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  • hace 8 meses
¿Sabías que la pensión alimenticia puede aumentar o disminuir? La Suprema Corte determinó que, para ajustarla, se debe evaluar la capacidad real, revisar la totalidad de sus recursos, no solamente el recibo de nómina.

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Transcripción
00:00Y es momento de hablar derecho y está con nosotros nuestra querida Erika Mora, especialista en temas judiciales, por supuesto también directora de portal judicial. Bienvenida querida Erika.
00:20Querida Selene, qué gusto estar contigo y con tu audiencia. Hoy vamos a compartir un caso que resolvió la Suprema Corte y bueno, nos va a servir para dar respuesta a una de las preguntas que nos han planteado cuando hemos compartido esta sección, va derecho, y nos han preguntado si es posible modificar la pensión alimenticia una vez que ya se ha fijado un monto.
00:43Y la respuesta es sí. Y hay una contradicción de criterios, la 44 diagonal 2023, en la que la Suprema Corte resolvió varios casos que tenían un hecho en común.
00:56En los tres se buscó, los papás intentaron modificar que se les redujera la pensión alimenticia.
01:02En uno de los casos, el papá argumentó que él tenía a una de las niñas a su cuidado, que si bien la mamá tenía a las otras, pues él tenía cuidando a una y que entonces se le tenía que reducir.
01:15En otro de los casos, él argumentó que no tenía trabajo y que no tenía manera de hacer el pago de la pensión.
01:24Sin embargo, pues descubrieron que había una simulación porque había vendido en algún momento un bien inmueble.
01:30Y otro de los casos que llegó a la Suprema Corte, en este, el papá argumentó que la mamá tenía dos trabajos, que entonces tenía un mejor ingreso que él mismo.
01:40Y bueno, que por eso buscaba que se le redujera la pensión alimenticia.
01:46¿Qué es lo que decide la Suprema Corte?
01:47¿Qué elementos hay que considerar para hacer una revisión de la pensión alimenticia?
01:52En primer lugar, las labores de cuidado.
01:55La Corte determina que debe de haber una valoración de lo que implica estas labores, que estas labores de cuidado sí son una aportación, que no solamente la aportación económica.
02:06Claro.
02:07Es decir, en pesos, en centavos, sino también estas labores cuidados.
02:11Y en segundo lugar, la Corte dice que hay que hacer una revisión de la capacidad económica real de los deudores alimentarios, ya sea la mamá o el papá.
02:22Revisar la totalidad de sus recursos, no solamente ver la estampa de cuál es el ingreso que tiene en su recibo de nómina,
02:31sino cuánto paga de tarjetas de crédito, cuál es el estilo de vida que llevan, para poder hacer un resumen global de cuál es la capacidad que puede tener para pagar esa pensión alimenticia.
02:45Bueno, es un criterio muy importante.
02:47La respuesta es sí, sí se puede modificar, pero tiene que considerarse, por supuesto, estas condiciones que acabamos de comentar.
02:55Repito la contradicción de criterios 44-2023.
02:59Y ojo, porque también se puede modificar para abajo, pero también para arriba, ¿no?
03:03Sí, así es, efectivamente.
03:05Considerando todo lo que nos estás diciendo tú ahorita.
03:07Así es.
03:08Mira, qué interesante.
03:10No se trata, digamos, de ahorcar a las personas que tienen que dar una pensión, pero tiene que ser lo justo y por el bien superior del menor siempre, ¿verdad?
03:19Así es, siempre.
03:20Erika Mora, ¿dónde te encontramos? Para quien se quede con alguna duda, te escriba.
03:23Bueno, compartimos la sección siempre en mis redes sociales, que son Mora Erika, Erika Mora, y también en Portal Judicial.
03:30Gracias, querida Erika.
03:31Muchas gracias.
03:32Buenas noches.
03:33Buenas noches.
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