarios