00:00Por tanto, el juez 16 de instrucción penal anticorrupción y contra la violencia hacia las mujeres resuelve que Franklin Richard Flores Córdoba asuma defensa en la presente causa penal en cumplimiento de la medida extrema de detención preventiva sea en el recinto penitenciario de San Pedro de la Ciudad de La Paz por el tiempo de seis meses,
00:24debiéndose considerar su situación jurídica en fecha 4 de julio de 2026 a horas 9 y 30 de la mañana.
00:34La presente resolución que se ampara en el artículo 54 de la ley 1970, 72 y 77 de la ley del órgano judicial es notificada a los presentes en sala virtual el día de hoy 4 de enero de 2026 a horas 16 y 27 de la tarde,
00:48a objeto de que los que se consideren agraviados con la misma presenten los recursos que franquea la ley conforme lo establece el artículo 251 del Código de Procedimiento Penal sea en el plazo de 72 horas.
01:00Por secretaría, librese el mandamiento de detención preventiva, con lo que doy por concluida la presente audiencia.
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