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  • hace 1 día
El constitucionalista y exsenador Hugo Estigarribia opinó que con el rechazo al hábeas corpus reparador planteado por Celso Esquivel, a Mbururu solo le queda el ámbito administrativo para eventualmente ocupar su lugar en la Cámara Alta. Para el abogado la banca debería quedar vacante hasta tanto se cumplan eventualmente los 45 días de permiso que puede obtener de manera justificada en el Senado.

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Transcripción
00:00Para el abogado constitucionalista Hugo Stigarribia, la defensa de Rafael Esquivel ya prácticamente tiene agotadas las instancias jurídicas
00:09con el fin de lograr este permiso y concurrir al acto de juramento de la Cámara Alta, por lo que le queda un ámbito administrativo.
00:21En ese contexto, Hugo Stigarribia considera que la banca que le corresponde a un bururu deberá quedar vacante hasta tanto se cumplan los 45 días de permiso
00:32como se establece en el reglamento interno de la Cámara de Senadores.
00:37Opinó que la presunción de inocencia favorece a Esquivel y al no haber una sentencia firme y ejecutoriada en su contra,
00:44el juez de primera instancia lo debería haber otorgado la libertad para que jure como legislador.
00:49El exparlamentario manifestó que independientemente a que según su criterio un sospechado de abuso infantil no debería convertirse en parlamentario,
00:58la Constitución Nacional está por encima de cualquier opinión y en bururu debería ocupar su banca.
01:04Ante la negativa de la Corte Suprema, Esquivel solo le queda el ámbito administrativo, es decir, solicitando vía reglamento interno del Senado
01:12del permiso para ausentarse el día de juramento y eventualmente puedan llegar los 45 días de permiso
01:18y a continuación determinar cuál será el destino político y jurídico de bururu.
01:24Son dos posibilidades que existen. Una, que se difiera al juramento y nadie jure que está ya en potestad el presidente del Senado actual,
01:34que es Oscar Salomón, ¿verdad?
01:36Y otra es que cobra la lista y jure el siguiente titular, momentáneamente hasta su incorporación.
01:44Puede ser eso.
01:46Y si es que no se incorpora después de los 15 días y después de los 30 días,
01:52ahí sí se puede declarar la vacancia del cargo, ¿verdad?
01:55Entonces, son situaciones que no aplicadas hasta ahora conforme a la normativa interna del Senado.
02:03Una posición cauta sería que no se incorpore y que nadie jure, a mi modo de ver, ¿verdad?
02:11Porque ahí, si jura el siguiente titular, ya hay un derecho adquirido el siguiente titular
02:16y ya puede ser un derecho adquirido que pueda argumentar el día de mañana administrativa o judicialmente.
02:22Entonces, lo que tal vez sería prudente, aunque no es deseable que la Cámara funcione con 45 miembros
02:28como aquel antecedente de, ¿verdad? Que jugarte, que Calega la Verna no le dejó curar, etcétera, etcétera.
02:35Es una situación coyuntural, temporal.
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