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  • hace 2 meses
En medio del aumento de delitos cometidos por menores de edad, han resurgido propuestas políticas que buscan endurecer las penas en el sistema penal juvenil.

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00:00Vamos a escuchar justamente tu punto de vista, desde el punto de vista jurídico,
00:06porque le escuchamos a muchos políticos esta semana y esto tiene un impacto fuerte en la sociedad.
00:13Entendemos que hay una rabia contenida por todos estos hechos,
00:18pero bajar un cambio, analizar y ver dónde estamos como país, ese análisis.
00:23Primero preguntarte, ¿qué pensás de las propuestas que se escucharon esta semana?
00:30Bueno, como bien decían al inicio, generalmente se tiende a hacer un análisis político.
00:36Cuando sucede un hecho generalmente muy grave que conmociona a la sociedad,
00:44como por ejemplo recordarán el quíntuplo homicidio en el caso de Bruno Marabel en la Casa del Terror,
00:49o descuartizamientos o cosas así sumamente graves, generalmente lo que sucede después como un autorreflejo,
01:00es que sale un político y propone o elevar las penas o propone pena de muerte o propone castración química.
01:07Entonces ahí entendemos que ese discurso, que ese análisis realmente se basa en un discurso puramente político, ¿verdad?
01:15Es decir, tratar de que la gente escuche lo que la gente indignada quiere escuchar en ese momento.
01:21Pero lo que no se tiene generalmente es un análisis desde la perspectiva de la política criminal,
01:28es decir, cómo estamos como sociedad, ¿verdad?
01:31Si tenemos, si observamos hoy el parte diario del Ministerio de Justicia,
01:36tenemos que los números nos arrojan un total de 177, te voy a decir exactamente,
01:43177 jóvenes privados de libertad, ¿verdad?
01:48Entonces, no estamos hablando, para comentar, no estamos hablando de una suma exponencial
01:54en relación a los mayores de edad, ¿verdad?
01:57Que son aproximadamente 15.000 personas privadas de libertad.
02:01Tenemos 177 jóvenes en infracción con la ley penal, que están privados de libertad.
02:07Por otro lado, tenemos que analizar también qué es lo que nos dice la Constitución Nacional
02:13con respecto al propósito de la pena.
02:16¿Cuál es el propósito de esa privación de libertad que hace el Estado con una persona
02:22cuando cometa un delito?
02:24Según el artículo 20 de la Constitución Nacional, el objeto de la pena es, en primer lugar,
02:29la protección de la sociedad, es decir, apartarle temporalmente al delincuente de la sociedad
02:33para trabajar sobre él dentro de un sistema penitenciario que funcione,
02:38para lograr el segundo objetivo sobre esa persona, que es la readaptación.
02:42Entonces, en tanto y en cuanto escuchemos proyectos de leyes que buscan la cadena perpetua,
02:51por ejemplo, ¿verdad?
02:52Entonces entendemos que está en contra de ese artículo 20 porque no se podría lograr
02:57la readaptación delincuente e insertarlo nuevamente a una vida sin delincuir
03:01dentro de esa sociedad que temporalmente se buscó proteger.
03:04En tercer lugar, y que creo que es lo más importante que la gente pueda entender,
03:09estamos todos sumamente indignados con el caso María Fernanda, que más que menos
03:14tiene una hija de esa edad.
03:16Entonces nos golpea muy de cerca a todos porque es un caso sumamente grave,
03:20no solamente es la muerte de María Fernanda, también es la muerte de un niño por nacer.
03:25Entonces estamos hablando de dos terribles crímenes contra dos personas inocentes.
03:31Pero lo que tenemos que entender es que las leyes se planifican para el futuro.
03:38Cualquier modificación que se logre hacer ya no afectará al que resulte autor de la muerte de Fernanda.
03:46Eso es lo primero que tenemos que entender.
03:48Esta persona va a ser juzgada por la ley vigente y va a ser condenada seguramente
03:53a lo que establece la legislación actual.
03:57Entonces cualquier modificación requeriría para el futuro.
04:00Ahí te quiero hacer la primera contraposición con lo político.
04:07Artículo 20 de la Constitución Nacional.
04:09Mencionabas que se la aparta, en este caso al infractor,
04:13para luego tratar de reinsertarlo a la sociedad.
04:17En esos términos, ¿es aplicable en nuestro país una pena perpetua o pena de muerte?
04:23No es aplicable.
04:25No es aplicable, sería inconstitucional.
04:28¿Qué es lo que se busca hacer, digamos, en otros países cuando se inserta esta figura
04:34dentro del ordenamiento penal?
04:36Se basa en el discurso de humanizar las penas.
04:40Es decir, se sustituye lo que anteriormente era la pena de muerte por la cadena perpetua,
04:46por la prisión perpetua, en un proyecto de humanización de las penas.
04:50Sin embargo, eso va en contra de ese fin que persiguen ciertas legislaciones penales
04:57de ciertos países, como por ejemplo la nuestra, de buscar la readaptación de ese condenado.
05:02Entonces, ese proyecto de ley que pretende una cadena perpetua está en contra de la Constitución Nacional
05:11y también en contra del artículo 7.5 de la Convención Americana, 6.5, perdón,
05:18que dice exactamente lo mismo que nuestra legislación, que nuestra Constitución.
05:23Es decir, tendríamos que modificar la Constitución Nacional
05:27y teníamos que renunciar a la Convención Americana respecto de lo que establece el artículo 6.5 de la misma.
05:33Para poder hacer ese proceso, para poder renunciar a los tratados internacionales en materia de derechos humanos
05:40o hacer ese tipo de renuncias, se debe seguir el procedimiento establecido en el artículo 142 de la Constitución Nacional.
05:48¿Qué dice? Para... Sí.
05:50Sí, doctora, disculpa la interrupción, pero escuchándote, pienso un poco,
05:55todas estas cosas que se dijeron, no sé, a lo mejor habrás escuchado en los noticieros
05:59que hubo propuestas que van justamente en contra de eso que estás planteando, ¿verdad?
06:06De la Constitución, de los tratados internacionales.
06:09¿Crees que hay oportunismo, mala fe, ignorancia?
06:13¿Cómo evaluás estas reacciones que tienen algunos parlamentarios?
06:20Bueno, lo que puede observarse es un claro discurso político, ¿verdad?
06:24Como decía al inicio, se busca que la gente escuche lo que la gente quiere escuchar.
06:28Sin embargo, lo que no se le cuenta a la gente es que estos proyectos de leyes no,
06:32en el caso de modificarse algo o de elevarse, por ejemplo, el marco penal del máximo de ocho años
06:40a quince años creo que escuché también otro proyecto.
06:43Entonces, eso no sería aplicable al caso concreto de María Fernanda.
06:47Es decir, si la indignación social surge en base al caso de María Fernanda,
06:51la modificación legal no va a poder aplicarse al que resulte autor del feminicidio de María Fernanda.
06:58Entonces, tenemos que partir de esa base.
07:00Van a ser aplicables para otros casos que sucedan en el futuro,
07:04para el feminicidio, homicidio o lo que fuera que suceda en el futuro,
07:09que no ocurrieron todavía ahora en la realidad, en el presente.
07:12¿Por qué? Porque las leyes se aplican para el futuro y no tienen ese efecto retroactivo.
07:15Entonces, eso es lo primero que la gente tiene que entender y no dejarse endulzar el oído
07:21cuando escucha este tipo de proyectos.
07:23Ahora, cuando escuchamos proyectos como, por ejemplo, la pena de muerte o la castración química,
07:29tampoco son figuras que pueden aplicarse según lo que prohíbe nuestra Constitución Nacional
07:35y según lo que establece también los tratados de derechos humanos ratificados por Paraguay.
07:40Para que Paraguay renuncie a esos tratados y que pueda aplicar estas figuras,
07:46entonces tiene que seguir el procedimiento, el mismo procedimiento que para la enmienda constitucional.
07:51Eso quiere decir a través de un referéndum, se va a convocar a toda la población paraguaya
07:57a que voten si quieren o no apartarse de estos tratados en materia de derechos.
08:02Entonces es el procedimiento.
08:03Sí, entiendo. Justamente hablando del procedimiento.
08:06Lo otro que esta semana sonó bastante es juzgar a un menor como si fuera un adulto.
08:14¿Es posible esto, doctora? ¿Y si es posible, en qué condiciones?
08:20Es absolutamente imposible.
08:22Absolutamente imposible.
08:23Eso también está prohibido por nuestra Constitución, los niños y niñas.
08:29Lo que pasa es que la Convención de los Derechos del Niño dice que el niño es toda persona hasta los 18 años.
08:34Entonces, aquella persona, aquel adolescente, porque nosotros sí en el Código de la Niña y la Adolescencia
08:42tenemos esa distinción entre niño y adolescente.
08:45La Convención de los Derechos del Niño no.
08:46Niño es toda persona hasta los 18 años, punto.
08:49Entonces, una persona de 17 años y medio es para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos considerado un niño.
08:55¿Qué pasa?
08:57Los niños tienen una protección especial.
09:00Tienen la protección general de todos por ser una persona humana.
09:04Y además, tienen protección reforzada, dicen los tratados internacionales, por su condición de niño o niña.
09:11Eso también está establecido en el artículo 19, además de la Convención de los Derechos del Niño en el artículo 19 del Pacto de San José de Costa Rica.
09:18Y Paraguay ya tiene sentencias, esto es muy importante puntualizar, Paraguay ya tiene sentencias de la Corte Interamericana,
09:25como por ejemplo en el caso Panchito López, que fue la segunda sentencia recaída sobre Paraguay,
09:31en los cuales la Corte le viene diciendo esto, se deben aplicar medidas especiales de protección a los niños por ser niños.
09:38Es decir, juzgarlos como un adulto es absolutamente violatorio de la Constitución y de nuestros tratados de Derecho.
09:45Doctora, y dentro de este ámbito siempre se discutió bajar la edad de penalidades, endurecer penas, bajar la edad.
09:56Y esto también se discuta a nivel internacional, donde sucedieron casos muy alevosos, premeditados, inclusive de menores de edad.
10:05Te consulto, ¿es posible esto? ¿Qué punto de vista se puede analizar? ¿Por dónde analizar estas cuestiones?
10:14Porque va de la mano de cuestiones psiquiátricas, psicológicas, sociológicas inclusive.
10:21¿Es posible analizar? No sé por dónde analizar, digo.
10:26Tu pregunta es excelente, porque me dirían ustedes, entonces, si esto no se puede, si esto tampoco,
10:32entonces, ¿qué se puede hacer? Verdad, y estamos ante una situación socialmente grave.
10:37Entonces, sí se puede, se puede, digamos, ampliar el marco penal.
10:43Nosotros tenemos un máximo de ocho, ¿verdad? De ocho años.
10:47La punibilidad de los menores o la reprochabilidad, mejor dicho, en materia penal,
10:52es a partir de los catorce años.
10:53A partir de los catorce años, un niño es reprochable.
10:57Es decir, tiene que asumir penalmente las consecuencias de sus hechos,
11:01cuando estos son calificados como hechos punibles.
11:04En otros países, sí, como por ejemplo en Argentina,
11:07se bajó la edad de reprochabilidad a doce años.
11:10Es decir, que a partir de los doce años, ya una persona puede entrar dentro del sistema penal.
11:15La Corte Interamericana al respecto señaló que esa es la edad límite,
11:21es decir, menos de doce años no puede tener una persona para ingresar dentro del sistema penal.
11:26Paraguay, en ese sentido, está en cumplimiento de esos estándares, ¿verdad?
11:31Al establecer la edad de reprochabilidad de catorce a dieciocho,
11:35Paraguay está dentro de esos estándares establecidos internacionalmente.
11:38Incluso la Corte establece que el máximo para bajarla sería de doce años.
11:43Ahora, aumentar las penas.
11:45Allí tendríamos que nuevamente entrar en un análisis, repito,
11:49no un análisis político simplemente, sino un análisis criminológico.
11:55Convocar a criminólogos, a expertos en política criminal,
11:59ver realmente el impacto dentro de la sociedad,
12:03cuáles son los números que tenemos.
12:05Nosotros tenemos unos números que nos arrojan 177 jóvenes infractores
12:09en este momento privados de libertad, ¿verdad?
12:11Cuánto tenemos dentro de lo que implica la densidad poblacional de Paraguay,
12:16cuáles son esos parámetros de gravedad que requieren los legisladores
12:21cuando hablamos de doble homicidio, cuando hablamos de descuartizamiento,
12:27cuando hablamos de qué estamos hablando de gravedad.
12:29Tenemos que ser sumamente precisos cuando hablamos de una ley penal.
12:32Y, por supuesto, hacer este estudio en base a la política criminal,
12:36ver realmente si esa alerta social del aumento de penas
12:39va a tener incidencia en la conducta de la persona para abstenerse de realizarla.
12:45Y ahí haríamos un comparativo con otros casos similares
12:49que bien mencionaban también al inicio,
12:50como por ejemplo los casos de feminicidio.
12:53La pena para el feminicidio,
12:56o mejor dicho, para la violencia familiar.
12:59Vamos a hablar primero de la violencia familiar.
13:00La violencia familiar antiguamente, en la ley anterior,
13:03tenía una pena máxima de hasta tres años.
13:05Esa fue modificada a seis años como pena máxima.
13:08Es decir, pasó de ser un delito a ser un crimen según nuestra ley penal.
13:13Eso también implica que tendrá menos chances de,
13:19porque nosotros tenemos un sistema de mala aplicación de la prisión preventiva,
13:23entonces menos chances de poder litigar en libertad.
13:26Sin embargo, ¿esto incidió en la conducta del delincuente
13:32para abstenerse de realizar una violencia familiar?
13:35No, nuestros números nos dicen que estos casos siguen en aumento
13:40y que finalmente llegan al último grado, que es el feminicidio.
13:44La pena para el feminicidio es la pena más alta que nosotros tenemos
13:48dentro de nuestro código penal.
13:50Es de 30 años, ¿verdad?
13:52Incluso uno de los primeros casos, recordarán, el caso Trote,
13:55en el cual se dio una sentencia de la máxima pena de 30 años
14:00más 10 años de medida de seguridad.
14:02Sin embargo, ¿esto sirvió para que la sociedad tenga esto como una alerta social
14:09o tenga esto como un modelo a no seguir porque sabe lo que le espera?
14:14No. Los casos de feminicidio siguen ocurriendo, siguen elevándose nuestras estadísticas,
14:21nuestras cifras de niños que se quedan huérfanos, sin madres, de casos de violencia familiar,
14:28siguen punteando el ranking de delitos más cometidos.
14:32Entonces, esto nos indica que el aumento de penas simplemente no tiene el efecto
14:38que se desea cuando se plantean o en lo que está plasmado en los fundamentos.
14:42No inhibe la conducta del delincuente.
14:45Se entiende, doctora.
14:47Doctora, vos sabés que esto causa bastante indignación.
14:50Nosotros lo estamos tratando de plantear desde el punto de vista técnico
14:54y de acuerdo a las leyes que tenemos en vigencia.
14:58Si te preguntara como profesional, doctora,
15:01¿qué salida podríamos plantear?
15:04Porque, como mencionabas, los números siguen creciendo en cuanto a feminicidios
15:08y este tipo de hechos se siguen dando y se pueden seguir dando.
15:12Y es una preocupación real que tenemos todos como sociedad.
15:15Como padres de familia tenemos esa preocupación.
15:19Vos seguramente como madre también.
15:21Hay una preocupación real de la sociedad.
15:24¿Qué podríamos plantear nosotros desde el punto de vista jurídico, profesional, doctora?
15:29Bueno, realmente primero nuestros políticos deberían dejar a un lado la hipocresía.
15:36Y esto lo digo con mucho respeto a todos ellos.
15:40Pero por un lado están pretendiendo eliminar ministerios como el Ministerio de la Mujer,
15:44el Ministerio de la Niñez.
15:46Son ministerios troncales, son ministerios que al contrario deberían ser dotados de mayor presupuesto
15:53para poder combatir tantos flagelos como tenemos para poder dar una mayor asistencia
15:58a mujeres víctimas de violencia familiar,
16:01para poder continuar con sus campañas de prevención de casos de abuso sexual en niñas.
16:08Por ejemplo, el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia para que pueda tener un trabajo
16:15con un mayor presupuesto y pueda llegar a todo el país con políticas públicas eficaces
16:20en materia de prevención.
16:22Siempre trabajar desde el área de la prevención es fundamental para evitar después
16:26que nuestras cifras delictivas aumenten, ¿verdad?
16:30Entonces, por un lado querer eliminar estos ministerios y por otro lado presentar proyectos
16:36en los cuales simplemente se quiere recurrir al garrote penal, a elevar las penas
16:40o a tratar de implementar penas inviables en base a lo que tenemos ahora como Constitución Nacional
16:47y como Tratado en materia de derechos humanos.
16:50Entonces, eso no condice mucho, no guarda relación.
16:54Trabajar en el área de la prevención es fundamental.
16:57Una niña que fue abusada, luego resultó embarazada a los 9, 10 años teniendo hijos,
17:04ya eso no se vuelve, de ese abuso sexual no se vuelve.
17:08Entonces, es fundamental empezar a trabajar desde la prevención,
17:11que es lo que está ocurriendo en los hogares.
17:13Los casos de abuso son en su mayoría cometidos dentro del entorno de confianza
17:18de ese niño o niña.
17:19Entonces, trabajar en las familias que está pasando, trabajar en las escuelas también
17:23para poder tener sistemas de detección precoz de casos de abuso sexuales
17:29que puedan detectarlos los psicólogos, las maestras que están trabajando en ese lugar.
17:33Y de esta manera dar ya aviso a las autoridades, no esperar a que finalmente llegue el niño
17:41a ser asesinado o la niña a ser asesinada o finalmente termine embarazada.
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